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RESOLUCIÓN de 28 de abril de 2016, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 29 de agosto de 2013, por la que se formula la declaración de impacto ambiental y se otorga la autorización ambiental integrada de una explotación porcina de hembras reproductoras hasta una capacidad de 1.426 plazas, equivalentes a 427,80 UGM, situada en el polígono 4, parcelas 159, 188, 189 y 220, del término municipal de Tauste (Zaragoza), y promovida por Granloma, S.L. (Número Expte. INAGA 500601/02/2015/10824).

Publicado el 26/05/2016 (Nº 100)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Con fecha 10 de noviembre de 2015, presenta escrito en este Instituto la sociedad Granloma, S.L., con CIF: B50717602, solicitando la modificación puntual de la autorización ambiental integrada de su explotación por finalización de las obras autorizadas en la resolución de modificación no sustancial y el cambio en una de las parcelas afectas a la actividad.

Antecedentes de hecho

Primero.- La explotación dispone de autorización ambiental integrada, otorgada mediante Resolución de 9 de noviembre de 2006, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 135, de 22 de noviembre de 2006 (Número Expte. INAGA 500301/02/2005/04619).

Segundo.- Por Resolución de 1 de octubre de 2012, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se considera modificación no sustancial la adaptación al bienestar animal, con nuevas construcciones y sin incremento de capacidad (Número de Expediente INAGA 500301/02/2012/09601).

Tercero.- Por Resolución de 19 de noviembre de 2013, de este Instituto, se actualiza la autorización ambiental integrada otorgada a la explotación, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 252. de 26 de diciembre de 2013 (Número de Expediente INAGA 500301/02/2012/09601).

Fundamentos jurídicos

De conformidad con lo establecido en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la revisión de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de cerdos; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se resuelve:

Modificar puntualmente la Resolución de 9 de noviembre de 2006, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental y se otorga la autorización ambiental integrada para una explotación porcina de hembras reproductoras hasta una capacidad de 1.426 plazas, equivalentes a 427,80 UGM, situada en el polígono 4, parcelas 159, 188, 189 y 220, del término municipal de Tauste (Zaragoza), y promovida por Granloma, S.L., en los siguientes puntos, dejando inalterado el resto:

El punto 2 de la resolución quedará sustituido por el siguiente:

"2. Otorgar la autorización ambiental integrada a Granloma, S.L., con CIF: B50717602, a una explotación porcina de hembras reproductoras hasta una capacidad total de 1.426 plazas, equivalentes a 427,80 UGM, situada en el polígono 4, parcelas 188, 189, 220 y 271, de Tauste (Zaragoza), en las coordenadas ETRS 89, huso 30: X = 649.142; Y = 4.636.213; Z = 232. La autorización se otorga con el siguiente condicionado:

2.1. Las instalaciones autorizadas para el desarrollo de la actividad se corresponden con: dos naves de gestación de 114 x 24,60 m y 40 x 13,34 m; una nave maternidad de 46 x 28,30 m; dos naves de transición de 30,44 x 30,24 m y 41,86 x 11,70 m, una nave de reposición de 19,40 x 11,70 m; una nave almacén de 6,12 x 3,11 m; una nave vestuarios 13 x 4,62 m; dos balsas de purines con capacidad total para 2.640,40 m³; seis fosas de cadáveres formadas por tubos de hormigón enterrados, de 1 m de diámetro y 3 m de altura cada una, con una capacidad de 14,137 m³; una fosa de cadáveres de dimensiones 4,10 x 4,10 x 2,60 m, que suponen 46,90 m³ de capacidad; vado de desinfección, pediluvios y vallado perimetral de la explotación".

El punto 2.2 de la resolución queda sin contenido.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 107 y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 28 de abril de 2016.

La Directora del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

MARTA PUENTE ARCOS