Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

ORDEN EIE/1147/2016, de 1 de septiembre, por la que se aprueba el expediente y se autoriza el gasto correspondiente al encargo de ejecución a Aragón Exterior, S.A. para la realización de un plan estratégico de actividad exportadora de Aragón.

Publicado el 20/09/2016 (Nº 182)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO

Texto completo:

El Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos y del Decreto 108/2015, de 7 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, asignan al Departamento la competencia en materia de comercio exterior y el ejercicio de las actividades de la Comunidad Autónoma en relación con las actuaciones en materia de comercio exterior. Entre sus competencias están la propuesta, desarrollo, coordinación, gestión y control del comercio exterior, dentro de las competencias de la Comunidad Autónoma, así como la planificación del comercio exterior, el desarrollo, seguimiento y ejecución de dicha planificación y el ejercicio de las actividades de la Comunidad Autónoma de Aragón en relación con el fomento y promoción de actuaciones en materia de comercio exterior.

Las empresas públicas cuyo capital pertenezca íntegramente a la Administración de la Comunidad Autónoma, como es el caso de Aragón Exterior, S.A., directamente o a través de sus organismos públicos, en el marco de sus estatutos y objeto social, podrán gestionar actuaciones de competencia de los Departamentos u organismos públicos de la Administración autonómica, que serán financiadas con cargo a los créditos establecidos en las distintas secciones presupuestarias. Para ello, se formalizarán a través de encargos de ejecución por los titulares de los Departamentos y los presidentes o directores de los organismos públicos correspondientes, en los que figurarán los compromisos y obligaciones que asumiere la empresa, así como las condiciones en que se realiza el encargo.

De esta manera, la realización de un plan estratégico de exportaciones que ayude a focalizar los recursos disponibles en las acciones y beneficiarios más eficientes y eficaces, estableciendo para los años sucesivos acciones y medidas que ejecute el Departamento de Economía, Industria y Empleo para la generación de un impacto más eficaz y eficiente en el sector empresarial aragonés, es una actuación susceptible de ser encargada a Aragón Exterior.

La aplicación presupuestaria 609000.91002 del programa 6231 asignado en la Ley 1/2016, de 28 de enero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2016 tiene como finalidad la realización de un plan estratégico de la actividad exportadora. La ejecución de este plan se ha previsto realizar a través de un encargo a la empresa pública Aragón Exterior, que es el organismo del Gobierno de Aragón para impulsar la internacionalización de la economía aragonesa, apoyando la promoción exterior de nuestras empresas y la atracción de inversión extranjera a la región, ya que es la entidad del Gobierno de Aragón que por su especialización, dispone de los medios materiales y humanos necesarios para la realización de este plan.

La Dirección General de Industria, PYMES, Comercio y Artesanía del Departamento de Economía, Industria y Empleo no puede afrontar el desarrollo de este Plan al no disponer de recursos humanos suficientes para la realización del mismo y del resto de las actividades que le corresponden en función de sus competencias.

Por otro lado, Aragón Exterior (en adelante, AREX) está formado por profesionales con experiencia internacional y especialización en diferentes sectores empresariales. También dispone de una red internacional de oficinas que dispone de un conocimiento específico del tejido empresarial del país y de la situación de los mercados internacionales. Esta red está en continuo proceso de expansión, a medida que las empresas aragonesas demandan proyectos en nuevos países.

De acuerdo con la Disposición Adicional 13.ª del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, al que resulta de aplicación lo establecido en el artículo 4.1.n) y 24.6 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el encargo de ejecución ha de realizarse de acuerdo con las siguientes condiciones y trámites:

a) Se formalizarán a través de encargos de ejecución por los titulares de los Departamentos y los presidentes o directores de los organismos públicos correspondientes, en los que figurarán los compromisos y obligaciones que asumiere la empresa, así como las condiciones en que se realiza el encargo.

b) La determinación del importe de la actuación se efectuará según valoración económica definida en el proyecto correspondiente o en el presupuesto técnico de actuación. En ningún caso podrá ser objeto de encargo de ejecución la contratación de suministros.

c) El pago se efectuará con la periodicidad establecida en el encargo de ejecución y conforme a la actuación efectivamente realizada.

No obstante, podrá efectuarse un anticipo de hasta el 10% de la primera anualidad correspondiente a cada encargo de ejecución, de acuerdo con lo establecido en la letra b) de este apartado.

d) Los gastos generales y corporativos de la empresa podrán ser imputados al coste de las actuaciones encargadas hasta un máximo del cinco con cinco por ciento de dicho coste.

e) En las actuaciones financiadas con fondos provenientes de la Unión Europea, deberá asegurarse la elegibilidad de estos gastos, de acuerdo con lo establecido en la normativa comunitaria.

