Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

ORDEN de 27 de diciembre de 2011, del Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia, por la que se establece la prórroga de dos becas de formación en prácticas en el Centro de Información y Documentación de la Secretaría General Técnica.

Publicado el 13/01/2012 (Nº 8)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA

Texto completo:

Por Orden de 21 de diciembre de 2010, de la Consejera del Departamento de Salud y Consumo, se convocaron dos becas de formación en prácticas en el Centro de Información y Documentación de la Secretaría General Técnica.

Resuelto el proceso selectivo, mediante Orden de 17 de marzo de 2011, de la Consejera de Salud y Consumo, se adjudicaron las becas a D.ª Silvia Gómez López y a D.ª Eva Morera Gracia.

En la base quinta de la citada Orden de convocatoria de las becas se contempla la posibilidad de que éstas puedan ser prorrogadas por un año, condicionado a la existencia de crédito presupuestario y a la mutua conformidad por ambas partes. Asimismo establece que la dotación anual de las becas prorrogadas experimentará un incremento igual al IPC de los últimos 12 meses, supeditada en todo momento a la disponibilidad de crédito presupuestario.

Por cuanto antecede, cumpliéndose los requisitos exigidos y habiendo manifestado las adjudicatarias su deseo de continuar en el desarrollo de las becas de formación en prácticas, resuelvo:

Prorrogar las becas de formación en prácticas en el Centro de Información y Documentación de la Secretaría General Técnica del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, a D.ª Silvia Gómez López y a D.ª Eva Morera Gracia, por un período comprendido entre el uno de enero y el treinta y uno de diciembre de 2012 con una dotación mensual de 962 euros.

Las becas se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 16010.4111.480056.91002 del Presupuesto del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia del ejercicio 2012.

Este expediente se ha tramitado anticipadamente, de conformidad con lo previsto en el articulo 42.6 de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón y la Regla 42 de la Orden de 1 de febrero de 1996 del Ministerio de Economía y Hacienda, sobre operatoria contable a seguir en la ejecución de gastos del Estado, quedando sometida la formalización de esta prórroga a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas de la presente Orden en el ejercicio correspondiente.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia, en el plazo de un mes, o bien impugnarla directamente ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de la notificación, todo ello conforme a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.