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RESOLUCIÓN de 1 de marzo de 2018, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 16 de febrero de 2009, en la que se formuló declaración de impacto ambiental y se otorgó la autorización ambiental integrada para una explotación porcina de producción para 720 UGM, situada en el polígono 4, parcela 181, del término municipal de Sariñena (Huesca), y promovida por Agropecuaria El Tormillo, S.L. (Expte INAGA/500202/02/2017/10597).

Publicado el 20/03/2018 (Nº 56)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Con fecha 29 de noviembre de 2017 D. Manuel Mazana Puyal, en representación de Agropecuaria el Tormillo, S.L., solicita a este Instituto modificación puntual, para acomodar la modificación no sustancial previa.

Antecedentes de hecho

Primero.- La explotación dispone de autorización ambiental integrada otorgada mediante Resolución de 16 de febrero de 2009, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, y publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 50, de 13 de marzo de 2009. (Número Expte. INAGA/ 500301/02/2007/11755).

Segundo.- Mediante Resolución de 28 de marzo de 2011, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se modifica puntualmente la Resolución de 16 de febrero de 2009, por concesión de prórroga del plazo de inicio de actividad hasta el 13 de marzo de 2013. (Número Expte. INAGA/ 500301/02/2011/01044).

Tercero.- Mediante Resolución de 29 de marzo de 2011, se notifica la modificación no sustancial de la de autorización ambiental integrada de la explotación por eliminación de las cuatro naves de destete, y redistribución de las restantes, ampliación de la capacidad de almacenamiento de estiércol hasta 9.244 m³ y construcción de una balsa de agua de 6.800 m³. (Número Expte: INAGA/500301/02/2011/02224)

Cuarto.- Mediante Resolución de 13 de diciembre de 2013, de este Instituto, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 252, de 13 de diciembre de 2013, se procede a la actualización de dicha autorización ambiental integrada (Número Expte. INAGA/ 500601/02/2013/10328).

Quinto.- Mediante Resolución de 30 de abril de 2014, se resuelve estimar la modificación no sustancial de la autorización ambiental integrada por reorientación productiva a producción de lechones hasta 6 Kg y construcción de nuevas dependencias (Número Expte. INAGA/500601/02/2014/03865).

Sexto.- Mediante Resolución de 24 de junio de 2014, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se modifica puntualmente la Resolución de 16 de febrero de 2009, reflejando los cambios introducidos en la modificación no sustancial anterior (Número Expte. INAGA/ 500601/02/2014/04758).

Mediante Resolución de 19 de octubre de 2017, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se aprueba modificación no sustancial por ampliación de capacidad hasta 864 UGM sin construcción de nuevas instalaciones. (Expte INAGA/500202/02/2017/013336).

Fundamentos jurídicos

De conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de los cerdos; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

Por la presente se resuelve,

Modificar puntualmente la Resolución del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, de 16 de febrero de 2009, en la que se formuló declaración de impacto ambiental y se otorgó la autorización ambiental integrada para la instalación una explotación porcina de producción de lechones hasta 6 kg, con capacidad equivalente hasta 720 UGM, situada en el polígono 541, parcela 81 del término municipal de Sariñena (Huesca), y promovida por la sociedad Agropecuaria el Tormillo, S.L.

El punto 2 de la resolución quedará sustituido por el siguiente:

"2. Otorgar la autorización ambiental integrada a la sociedad Agropecuaria El Tormillo, S.L., con C.I.F: B-22.326.086 para la instalación de una explotación porcina para producción con capacidad para 3024 plazas de cerdas reproductoras con lechones hasta 6 Kg, 300 cerdas de reposición, 540 plazas de recría y 4 verracos. Equivalentes a 864 UGM, a situar en la parcela 81 del polígono 541 del término municipal Sariñena (Huesca), con unas coordenadas UTM en el Huso 30 de X = 744.600 - Y = 4.634.711 - Z = 300 m. La autorización se otorga con el siguiente condicionado:"

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 1 de marzo de 2018.

El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL