Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

ORDEN SAN/519/2021, de 20 de mayo, por la que se levanta el confinamiento perimetral y se restablece el nivel de alerta sanitaria 3 ordinario en el municipio de Calatayud y la comarca de Valdejalón y determinadas zonas de salud de las comarcas de las Cinco Villas, Campo de Borja y Ribera Alta del Ebro

Publicado el 21/05/2021 (Nº 24 Extraordinario)
Sección: I. Disposiciones Generales
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD

Texto completo:

El Decreto-ley 1/2021, de 4 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se restablece el nivel de alerta sanitaria 3 agravado para el control de la pandemia COVID-19 en Aragón, vino a declarar, con carácter general, dicho nivel de alerta sanitaria, regulado en la Ley 3/2020, de 3 de diciembre, por la que se establece el régimen jurídico de alerta sanitaria para el control de la pandemia COVID-19 en Aragón. Una vez establecido dicho régimen de alerta 3 agravado, mediante Orden SAN/1/2021, de 4 de enero, se limitó la suspensión de actividades anticipando el horario de cierre de todas aquellas que no sean esenciales, previendo además una serie de modulaciones específicas para algunas actividades, en su mayor parte más restrictivas que las que resultarían del nivel de alerta 3 ordinario.

La evolución posterior de la pandemia, y la mejora de los diferentes indicadores, permitió proceder, al amparo de lo previsto en el artículo 18.3 de la Ley 3/2020, de 3 de diciembre, a la declaración del nivel de alerta sanitaria 3 ordinario por Orden SAN/86/2021, de 3 de marzo, con la fijación de las oportunas modulaciones para diferentes actividades, declaración que afectaba al conjunto del territorio de la Comunidad Autónoma, sin perjuicio de que el empeoramiento de los datos epidemiológicos en determinados ámbitos territoriales pueda justificar la inaplicación de dicho nivel de alerta en los mismos, restableciendo en su ámbito el régimen jurídico de alerta sanitaria 3 agravado, declarado por Decreto-ley 1/2021, de 4 de enero, del Gobierno de Aragón, junto con las modulaciones correspondientes que correspondiera fijar mediante Orden de la autoridad sanitaria, tal y como se hizo a través de la Orden SAN/283/2021, de 6 de abril, para el municipio de Tarazona, incorporándose posteriormente a tal situación, mediante Órdenes aprobadas por la autoridad sanitaria, diferentes municipios y comarcas de Aragón. Paralelamente, se adoptaron medidas de control como el confinamiento perimetral de los territorios afectados. En sentido contrario, mediante Orden SAN/496/2021, de 14 de mayo, se declaró el nivel de alerta sanitaria 2 en la provincia de Teruel, fijándose las oportunas modulaciones a las medidas aplicables en dicho ámbito.

Recientemente, y ante la terminación del estado de alarma declarado por Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, y prorrogado por Real Decreto 956/2020, de 3 de noviembre, hasta el día 9 de mayo de 2021, mediante Decreto-ley 2/2021, de 7 de mayo, del Gobierno de Aragón, se declararon los ámbitos territoriales a los que resultaba de aplicación el régimen jurídico de confinamiento perimetral por ministerio de la ley, previsto en el artículo 34 de la Ley 3/2020, de 3 de diciembre, medida de control de la pandemia con una duración máxima de treinta días naturales, transcurridos los cuales quedará levantada por ministerio de la ley, sin perjuicio de que la autoridad sanitaria pueda levantarla anticipadamente a la vista de la evolución de los indicadores de riesgo en el ámbito territorial correspondiente. El citado Decreto-ley 2/2021, de 7 de mayo, determina en su Disposición adicional primera que en aquellos territorios confinados perimetralmente, comprendidos en el anexo IV de la Ley, resulta de aplicación el régimen jurídico propio del nivel de alerta 3 agravado, en las condiciones establecidas por Orden SAN/283/2021, de 6 de abril.

Los territorios con confinamiento perimetral por ministerio de la ley, en virtud del referido Decreto-ley 2/2021, de 7 de mayo, del Gobierno de Aragón, son los municipios de Calatayud y Jaca y las comarcas de Campo de Borja, Campo de Cariñena, Cinco Villas (municipios adscritos a las zonas de salud de Ejea de los Caballeros, Luna, Sádaba y Tauste), Ribera Alta del Ebro y Valdejalón, habiéndose procedido ya al desconfinamiento de la comarca de Campo de Cariñena por Orden SAN/497/2021, de 14 de mayo.

La situación epidemiológica en Aragón, en la actualidad, es de descenso de la afectación tras sufrir un quinto pico epidémico de menor magnitud que los anteriores. El ascenso de la incidencia se produjo a partir del 2 de abril de 2021, pero a partir del 10 de abril se estabilizó en unos 130-160 casos por 100.000 habitantes en 7 días, hasta iniciarse el descenso a partir del 2 de mayo. En los últimos días parece haberse detenido la tendencia descendente, estando la incidencia en 7 días en algo menos de 100 por 100.000 habitantes, lo que sigue siendo un nivel de afectación elevado, con una valoración de riesgo alto.

Dicha situación, como ya se ha indicado, llevó a la adopción de medidas de prevención y control en los territorios más afectados, cuya evolución está siendo diferente, indicándose a continuación la situación propia de cada territorio, lo que posibilita ajustar las medidas adoptadas al cambio en la afectación por la enfermedad.

El municipio de Calatayud ha sufrido dos picos epidémicos desde mediados de marzo de 2021. El primero fue de baja magnitud (máximo de 254 casos por 100.000 habitantes en 7 días, el 31 de marzo) y el segundo de mayor incidencia (máximo de 453 casos por 100.000 habitantes, el 5 de mayo). En los últimos días la tendencia es claramente descendente y el nivel de afectación ha llegado a 124 casos por 100.000 habitantes en 7 días ayer. En esta situación, se pueden flexibilizar las medidas de prevención y control en la población.

La comarca de Valdejalón, a su vez, ha tenido desde principios de marzo de 2021 tres picos epidémicos que han ido aumentando en magnitud. El último llegó a 375 casos por 100.000 habitantes en 7 días el 3 de mayo, y, desde entonces, se ha producido un descenso claro en la afectación. La incidencia ha descendido a 58 casos por 100.000 habitantes en 7 días, con una valoración de riesgo medio. Por ello se pueden modular igualmente las medidas de prevención y control en la población.

La comarca de las Cinco Villas ha sufrido un quinto pico epidémico por COVID muy claro, con un máximo de incidencia en 7 días de 660 casos por 100.000 habitantes el pasado 2 de mayo. Debido a las diferentes afectaciones dentro de su territorio, se decidió establecer medidas en las zonas de salud de Ejea de los Caballeros, Luna, Sádaba y Tauste. De ellas, las zonas de salud de Luna y Tauste han experimentado un descenso muy rápido de la incidencia, estando la primera sin casos desde hace 7 días y la segunda a 125 casos por 100.000 en 7 días a día de ayer, con una tendencia muy clara descendente. En esta situación, se pueden ajustar las medidas de prevención y control en la población que afectan a ambas zonas de salud. Por otro lado, las zonas de salud de Ejea de los Caballeros y de Sádaba siguen con nivel de afectación alto (237 y 548 casos por 100.000 habitantes en 7 días ayer), con una tendencia a mantener la incidencia en Ejea e incluso al aumento en Sádaba. En el segundo caso una parte de la afectación se puede explicar por un brote institucional, pero parece indicado mantener las medidas de control por ahora en ambas zonas hasta que no se produzca una tendencia descendente y una menor afectación.