Visto el informe de necesidad y la propuesta emitida por el Director General de Industria, PYMES, Comercio y Artesanía, existiendo crédito adecuado y suficiente en el presupuesto de 2016. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 51.2 del texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunida Autónoma de Aragón y con la Disposición Adicional 13.ª del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, dispongo:

Primero.- Encargar a Aragón Exterior, S.A. la realización del plan estratégico de actividad exportadora de Aragón.

Segundo.- Los objetivos del plan estratégico de actividad exportadora son:

a) Consolidar el número de PYMEs exportadoras

b) Crecer en mercados de mayor oportunidad / menor presencia

c) Mejorar las capacidades de internacionalización de las empresas

d) Apoyar la estrategia de los sectores y clusters con mayor oportunidad

Tercero.- Las actividades técnicas que se encomiendan tienen por la realización de un plan con el siguiente alcance:

a) Definir objetivos estratégicos a alcanzar que describan el efecto e impacto que se espera lograr con la acción institucional en materia de promoción de la internacionalización de la empresa aragonesa, de las acciones de fomento de las exportaciones, así como de la presencia en mercados exteriores de productos y servicios prestados por empresas aragonesas.

b) Definir los ejes de trabajo generales del nuevo plan, diferentes programas en que estos ejes se materializan y acciones puntuales que contienen los programas.

c) Determinar un régimen de seguimiento y evaluación continua aplicable a todos los instrumentos que conforman el plan.

d) Diseñar un marco coordinado, bajo los criterios de eficacia, eficiencia y simplicidad para la empresa, para las actuaciones públicas y privadas orientadas al fomento de la presencia en mercados exteriores de la empresa aragonesa.

Las acciones a desarrollar y sus fases se detallan en el anexo a esta orden.

Cuarto.- Será responsabilidad de Aragón Exterior, S.A., en el desempeño de estas actividades:

1. Aportar los medios materiales y humanos para la realización de la encomienda.

2. Informar a la Dirección General de Industria, Pymes, Comercio y Artesanía sobre el desarrollo de las actividades encomendadas.

3. Seguir las directrices de la Dirección General de Industria, Pymes, Comercio y Artesanía en lo relativo a objetivos y aspectos técnicos.

4. Aragón Exterior podrá contratar los servicios externo necesario para lograr los objetivos, siempre y cuando no cuenten con los medio para llevarlos a cabo, limitándolo a las prestaciones accesorias relacionadas con el encargo y previa notificación y autorización por parte del Director General de Industria, Pymes, Comercio y Artesanía, siendo el tope máximo de subcontratación el 50% de los costes del proyecto.

Quinto.- El seguimiento de las actividades encomendadas correrá a cargo del Servicio de Comercio Exterior, Ferias y Artesanía de la Dirección General de Industria, Pymes, Comercio y Artesanía. La encomienda no implica la cesión de la titularidad de las competencias anteriormente expresadas ni de los elementos sustantivos de su ejercicio por parte del Departamento de Economía, Industria y Empleo, siendo responsabilidad de este último dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den soporte a las actividades objeto de la encomienda.

Sexto.- El coste máximo de la presente encomienda asciende a 42.835,57 euros, que se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria 15040/G/6231/609000/91002 del Departamento de Economía, Industria y Empleo. El desglose de gastos de este presupuesto tiene carácter estimativo y si, como consecuencia de la ejecución de la actuación el coste de una o más conceptos precise ser modificado significativamente Aragón Exterior deberá justificar debidamente dicha modificación, que requerirá de la previa aprobación del Director General de Industria, PYMES, Comercio y Artesanía, previa solicitud de la correspondiente Aragón Exterior, que deberá realizarse antes de la finalización del plazo de ejecución.

Séptimo.- Aragón Exterior deberá presentar la justificación de la actividad realizada, así como los costes asociados al proyecto.

1. El pago se efectuará previa certificación de la Dirección General de Industria, Pymes, Comercio y Artesanía, una vez emitido el certificado del Jefe del Servicio de Comercio Exterior, Ferias y Artesanía en el que se exprese la conformidad con las actividades realizadas y su coste.

2. El plazo de presentación de los documentos para la justificación de los gastos imputables terminará el día 1 de diciembre de 2016.

3. El plazo previsto en el punto anterior podrá ser objeto de prórroga previa solicitud motivada presentada por el Aragón Exterior, dirigida al Director General de Industria, Pymes, Comercio y Artesanía debiendo ser solicitada la prórroga y autorizada la misma antes de la terminación del plazo de justificación.

Octavo.- La vigencia de la encomienda de gestión podrá ser suspendida o dejada sin efecto en caso de incumplimiento de las directrices y medidas previstas en esta orden.

Noveno.- Esta orden producirá efectos desde el día de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 1 de septiembre de 2016.

La Consejera de Economía, Industria y Empleo,

MARTA GASTÓN MENAL