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RESOLUCIÓN de 22 de junio de 2020, de la Directora General de Planificación y Equidad, por la que se extingue la autorización del Centro Privado de Educación Infantil "Siervas de los Pobres" de Zaragoza, por cese de actividades.

Publicado el 17/07/2020 (Nº 141)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Vista la solicitud de extinción de la autorización por cese de actividades docentes, formulada por la representante de la titularidad del Centro Privado de Educación Infantil "Siervas de los Pobres" de Zaragoza, código de centro 50017254, con domicilio en la Calle Pablo Parellada, número 44, de Zaragoza.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.2 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de Centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, y en virtud de las competencias previstas en el Decreto de 5 de agosto de 2019, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, resuelvo:

Primero.- Acordar, a instancia de la parte interesada, la extinción de la autorización del Centro Privado de Educación Infantil "Siervas de los Pobres" código número 50017254, con domicilio en la calle Pablo Parellada, número 44, de Zaragoza, por cese en la actividad docente para la que fue autorizado.

Segundo.- La presente Resolución surtirá efectos a partir del 1 de agosto de 2020, y se comunicará de oficio al Registro de Centros Docentes no Universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Tercero.- Quedan sin efecto las disposiciones que autorizaron el funcionamiento legal de dicho centro, siendo necesario para el caso de que se instase la reapertura del mismo, dar cumplimiento a los preceptos establecidos por la normativa vigente en materia de autorización de centros docentes privados.

Cuarto.- Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y del artículo 58 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio.

Zaragoza, 22 de junio de 2020.

La Directora General de Planificación y Equidad, ANA MONTAGUD PÉREZ