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EXTRACTO de la Orden ICD/1524/2021, de 4 de noviembre, por la que se aprueba la convocatoria en Aragón de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Publicado el 19/11/2021 (Nº 237)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO EMPRESARIAL

Texto completo:

BDNS (Identif.): 593851 - 593860 - 593873 - 593866

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/593851).

Primero.- Beneficiarios.

Siempre que la actuación objeto de la ayuda esté ubicada en la Comunidad Autónoma de Aragón, podrán solicitar las ayudas previstas en esta Orden, y serán los destinatarios últimos de las ayudas, para cada programa, los establecidos en el artículo 11 de las bases reguladoras.

Segundo.- Objeto.

Convocar ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en la Comunidad Autónoma de Aragón, conforme a lo establecido en el Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, en torno a los siguientes programas:

Programa de incentivos 1: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector servicios, con o sin almacenamiento.

Programa de incentivos 2: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento.

Programa de incentivos 3: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos.

Programa de incentivos 4: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, con o sin almacenamiento.

Programa de incentivos 5: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector.

Programa de incentivos 6: Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial.

Tercero.- Bases reguladoras.

Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, publicado en el "Boletín Oficial del Estado", número 155, de 30 de junio de 2021.

Cuarto.- Cuantía.

La cuantía global máxima para la convocatoria es de 22.945.966 euros.

La cuantía global máxima inicial para la concesión de ayudas a destinatarios finales según la convocatoria es de 20.757.587,02 euros, una vez descontada la reserva según el párrafo anterior y los costes indirectos imputables a las actuaciones subvencionadas de acuerdo al artículo 10.4 de las bases reguladoras,

La distribución temporal entre partidas es estimativa y podrá ser objeto de modificación según las disponibilidades presupuestarias existentes en cada ejercicio, previa la tramitación preceptiva.

La distribución entre partidas es estimativa y podrá ser objeto de modificación de acuerdo con las vinculaciones establecidas en la Ley de Presupuestos de Aragón con el objeto de atender a las solicitudes por riguroso orden de presentación sin tener en cuenta el tipo de solicitante.

Dentro del crédito disponible, la cuantía de las ayudas se calculará de acuerdo al anexo III de las bases reguladoras, para cada uno de los programas de incentivos y tipologías de actuaciones subvencionables, así como tipo de destinatario último. Se establecen los siguientes límites para las actuaciones subvencionables: Límite de ayuda por destinatario y convocatoria 1.000.000 euros. En el caso de que el presupuesto de la convocatoria sea ampliado, ésta cuantía máxima será ampliada en la misma proporción respecto a la cantidad inicialmente disponible en la convocatoria.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes de las ayudas comenzará el día 13 de diciembre de 2021 y durará hasta la conclusión de su vigencia, lo cual sucederá de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4.1 de las bases reguladoras.

Sexto.- Otros datos.

Como norma general, la presentación de la solicitud se hará de forma electrónica mediante la herramienta corporativa de administración electrónica "Tramitador on line" del Gobierno de Aragón, utilizando los procedimientos:

Programa 1:

https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/instalaciones-autoconsumo-energia-renovable-sector-servicios

Programa 2:

https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/instalaciones-autoconsumo-energia-renovable-sector-productivo

Programa 3:

https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/instalaciones-autoconsumo-energia-renovable-sector-servicios-y-productivos

Programa 4:

https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/instalaciones-autoconsumo-sector-residencial-AAPP-tercer-sector

Programa 5:

https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/almacenamiento-instalaciones-autoconsumo-sector-residencial-AAPP-tercer-sector

Programa 6:

https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/instalaciones-energia-renovable-termica-sector-residencial

Esta línea de ayudas está financiada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021.

Zaragoza, 4 de noviembre de 2021.- El Vicepresidente y Consejero de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial, Arturo Aliaga López.