Por último, las comarcas de Campo de Borja y de Ribera Alta del Ebro se han visto afectadas de manera importante desde mediados de marzo. Ambas han tenido un pico epidémico claro, con un máximo de 465 y 448 casos por 100.000 habitantes en 7 días alcanzado a la vez, el 6 de mayo. Desde entonces se ha producido un descenso. Sin embargo, la situación es diferente dentro de sus respectivos territorios. Las zonas de salud de Gallur y Alagón son las que han tenido la mayor afectación y, en la actualidad, siguen con niveles altos (536 y 173 casos por 100.000 habitantes en 7 días, ayer). El resto de zonas (fundamentalmente, Borja y Casetas) tienen menos afectación. Por ello parece oportuno seguir con las medidas de prevención y control en las zonas de salud más afectadas, flexibilizando la situación en el resto del territorio de ambas comarcas.

Por ello, atendiendo a la evolución epidemiológica observada en dicho territorio, según lo señalado en el artículo 34.5 Ley 3/2020, de 3 de diciembre, corresponde a la autoridad sanitaria levantar el confinamiento perimetral de la localidad de Calatayud y de la comarca de Valdejalón, así como de los municipios de Cinco Villas adscritos a las zonas de salud de Luna y Tauste, y de aquellos municipios de las comarcas de Campo de Borja y de Ribera Alta del Ebro que no se hallen adscritos a las zonas de salud de Gallur y Alagón, establecido por el Gobierno de Aragón mediante Decreto-ley 2/2021, de 7 de mayo.

Consecuentemente, únicamente subsiste el confinamiento perimetral en la localidad de Jaca y a las zonas de salud de Ejea de los Caballeros y Sádaba, dentro de la comarca de Cinco Villas, y a las zonas de salud de Gallur y Alagón, dentro de las comarcas de Campo de Borja y Ribera Alta del Ebro. Dicha evolución aconseja igualmente restablecer en los territorios desconfinados la aplicación del régimen jurídico del nivel de alerta sanitaria 3 ordinario, en las condiciones establecidas por Orden SAN/86/2021, de 3 de marzo, tal y como se prevé en el artículo 18.3 de la Ley 3/2020, de 3 de diciembre, al disponer que "la autoridad sanitaria podrá acordar, en todo caso, la aplicación de un nivel de alerta inferior al aplicable en un ámbito territorial determinado en función de su concreta situación epidemiológica, siempre que no se pongan en riesgo los intereses generales de intervención sanitaria contra la pandemia COVID-19 y la preservación de la capacidad asistencial del sistema de salud".

La evaluación de los resultados de estas medidas permitirá establecer, si fuera necesario, otras que se adapten a las nuevas circunstancias que se produjeran, tanto en un sentido de endurecimiento como de mantenimiento o flexibilización. En su virtud, y en ejercicio de las competencias propias como autoridad sanitaria, conforme a lo previsto en la Ley 3/2020, de 3 de diciembre, y el Decreto-ley 1/2021, de 4 de enero, dispongo:

Artículo primero. Levantamiento de confinamiento perimetral.

Se procede al levantamiento del confinamiento perimetral del municipio de Calatayud y de la comarca de Valdejalón, así como de los municipios adscritos a las zonas de salud de Luna y Tauste, en la comarca de Cinco Villas, y de los municipios de las comarcas de Campo de Borja y Ribera Alta del Ebro, salvo los adscritos a las zonas de salud de Gallur y Alagón, acordado por Decreto-ley 2/2021, de 7 de mayo, del Gobierno de Aragón, de conformidad con lo previsto en el artículo 34.5 de la Ley 3/2020, de 3 de diciembre.

Artículo segundo. Aplicación del nivel de alerta sanitaria 3 ordinario.

El territorio de los municipios y comarcas que, de acuerdo con lo señalado en el artículo anterior, son objeto de desconfinamiento queda sujeto al régimen jurídico propio del nivel de alerta sanitaria 3 ordinario, en las condiciones establecidas por la Orden SAN/86/2021, de 3 de marzo.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor a las 00:00 horas del día 22 de mayo de 2021.

Zaragoza, 20 de mayo de 2021.

La Consejera de Sanidad,

SIRA REPOLLÉS LASHERAS