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ORDEN PRE/605/2019, de 14 de mayo, por la que se dispone la publicación del acuerdo de modificación del convenio entre el Organismo Autónomo Parques Nacionales, el Ministerio de Hacienda y Función Pública, el Gobierno de Aragón, y la Sociedad Aragonesa de Gestión Agroambiental S.L. U. (SARGA), para la creación de la comisión interadministrativa del acontecimiento de excepcional interés público "I centenario del Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido".

Publicado el 11/06/2019 (Nº 111)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios, con el número 2019/1/0008, el acuerdo de modificación suscrito, con fecha 19 de marzo de 2019, por la Subsecretaria de Hacienda, el Director del Organismo Autónomo Parques Nacionales, el Director Gerente de la Sociedad Aragonesa de Gestión Agroambiental S.L. U y el Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad del Gobierno de Aragón, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado acuerdo de modificación, que figura como anexo de esta Orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza

, 14 de mayo de 2019.

El Consejero de Presidencia, VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO

ACUERDO DE MODIFICACIÓN DEL CONVENIO ENTRE EL ORGANISMO AUTÓNOMO PARQUES NACIONALES, EL MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA, EL GOBIERNO DE ARAGÓN, Y LA SOCIEDAD ARAGONESA DE GESTIÓN AGROAMBIENTAL S.L. U. (SARGA), PARA LA CREACIÓN DE LA COMISIÓN INTERADMINISTRATIVA DEL ACONTECIMIENTO DE EXCEPCIONAL INTERÉS PÚBLICO "I CENTENARIO DEL PARQUE NACIONAL DE ORDESA Y MONTE PERDIDO"

En Madrid y Zaragoza, a 19 de marzo de 2019.

De una parte, Joaquín Olona Blasco, Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad del Gobierno de Aragón, cargo que ejerce en virtud del nombramiento efectuado por Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, en nombre y representación del Gobierno de Aragón, y autorizado para este acto por Acuerdo del Gobierno de Aragón de 3 de diciembre de 2018.

De otra parte, María del Pilar Paneque Sosa, Subsecretaria de Hacienda, por Real Decreto 382/2018, de 8 de junio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.2.ºa) de la Orden HAP/1335/2012, de 14 de junio, ejercitando por delegación la competencia del Ministro de Hacienda.

De otra parte, Juan José Areces Maqueda, en su condición de Director del Organismo Autónomo Parques Nacionales, por acuerdo de adscripción de 13 de julio de 2018, por delegación del Presidente por la Orden APM/126/2018, de 5 de febrero ("Boletín Oficial del Estado", número 41, de 15 de febrero de 2018), en nombre y representación de dicho organismo, y con domicilio a efectos de este convenio en la C/ Hernani 59, 28020 Madrid.

Y de otra parte, Jorge Díez Zaera, en su condición de Director Gerente de la Sociedad Aragonesa de Gestión Agroambiental S.L. U (en adelante SARGA) Sociedad Pública 100% del Gobierno de Aragón, a través de su Corporación Empresarial Pública de Aragón S.A. (CEPA), con NIF B-99354607, y domicilio en Avda. de las Ranillas número 5 3.º A 50018 Zaragoza, en nombre y representación de dicha entidad conforme al poder otorgado por escritura pública, de fecha de 23 de diciembre de 2015, ante el notario perteneciente al Ilustre Colegio Notarial de Aragón, con residencia en Zaragoza, D. Carlos Gesalí Val, bajo el número 1760 de su protocolo.

Reconociéndose recíprocamente capacidad jurídica suficiente, suscriben el presente Acuerdo de modificación del convenio, y a tal efecto

EXPONEN

I. Que con fecha 29 de diciembre de 2017 se firmó el convenio entre el Organismo Autónomo Parques Nacionales, el Ministerio de Hacienda, el Gobierno de Aragón, y la Sociedad Aragonesa de Gestión Agroambiental S.L. U. (SARGA) para la creación de la Comisión Interadministrativa del acontecimiento de excepcional interés público "I Centenario del Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido", para poner en marcha los beneficios fiscales establecidos en la disposición adicional septuagésima novena de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para 2017. La duración del programa era del 1 de enero al 31 de diciembre de 2018

II. Que la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, ha modificado en su disposición final cuadragésima segunda Siete la disposición adicional citada en el párrafo anterior, ampliando la duración del programa desde el 1 de enero de 2017 al 31 de diciembre de 2019.

III. Por ello, es preciso modificar los plazos de vigencia del convenio firmado entre las partes de conformidad con la cláusula decimosegunda del convenio firmado.

Por lo expuesto, las partes suscriben la presente modificación del convenio de, que se regirá por las siguientes

Primera.- Objeto.

El objeto de esta modificación del convenio es adecuar los periodos de vigencia a la prórroga del programa "I Centenario del Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido" establecida en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018.

Segunda.- Modificación cláusula séptima 3.

La cláusula séptima 3 queda redactada como sigue:

3. El plazo para la presentación de las solicitudes se iniciará desde la entrada en vigor de este convenio y concluirá el 15 de enero de 2020 de conformidad con lo previsto en el apartado segundo de la disposición adicional septuagésima novena de la Ley 3/2017, de 27 de junio de 2017, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, "la duración del programa de apoyo a este acontecimiento abarcará desde el 1 de enero de 2017 hasta el 31 de diciembre de 2019"

Tercera.- Modificación clausula undécima.

La cláusula undécima- Vigencia- queda redactada como sigue:

"El presente convenio entrará en vigor en la fecha de publicación en el "Boletín Oficial del Estado", tras la inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO). Estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2020.

La Comisión Interadministrativa podrá aprobar la propuesta de liquidación de las actuaciones relacionadas con la celebración del "I Centenario del Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido" con anterioridad a la fecha de vigencia.

A tal efecto, SARGA, una vez finalizadas las actuaciones del programa "I Centenario del Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido", presentará un informe económico para su toma en consideración por la Comisión Interadministrativa, que contendrá una relación completa de los ingresos percibidos, de los gastos ejecutados y de las actuaciones realizadas así como una auditoría de cuentas correspondiente al período comprendido desde la entrada en vigor del presente convenio hasta la finalización del programa.

Una vez aprobado el informe económico de SARGA, la Comisión Interadministrativa aprobará por unanimidad antes de 31 de diciembre de 2020 la propuesta de liquidación, que será presentada por el Secretario de la Comisión.

Una vez acordadas las operaciones de liquidación, la Comisión Interadministrativa aprobará, por unanimidad, su disolución, que deberá ser ratificada por las entidades que la integran, siempre que se haya cumplido con todas las obligaciones que le imponen la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, y el Reglamento aprobado por el Real Decreto 1270/2003, de 10 de octubre.

La Comisión Interadministrativa se disolverá, en cualquier caso, con anterioridad al 31 de diciembre de 2020.

No obstante lo anterior, este convenio podrá prorrogarse por acuerdo mutuo de las partes por un periodo máximo de cuatro años.

Cuarta.- Efectos.

Esta modificación surtirá efectos el día de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", tras su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO).

Y en prueba de conformidad, las partes suscriben la presente modificación del convenio por quintuplicado ejemplar en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.