Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

RESOLUCIÓN de 30 de noviembre de 2018, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 24 de enero de 2008, en la que se otorgó la autorización ambiental integrada para la modificación sustancial de una explotación porcina de producción de lechones hasta 20 Kg, con una capacidad para 2400 plazas de hembras reproductoras, 985 plazas de reposición y 20 verracos (864 UGM), ubicada en las parcelas 5035, 5036, 5037 y 5038 del polígono 106 del término municipal de Ejea de los Caballeros (Zaragoza), y promovida por Desarrollos Industriales Sora S.L, (Expte INAGA 500202/02/2018/08796).

Publicado el 04/01/2019 (Nº 3)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Con fecha 13 de agosto de 2018 el promotor, Desarrollos Industriales Sora S.L., solicita a este Instituto modificación puntual, consistente en cambios en el suministro eléctrico e incorporación de sistema de calefacción.

Antecedentes de hecho

Mediante Resolución de 7 de septiembre de 2004, de la Dirección General de Calidad Ambiental, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 109, de 15 de septiembre de 2004, se formula la declaración de impacto ambiental y se otorga la autorización ambiental integrada para la instalación de una explotación porcina de producción con capacidad para 2.250 cerdas reproductoras con destete, 278 cerdas de reposición y 20 verracos, ubicada en el polígono 109, parcelas 5036. 5037, 5038 y 5039, del término municipal de Ejea de los Caballeros (Zaragoza)

Mediante Resolución de 24 de enero de 2008, de este Instituto, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 20, de 18 de febrero de 2008, se otorga la autorización ambiental integrada para modificación sustancial de la explotación de referencia por instalación de una planta de biogás. (Número Expte. INAGA 500301/02/2005/10039).

Mediante Resolución de 29 de agosto de 2012, de este Instituto, se otorga la modificación no sustancial de la explotación, consistente en la ampliación de las naves de maternidad, transición y reposición y construcción de una nueva nave de gestación. Esta modificación supone un cambio en la capacidad pasando de 2.250 a 2.400 cerdas reproductoras. (Número Expte. INAGA 500301/02/2012/08200).

Mediante Resolución de 4 de enero de 2103, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se otorga la modificación no sustancial de la explotación por la cual se aumenta la capacidad autorizada hasta 842 UGM (Número Expte. INAGA 500601/2012/12019).

Mediante Resolución de 17 de diciembre de 2013, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se otorga la modificación no sustancial de la explotación, consistente en la construcción de una nueva nave de gestación y en un aumento de capacidad hasta 864 UGM (Número Expte. INAGA 500601/02/2013/12078).

Mediante Resolución de 2 de junio de 2014, de este Instituto, se procede a la actualización de dicha autorización ambiental integrada (Número de Expediente INAGA 500601/02/2014/04251).

Mediante Resolución de 27 de marzo de 2017, de este Instituto, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 91, de 16 de mayo de 2017, se modifica puntualmente dicha autorización ambiental integrada por construcción de nueva nave de transición (Número Expte. INAGA 500601/02/2016/09660).

Mediante Resolución de 3 de julio de 2017, de este Instituto, y publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 142, de 26 de julio de 2017, se modifica puntualmente la autorización ambiental integrada por construcción de nave de cuarentena y nueva nave de maternidad. (Expte INAGA 500202/02/2017/04319).

Mediante Resolución de 25 de mayo de 2018, de este instituto, y publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 117, de 19 de junio de 2018, se modifica puntualmente la autorización ambiental integrada por actualización de las construcciones que integran la explotación. (Expte INAGA 500202/02/2018/01299).

La modificación puntual solicitada en el presente expediente consiste en incorporar los cambios en el suministro energético de la granja, pasando de producir la energía eléctrica en la instalación de biogás a abastecerse a través de línea eléctrica de media tensión, con transformador de 100 Kvas. En el sistema de calefacción se ha instalado una caldera de Biomasa de 650 kW de potencia, se estima un consumo de 400 Tm anuales de combustible (Hueso de oliva). Se dispone además de una caldera de gasoil para uso en caso de emergencias de 190 kW. También hay instalado un grupo electrógeno de emergencias de 121 KVAs de gasoil.

Fundamentos jurídicos

De conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de los cerdos; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

Por la presente se resuelve;

Modificar puntualmente la Resolución de 24 de enero de 2008, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorgó la autorización ambiental integrada para la modificación sustancial de una explotación porcina de producción de lechones hasta 20 Kg, con una capacidad para 2400 plazas de hembras reproductoras, 985 plazas de reposición y 20 verracos (864 UGM), ubicada en las parcelas 5035, 5036, 5037 y 5038 del polígono 106 del término municipal de Ejea de los Caballeros (Zaragoza), y promovida por Desarrollos Industriales Sora S.L, en el siguiente punto, dejando inalterado el resto:

El punto 3 del apartado segundo de la resolución queda sustituido por lo siguiente:

"3. La energía eléctrica para la explotación provendrá de línea eléctrica de media tensión, con transformador en poste final de 100 kVAs, se dispone también de un grupo electrógeno de gasoil para su uso en caso de averías de 121 kVAs de potencia. El suministro de calefacción se realiza mediante caldera de biomasa de 650 kW de potencia, se estima un consumo anual de 400 Tm de hueso de oliva. Existe asimismo una caldera de calefacción de gasoil de 190 kW para uso en caso de emergencia.

La clasificación de estos focos emisores, según el anexo del Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, está incluida en el código 02 03 04 04, sin grupo asignado. Los límites de emisión de contaminantes a la atmósfera no superarán los valores de 616 mg/Nm³ de NOx y 625 mg/Nm³ de CO para el grupo electrógeno de emergencia; de 616 mg/Nm³ de NOx y 500 mg/Nm³ de CO para la caldera de biomasa; y de 300 mg/Nm³ de NOx y 150 mg/Nm³ de CO para la caldera de emergencia de gasoil.

Estos focos emisores quedan exentos de control externo. En cualquier caso, se deberán realizar un mantenimiento periódico adecuado con objeto de minimizar las emisiones a la atmósfera".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 30 de noviembre de 2018.

El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL