En el recurso contencioso-administrativo 509/2010-AB interpuesto por la "Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa" como demandante y como demandado el Gobierno de Aragón contra el "Anuncio de la Secretaría General Técnica del Departamento de Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se da publicidad a los ceses y nombramientos de personal eventual adscrito al Departamento de Presidencia", publicado en el «Boletín Oficial de Aragón» núm. 227, de 20 de noviembre de 2010, así como contra las Órdenes de la Consejera de Presidencia por las que se nombró al personal eventual de dicho Departamento, tras su nombramiento por Decreto de 25 de octubre de 2010, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 5 de Zaragoza ha dictado la sentencia n.º 133/2012, de 7 de mayo, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
"Fallo:
Primero.-Se desestima el recurso contra las resoluciones de nombramiento y cese del personal eventual de los Departamentos referidos.
Segundo.-Se anulan los anuncios de las Secretarías Generales Técnicas de los Departamentos citados, en cuanto que no se procedió a la publicación de las resoluciones de nombramientos y ceses del personal eventual, debiendo procederse a la publicación en el «Boletín Oficial de Aragón» de las correspondientes resoluciones; sin costas".
En consecuencia, siendo firme dicha sentencia, según certificación literal extendida por el Secretario Judicial del Juzgado lo Contencioso-Administrativo n.º 5 de Zaragoza, de fecha 8 de junio de 2012, dispongo la publicación del referido fallo y que se cumpla en sus propios términos la sentencia, según lo prevenido en los artículos 103 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.