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RESOLUCIÓN de 27 de marzo de 2018, del Servicio Provincial de Desarrollo Rural y Sostenibilidad de Teruel, relativo a determinadas limitaciones para el ejercicio de la pesca en el río Mijares, prohibiendo el régimen extractivo, durante lo que resta de la presente temporada.

Publicado el 26/04/2018 (Nº 80)
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Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Teniendo presente lo establecido en el artículo 40.1 de la Orden DRS/202/2018, de 31 de enero, por la que se aprueba el Plan General de Pesca de Aragón para el año 2018 y tratando de disminuir las presiones sobre la población de trucha en el río Mijares, este Servicio Provincial de Desarrollo Rural y Sostenibilidad de Teruel resuelve limitar la pesca en el río Mijares prevista en el Plan General de Pesca del siguiente modo:

Eliminación del tramo libre extractivo sobre el río Mijares que se sustituye por el régimen general de captura y suelta.

Las presiones sobre las poblaciones de trucha en el río Mijares recomiendan restringir toda pesca extractiva en el río. Por ello se elimina el tramo libre extractivo en el río Mijares que empieza en la Presa del embalse de los Toranes (30T X697023 Y4444953) hasta la Central eléctrica del Este de España (30T X697022 Y4444954) donde el régimen de pesca durante lo que resta de temporada será libre de captura y suelta.

Esta limitación entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", y se mantendrá hasta el final de la presente temporada de pesca.

Teruel, 27 de marzo de 2018.- El Director del Servicio Provincial, Héctor Palatsi Martínez.