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ORDEN de 28 de abril de 2003, del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se dispone el arrendamiento de dos inmuebles y varias plazas de aparcamiento, sitas en el Centro de Negocios de la entidad mercantil «Mercazaragoza S. A.»

Publicado el 19/05/2003 (Nº 60)
Sección: BOA III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMIA, HACIENDA Y EMPLEO

Texto completo:

ORDEN de 28 de abril de 2003, del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se dispone el arrendamiento de dos inmuebles y varias plazas de aparcamiento, sitas en el Centro de Negocios de la entidad mercantil «Mercazaragoza S. A.»

El Departamento de Agricultura ha propuesto la contratación del inmueble denominado «Edificio Denominaciones de Origen» y del denominado «Sucursal nº 7», localizados entre los viales A, H, y C de la Unidad alimentaria de Mercazaragoza, sita en Camino de Cogullada s/n, de Zaragoza.

Dicha necesidad deriva del objetivo perseguido por el Departamento proponente de impulsar la calidad alimentaria en la producción agraria. Una de las medidas contributivas a la mejora y el fomento de dicha calidad es la creación de un espacio de negocios y promoción común y permanente en la capital aragonesa en materia de calidad alimentaria, en el que, físicamente, se agrupen distintas organizaciones con competencia en la materia. Es esta iniciativa la que exige arrendar bienes inmuebles con los que se consiga un espacio de estas características, con una ubicación estratégica y dotado de servicios e instalaciones que permitan realizar actividades públicas de información y promoción.

La reciente construcción de una serie de edificios en el Centro de Negocios de la entidad mercantil «Mercazaragoza, S. A.» que responden perfectamente a las peculiares necesidades que deben cubrir los bienes a arrendar, los convierte en los bienes idóneos para garantizar la efectividad de la iniciativa descrita, lo cual aconseja la adjudicación directa del contrato de arrendamiento a favor de la citada sociedad.

Según valoración realizada por técnicos del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo, el precio del arrendamiento es proporcionado a las condiciones de los edificios y las plazas de aparcamiento, y se encuentra dentro de los valores medios del mercado inmobiliario de otros inmuebles de similares características.

El artículo 54.1 del texto refundido de la Ley de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2000, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón, reconoce al Departamento de Economía, Hacienda y Empleo la competencia para concertar los arrendamientos en los que la Comunidad Autónoma asuma la posición jurídica de arrendatario.

Por lo expuesto, en el ejercicio de la competencia que le reconoce el artículo 54.1 del texto refundido de la Ley de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Aragón, este Departamento dispone:

Primero.-De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 54 del texto refundido de la Ley de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Aragón, se dispone la contratación directa por la peculiaridad de los bienes de los siguientes inmuebles, propiedad de Mercados Centrales de Abastecimientos de Zaragoza, S. A. (Mercazaragoza, S. A.):

-El inmueble conocido como «Edificio Denominaciones de Origen» y el edificio denominado «Sucursal nº 7, localizados entre los viales A, H y C de la Unidad Alimentaria de Mercazaragoza, sita en Cº Cogullada s/n, de Zaragoza.

Se hallan inscritos en el Registro de la Propiedad nº 2 de Zaragoza, a los folios 116 y 117 del tomo 1802, Libro 825 de Sección 3ª, fincas 3689 y 6401, respectivamente.

-Veinte plazas de garaje numeradas de la 20 a la 29 y de la 46 a la 55, todas ellas sitas en el semisótano del edificio «Denominaciones de Origen», destinadas a empleados y personal visitante.

Segundo.-La duración del arrendamiento será de diez años a contar desde la firma del contrato. Transcurrido este plazo, el contrato se entenderá tácitamente prorrogado por plazos anuales, siendo estas prórrogas obligatorias para el arrendador y voluntarias para la Administración arrendataria. La Administración podrá rescindir el contrato al término de la prórroga dando al arrendador un preaviso de al menos un mes de antelación a dicho término.

Tercero.-El precio mensual del alquiler de los inmuebles descritos en el apartado primero es de 180.304 euros al año, cantidad sobre la que se aplicará la cuota de IVA que corresponda, y que se satisfará con cargo a la aplicación presupuestaria 14.03 712.1 202, siendo a cargo del propietario los impuestos, contribuciones y arbitrios que graven la propiedad del local.

Cuarto.-Se formalizará contrato de arrendamiento entre el propietario y la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, del que quedará constancia en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Aragón gestionado por la Dirección General de Presupuestos, Tesorería y Patrimonio.

Quinto.-Se faculta a la Ilma. Directora General de Presupuestos, Tesorería y Patrimonio para la formalización del contrato de arrendamiento a que se refiere el apartado anterior.

Sexto.-El derecho de arrendamiento será inscrito en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Aragón y quedará adscrito al Departamento de Agricultura.

Séptimo.-La presente Orden se publicará en el «Boletín Oficial de Aragón».

Zaragoza, a 28 de abril de 2003.

El Consejero de Economía, Hacienda

y Empleo, EDUARDO BANDRES MOLINE