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RESOLUCIÓN de 5 de febrero de 2019, del Director General de Industria, Pymes, Comercio y Artesanía, por la que se somete a información pública y se abre el plazo para la presentación de alegaciones en la tramitación de una licencia comercial en gran superficie promovida por Iberebro, S.A., para instalaciones completas "TorreVillage" en zonas comunes de edificio y acometidas para locales comerciales sitos en C/ Manuel Jalón, número 7, Autovía de Logroño, Km 6.5, área H-61-5, manzana M, en el término municipal de Zaragoza.

Publicado el 19/02/2019 (Nº 34)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO

Texto completo:

La Ley 4/2015, de 25 de marzo, del Comercio en Aragón, define el concepto de establecimiento comercial, a los efectos de dicha ley, estableciendo en su artículo 13.2. que los establecimientos comerciales podrán ser individuales o colectivos.

La regulación en materia de licencia comercial para el establecimiento de grandes superficies comerciales en la Comunidad Autónoma de Aragón está recogida en la citada ley 4/2015, de 25 de marzo, en los artículos 17 y siguientes.

El artículo 17 establece que: "se considerarán grandes superficies a los efectos de esta Ley los establecimientos comerciales que tengan una superficie de más de 2.500 metros cuadrados". Por superficie, a los efectos del cómputo de gran superficie, se entiende la superficie edificada y dedicada a sala o espacio de exposición y ventas dedicada a la actividad comercial minorista".

Por otro lado, el artículo 18 desarrolla que: "1. La instalación de todo tipo de establecimientos comerciales no estará sujeta a licencia o autorización comercial autonómica. No obstante, y con fin de protección del interés general, la instalación de las grandes superficies estará sujeta a licencia comercial. La competencia para el otorgamiento de esta licencia corresponderá al Departamento competente en materia de comercio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

2. La licencia comercial tiene como finalidad comprobar la ausencia de afección al interés general de la actividad. La tramitación para la obtención de la licencia comercial y, en su caso, el otorgamiento de esta sólo procederá una vez que el Ayuntamiento correspondiente haya concedido expresamente la licencia urbanística y ambiental de actividades clasificadas. En ningún caso podrá entenderse concedida la licencia comercial sin la previa obtención de las correspondientes licencias urbanística y ambiental de actividades clasificadas (...)"

Según el artículo 20 de la misma norma, el procedimiento de concesión de la licencia comercial se regirá, sin perjuicio de lo establecido en dicha ley, por los trámites del procedimiento administrativo común e incluirá en todo caso una fase de información pública no inferior a veinte días.

Con fecha 13 de diciembre de 2016, queda reconocida la Declaración de interés autonómico prevista en el Título II del Decreto-Ley 1/2008, de 30 de octubre, del Gobierno de Aragón, de medidas administrativas urgentes para facilitar la actividad económica en Aragón, para la construcción y desarrollo del proyecto "TorreVillage" a ubicar en la Autovía de Logroño.

El artículo 9 del Decreto-Ley-1/2008, de 30 de octubre, citado en el párrafo anterior, establece como principio general la reducción a la mitad de los plazos ordinarios de trámite en los procedimientos administrativos previstos en la normativa aragonesa cuando afecten a inversiones declaradas de interés autonómico.

Habiéndose remitido por parte del Ayuntamiento de Zaragoza y de Iberebro, S.A., el expediente y las licencias referidos al establecimiento comercial para instalaciones completas en zonas comunes de edificio y acometidas para locales comerciales, cuya superficie edificada y dedicada a sala o espacio de exposición y ventas dedicada a la actividad comercial minorista es de 13.557,15 metros cuadrados, sita en c/ Manuel Jalón, número 7, autovía de Logroño, Km 6.5, área H-61-5, manzana M, en el término municipal de Zaragoza,

resuelvo,

Primero.- Someter a información pública por el plazo de diez días a contar desde el día siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", el expediente de solicitud de licencia comercial promovido por Iberebro, S.A., para instalaciones completas "TorreVillage" en zonas comunes de edificio y acometidas para locales comerciales sitos en c/ Manuel Jalón, número 7, autovía de Logroño, Km 6.5, área H-61-5, manzana M, en el término municipal de Zaragoza, cuya superficie comercial de exposición y venta es de 13.557,15 m², a fin de que cualquier persona física o jurídica pueda examinarlo y presentar, dentro de dicho plazo, las alegaciones que estime pertinentes. La documentación indicada podrá ser examinada en el Servicio de Ordenación y Promoción Comercial de la Dirección General de Industria, Pymes, Comercio y Artesanía, (Edifico Pignatelli, Paseo María Agustín, 36, puerta 27, de Zaragoza).

Segundo.- Las alegaciones a las que se hace referencia en el apartado anterior podrán ser presentadas en el Registro General del Gobierno de Aragón (paseo María Agustín, 36, Zaragoza) y en las Delegaciones Territoriales de Huesca (plaza Cervantes, 1) y de Teruel (San Francisco, 1) durante el plazo indicado, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 5 de febrero de 2019.- El Director General de Industria, PYMES, Comercio y Artesanía, Jesús Sánchez Farraces.