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RESOLUCIÓN de 22 de junio de 2020, de la Directora General de Planificación y Equidad, por la que se modifica la autorización del Centro Privado Autorizado de Enseñanzas Deportivas "Parque del Agua" de Zaragoza.

Publicado el 17/07/2020 (Nº 141)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Examinado el expediente administrativo instruido a instancia del representante de la entidad titular del Centro Privado Autorizado de Enseñanzas Deportivas "Parque del Agua", código 50019561, solicitando modificación de la autorización para impartir el ciclo formativo de Técnico Deportivo en las disciplinas hípicas de salto, doma y concurso completo, en su modalidad a distancia.

Habida cuenta de que el centro tiene autorizado este ciclo en la modalidad presencial y vistos los informes emitidos sobre la adecuación de la plataforma de teleformación y la disponibilidad e idoneidad de medios, materiales y humanos, para garantizar el correcto desarrollo de las enseñanzas a distancia.

De conformidad con lo dispuesto en la Orden de 14 de diciembre de 2001, del Departamento de Educación y Ciencia, por la que se regula el procedimiento de autorización administrativa para la apertura y funcionamiento de los Centros Privados que impartirán las enseñanzas de Técnicos Deportivos, en la Orden ECD/426/2019, de 24 de abril, por la que se regulan las enseñanzas de los ciclos formativos de Formación Profesional y enseñanzas deportivas de régimen especial en la modalidad a distancia en la Comunidad Autónoma de Aragón, y en virtud de las competencias atribuidas en el Decreto de 5 de agosto de 2019, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, resuelvo:

Primero.- Modificar la autorización del Centro Privado Autorizado de Enseñanzas Deportivas que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro Privado Autorizado de Enseñanzas Deportivas.

Denominación específica: "Parque del Agua".

Titular: UTE Escuela de Enseñanzas Deportivas Parque del Agua.

Código: 50019561.

Domicilio: Calle Padre Arrupe, número 13.

Localidad: Zaragoza.

Municipio: Zaragoza.

Provincia: Zaragoza.

Modificación de la autorización en las siguientes enseñanzas:

Implantación del ciclo:

Técnico Deportivo en las disciplinas hípicas de salto, doma y concurso completo, modalidad a distancia. 40 alumnos por módulo profesional.

Como resultado de la modificación de la autorización, el Centro queda configurado de la siguiente forma:

Segundo.- El Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Zaragoza, previo informe de la Inspección de Educación, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en el centro.

Tercero.- La presente Resolución surtirá efectos a partir del curso 2020/2021, y se comunicará de oficio al Registro de Centros Docentes no Universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Cuarto.- Dicho Centro continúa adscrito a efectos administrativos al IES "ITACA" de Zaragoza.

Quinto.- El Centro deberá cumplir la normativa vigente en lo relativo a condiciones higiénicas, acústicas, de habitabilidad y de seguridad, así como en lo referente a barreras arquitectónicas, CTE y cualquier otra normativa aplicable.

Sexto.- Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente en cada momento y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Resolución.

Séptimo.- De conformidad con el artículo 10 de la Orden ECD/426/2019, de 24 de abril, por la que se regulan las enseñanzas de los ciclos formativos de Formación Profesional y enseñanzas deportivas de régimen especial en la modalidad a distancia en la Comunidad Autónoma de Aragón, la extinción o revocación de la autorización de la enseñanza en la modalidad presencial conllevará la extinción o revocación de dicha enseñanza en la modalidad a distancia.

Octavo.- Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y del artículo 58 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio.

Zaragoza, 22 de junio de 2020.

La Directora General de Planificación y Equidad, ANA MONTAGUD PÉREZ