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ORDEN de 16 de julio de 2014, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se aprueba la clasificación de las vías pecuarias existentes en el término municipal de Arens de Lledó (Teruel).

Publicado el 19/08/2014 (Nº 161)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

Visto el proyecto de clasificación de las vías pecuarias existentes en el término municipal de Arens de Lledó, redactado por el Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de este Departamento en Teruel, resultan de él los siguientes:

Antecedentes

Primero.- Con fecha 4 de mayo de 2012, el Director Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Teruel comunica al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Arens de Lledó que se tiene previsto iniciar la investigación y la clasificación de las vías pecuarias de ese municipio, y solicita se envíe la conformidad a los trabajos de clasificación de las vías pecuarias mediante acuerdo plenario.

Segundo.- Con fecha 20 de junio de 2012, el Secretario-Interventor del Ayuntamiento de Arens de Lledó, certifica la conformidad a los trabajos de clasificación de las vías pecuarias celebrada en sesión extraordinaria del Pleno de la Corporación del día 1 de junio de 2012.

Tercero.- Con fecha 20 de marzo de 2013, se anuncia en el "Boletín Oficial de Aragón", num. 56 el comienzo de las operaciones de clasificación, fijándose el día 25 de abril de 2013, a las 10:00 horas de la mañana, señalándose como lugar de reunión el Ayuntamiento de Arens de Lledó y nombrando al Ingeniero Técnico Forestal Juan José Serrano Pérez para la realización de dichos trabajos, como representante de la administración en el acto de recorrido, reconocimiento y estudio de las vías pecuarias del término municipal.

Cuarto.- El anuncio de inicio de los trabajos de clasificación de las vías pecuarias de Arens de Lledó se comunica con fecha 19 de marzo de 2013, al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Arens de Lledó (Teruel), al Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial, al Sr. Presidente de la Cámara Agraria Provincial, al Sr. Presidente de la Comarca del Matarraña, al Sr. Presidente del Ligallo General de Pastores, al Sr. Presidente de U.A.G.A., al Sr. Presidente A.S.A.J.A. y a la Sociedad Española de Ornitología (SEO/BIRDLIFE), con fecha 20 de marzo de 2013 al Jefe de Servicio de Patrimonio del Departamento de Hacienda y Administración Pública y al Subdirector de Agricultura y Ganadería de Servicio Provincial de Teruel, y se les solicita que emitan el correspondiente informe al respecto si procede y que designen los prácticos y representantes para el acto de clasificación, así como su exposición en el tablón de anuncios cuando proceda.

Quinto.- Con fecha 27 de marzo de 2013, se recibe escrito de la Cámara Agraria Provincial de Teruel en el que se designa al vocal D. Bernardo Funes Secas, como representante de la Cámara, para asistir a la clasificación de las vías pecuarias del término de Arens de Lledó.

Sexto.- Con fecha 22 de abril de 2013 se recibe escrito del Ayuntamiento de Arens de Lledó (Teruel) en el que se adjunta certificado del Secretario-Interventor, de exposición del anuncio de inicio de las operaciones de clasificación de las vías pecuarias del término de Arens de Lledó en el tablón de anuncios de ese Ayuntamiento desde el 21 de marzo de 2013 hasta el 16 de abril de 2013, sin que se haya presentado ninguna alegación.

Séptimo.- Con fecha 22 de abril de 2013 se recibe escrito del Ayuntamiento de Arens de Lledó (Teruel) en el que se adjunta certificado del Secretario-Interventor por el que se designa al concejal D. Antonio Albesa Riva como representante municipal y a D. Ramón Centelles Segura como práctico conocedor de las vías pecuarias para asistir a los trabajos de clasificación.

Octavo.- Con fecha 6 de mayo de 2013, se recibe escrito de la Cámara Agraria Provincial de Teruel en el que se designa al vocal D.ª Francisca Pueyo Siurana, como representante de la Cámara, para asistir a la clasificación de las vías pecuarias del término de Arens de Lledó, mandando escrito al respecto.

Noveno.- Con fecha 28 de noviembre de 2013, se recibe escrito de la Comarca del Matarraña en el que se adjunta el anuncio de inicio de las operaciones de clasificación de las vías pecuarias del término de Arens de Lledó debidamente diligenciado y en el que la Secretaria-Interventora de la Comarca hace constar que ha sido expuesto en el tablón de anuncios de esa corporación durante el plazo de 15 días hábiles (desde el 25 de marzo al 16 de abril de 2013), sin que se haya presentado ninguna reclamación.

Décimo.- Con fecha 25 de abril de 2013, se produce la constitución de la Comisión para la clasificación de las vías pecuarias de Arens de Lledó levantándose la correspondiente acta.

Decimoprimero.- Tras constituir la comisión para la clasificación, se fijan los itinerarios, de acuerdo con los presentes y sin protestas de colindantes, tal y como queda reflejado en el acta y en el informe de fecha 16 de enero de 2014, incorporado al expediente y sobre el que se fundamenta esta orden.

Decimosegundo.- El proceso de toma de datos se realiza empleando equipo GPS Geoexplorer 3 de Trimble, con post-proceso mediante el programa informático Pathfinder, presentando los resultados en el Sistema de Referencia Oficial para España: ETRS89 (European Terrestrial Reference System 1989), huso 30, zona Norte.

