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ORDEN de 30 de abril de 2003, del Departamento de Educación y Ciencia, por la que se regula el procedimiento de admisión y matriculación de alumnos en ciclos formativos de grado superior en centros sostenidos con fondos públicos para el curso 2003/2004 en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado el 19/05/2003 (Nº 60)
Sección: BOA III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACION Y CIENCIA

Texto completo:

ORDEN de 30 de abril de 2003, del Departamento de Educación y Ciencia, por la que se regula el procedimiento de admisión y matriculación de alumnos en ciclos formativos de grado superior en centros sostenidos con fondos públicos para el curso 2003/2004 en la Comunidad Autónoma de Aragón.

La Orden de 1 de marzo de 2000, (BOA de 15 de marzo), del Departamento de Educación y Ciencia, regula la admisión de alumnos en centros sostenidos con fondos públicos para cursar Formación Profesional de grado superior.

La presente Orden tiene por objeto establecer los plazos de admisión y matriculación en los ciclos formativos de grado superior en centros sostenidos con fondos públicos, así como concretar el procedimiento en la admisión.

Primero.-Inscripción de alumnos.

1.-Las fechas para realizar la inscripción en la secretaría de los centros serán las comprendidas entre los días 23 de junio y 4 de julio de 2003. Cada alumno entregará una sola instancia en el centro elegido en primera opción, de acuerdo con el anexo III que acompaña a esta Orden.

2.-Los centros introducirán los datos de todos los solicitantes en la aplicación informática que les será suministrada por los Servicios provinciales del Departamento. Esa aplicación, conteniendo los datos indicados en la misma, se remitirá al Servicio provincial correspondiente antes del 18 de julio.

3.-El Consejo Escolar de cada uno de los centros baremará las instancias recibidas y hará pública la relación de alumnos admitidos y no admitidos, clasificados estos últimos por orden de puntuación, todo ello de acuerdo con el baremo establecido en la Orden de 1 de marzo de 2000 y las instrucciones recogidas en el anexo I de esta Orden y el calendario del anexo II.

4.-Los Servicios provinciales remitirán esos mismos datos, una vez estén agrupados todos los procedentes de los centros de la provincia, a la Dirección General de Centros y Formación Profesional, con objeto de tomar las decisiones oportunas respecto a los grupos que efectivamente van a funcionar para el curso 2003/04.

Segundo.-Periodo de matriculación.

La matrícula se efectuará, en el caso de los alumnos admitidos, entre los días 1 y 8 de septiembre de 2003. Al finalizar el plazo de matrícula, el mismo día 8 los centros harán públicas las plazas vacantes existentes en cada uno de ellos, poniendo estos datos en conocimiento del Servicio provincial correspondiente.

Tercero.-Adjudicación de plazas vacantes a aspirantes no admitidos en el centro solicitado en primera instancia.

El 10 de septiembre de 2003 a las 10h se realizará un acto público en cada uno de los centros que dispongan de plazas vacantes. En dicho acto se procederá a llamar a los aspirantes no admitidos por orden de mayor a menor puntuación hasta que se complete la totalidad de las plazas disponibles, de acuerdo con las ratios previstas en el artículo 114 de la Orden de 22 de agosto de 2002 (BOA nº 104 de 2 de septiembre), del Departamento de Educación y Ciencia, por la que se aprueban las instrucciones que regulan la organización y funcionamiento de los centros docentes públicos de Educación Secundaria de la Comunidad autónoma de Aragón. Para los centros concertados las ratios serán las que figuren en las autorizaciones correspondientes de cada ciclo formativo. Una vez adjudicadas las plazas se procederá a la matriculación de estos alumnos.

Una vez admitidos los aspirantes que hayan obtenido plaza en esta fase del proceso, los centros remitirán al Servicio provincial la aplicación informática con los datos correspondientes.

Cuarto.-Adjudicación de segundas y posteriores opciones.

En cada uno de los Servicios provinciales entre los días 11 y 16 de septiembre de 2003, se realizará la adjudicación de las plazas vacantes a los alumnos que hayan solicitado esas plazas en segunda o posteriores opciones. La relación correspondiente se publicará en los tablones de anuncios de los Servicios provinciales el día 16 de septiembre y se comunicará a los centros respectivos.

Los aspirantes que hayan obtenido plaza en esta fase deberán oficializar la matrícula entre los días 17 y 19 de septiembre.

Quinto. Plazas vacantes al final del proceso.

Los centros, tras matricular a los alumnos que hayan conseguido su plaza en virtud de segunda o posteriores opciones, elaborarán un listado de plazas vacantes que se expondrá en el propio centro y se enviará al Servicio provincial correspondiente, pudiendo, en caso de seguir existiendo vacantes, admitir nuevos alumnos que reúnan los requisitos de acceso, hasta completar los grupos autorizados de acuerdo con las ratios previstas en el artículo 114 de la Orden de 22 de agosto de 2002 (BOA nº 104 de 2 de septiembre) del Departamento de Educación y Ciencia, por la que se aprueban las instrucciones que regulan la organización y funcionamiento de los centros docentes públicos de Educación Secundaria de la Comunidad autónoma de Aragón. Para los centros concertados las ratios serán las que figuren en las autorizaciones correspondientes de cada ciclo formativo.

Disposiciones finales

Primera.-Para todo lo no dispuesto en esta Orden se aplicará lo regulado en la Orden de 1 de marzo de 2000.

Segunda.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso de Reposición ante la Consejera de Educación y Ciencia en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón» o el Recurso Contencioso Administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Tercera.-La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».

Zaragoza, 30 de abril de 2003.

La Consejera de Educación y Ciencia, EVA ALMUNIA BADIA

ANEXO I

Los centros docentes rellenarán el apartado de «A cumplimentar por el órgano competente en la admisión» de acuerdo a lo establecido en el artículo 4º de la Orden de 1 de marzo de 2000, del Departamento de Educación y Ciencia, por la que se regula la admisión de alumnos en centros sostenidos con fondos públicos para cursar Formación Profesional específica de grado superior, y con lo siguientes datos:

* Procedencia:

1. Si el alumno ha cursado la modalidad de Bachiller referida en el anexo I de Orden de 1 de marzo de 2000.

2. En cualquier otro caso.

* Nota media: nota media del expediente académico del alumno

* Prioridad:

1. Si el alumno ha cursado la materia de bachillerato referida en el anexo I de la Orden de 1 de marzo de 2000

2. En cualquier otro caso

* Resultado final de la admisión: se indicará el lugar que ocupa el alumno en la lista de solicitudes, una vez dirimidos los posibles empates.

ANEXO II

Plazo de presentación de solicitudes: Del 23 de junio al 4 de julio.

Baremación por los Consejos Escolares: Los días 7 y 8 de julio.

Publicación de listas provisionales: El 8 de julio.

Presentación de reclamaciones: Los días 9 y 10 de julio.

Resolución de reclamaciones: Día 11 de julio.

Publicación de listas definitivas: Día 14 de julio.

Matrícula: Del 1 al 8 de septiembre,

Acto público: Día 10 de septiembre a las 10 horas.

Adjudicación de vacantes por los Servicios Provinciales: Del 11 al 16 de septiembre.

Publicación de vacantes adjudicadas: Día 16 de septiembre.

Matrícula de 2º y posterior opción: Del 17 al 19 de septiembre.

Matrícula libre en los centros: A partir del 22 de septiembre.