Decimotercero.- El proyecto de clasificación es objeto del trámite de información pública mediante anuncio publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", número 29, de 11 de febrero de 2014. Y el texto del anuncio se comunica, con fecha 13 de febrero de 2014, para su exposición en los tablones de anuncios del Ayuntamiento de Arens de Lledó, de la Comarca del Matarraña y de la Diputación Provincial de Teruel, así mismo se comunica, en esa fecha, al Presidente de la Cámara Agraria Provincial de Teruel, al Presidente de la Asociación Ligallo General de Pastores, a la Sociedad Española de Ornitología (SEO/BIRLIFE), al Presidente de U.A.G.A. y al Presidente de ASAJA y con fecha 14 de febrero de 2014 al Subdirector de Agricultura y Ganadería del Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Teruel y al Jefe del Servicio de Patrimonio del Departamento de Hacienda y administración Pública.

Decimocuarto.- Con fecha 21 de marzo de 2014 se recibe escrito del Ayuntamiento de Arens de Lledó (Teruel) en el que el Secretario-Interventor certifica que el anuncio de información pública del expediente ha sido expuesto en el tablón de anuncios de su institución durante el plazo de veinte días hábiles, desde el 19 de febrero hasta el 17 de marzo de 2014, habiéndose presentado una alegación por D. Manuel Piqué Gil.

Decimoquinto.- Con fecha 1 de abril de 2014 se recibe escrito de la Comarca del Matarraña en el que se adjunta el anuncio de información pública del expediente debidamente diligenciado y en el que la Secretaria-Interventora hace constar que el mismo ha sido expuesto en el tablón de anuncios de su institución durante el plazo de veinte días hábiles, desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", sin que se hayan presentado reclamaciones al mismo.

Decimosexto.- Con fecha 30 de abril de 2014 por el Ingeniero Técnico Forestal, designado para la clasificación de las vías pecuarias del término de Arens de Lledó, se emite informe en el que concluye que procede desestimar la reclamación presentada por D. Manuel Piqué Gil, que proponía la clasificación de una nueva vía pecuaria que enlazaba la vía pecuaria número 1 con la número 4 ya que la finalidad o el objetivo del paso propuesto por el reclamante queda garantizado con las vías pecuarias clasificadas con el número 2 y 3 que unen la vía pecuaria número 1 con la número 4.

Decimoséptimo.- Con fecha 30 de mayo de 2014 se recibe Informe Jurídico número 4/2014 sobre la reclamación presentada, en el que el Letrado del Gobierno de Aragón, en Teruel, concluye que la reclamación presentada por D. Manuel Piqué Gil no debe prosperar, a la vista del informe elaborado por el Ingeniero Técnico Forestal y del resto de documentación que obra en el expediente.

Decimoctavo.- Con fecha 4 de junio de 2014, el Secretario del Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Teruel, emite certificado en el que queda reflejado que durante el periodo de audiencia y vista se presenta una reclamación por D. Manuel Piqué Gil.

Decimonoveno.- Con fecha 9 de junio de 2014, la Directora del Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de este Departamento en Teruel, manifiesta su acuerdo con lo actuado por el Ingeniero Técnico Forestal Juan José Serrano Pérez designado para la clasificación y eleva el expediente para su resolución definitiva.

Fundamentos Jurídicos

Primero.- El artículo 7 de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias y el artículo 17 de la Ley 10/2005, de 11 de noviembre, de vías pecuarias de Aragón, dispone que la clasificación es el acto administrativo de carácter declarativo en virtud del cual se determina la existencia, categoría, anchura, trazado y demás características generales de cada vía pecuaria.

Segundo.- La Disposición Adicional Primera de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, insta a la Administración a clasificar con carácter de urgencia las vías pecuarias.

Tercero.- En la tramitación del expediente, se dio cumplimiento a cuanto se previene en la legislación vigente relativa al trámite de audiencia, mediante anuncios publicados en el "Boletín Oficial de Aragón", y colocados en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Arens de Lledó y Comarca del Matarraña.

Cuarto.- Durante la práctica de la clasificación, y en el periodo de audiencia y vista del expediente se presentó una alegación por parte de D. Manuel Piqué Gil, que fue informada por los Servicios Jurídicos del Gobierno de Aragón, desestimándose.

Vistos el Estatuto de Autonomía de Aragón, la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias; la Ley 10/2005 de 11 de noviembre de vías pecuarias de Aragón; el Decreto 333/2011, de 6 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992; la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón; el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y demás disposiciones de general aplicación.

El Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, de acuerdo con el Informe-Propuesta de la Directora Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Teruel, y a propuesta de la Dirección General de Gestión Forestal, resuelve:

Primero.- Aprobar la clasificación de las vías pecuarias sitas en el término municipal de Arens de Lledó (Teruel), en la que se integran las que se relacionan en el anexo I.

La relación de abrevaderos, fuentes y descansaderos ubicados en las vías pecuarias se mencionan a continuación:

VP número 1 "Paso de la Font de Soberana"

- "Abrevadero, Balsa Font de Soberana", punto 1.3

VP número 4 "Paso de Cretas a Caseres"

- "Abrevadero, Balseta de la Torreta", punto 4.3

Segundo.- Sus recorridos, direcciones, superficie y demás características de las antedichas vías pecuarias figura en el informe de clasificación, de fecha 16 de enero de 2014, ateniéndose en cuanto a lo señalado en su Proyecto de Clasificación y cuyo contenido se tendrá presente en todo cuanto le afecte.

En todo su trazado, la anchura quedará fijada con carácter definitivo una vez practicado el deslinde de la vía pecuaria.

Si en el referido término municipal hubiese, además de las incluidas en la clasificación, otras vías pecuarias, no perderán éstas su carácter y deberán ser clasificadas con posterioridad.

Tercero.- La presente orden deberá ser objeto de publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, o recurso contencioso administrativo ante el tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, sin que puedan simultanearse ambos procedimientos, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 16 de julio de 2014.

El Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente,

MODESTO LOBÓN SOBRINO