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ORDEN DRS/832/2019, de 1 de julio, por la que se aprueba el Plan de obras y mejoras territoriales de la zona de concentración parcelaria de Argente (Teruel).

Publicado el 17/07/2019 (Nº 138)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Por Decreto 42/2009, de 24 de marzo, del Gobierno de Aragón, se declara de utilidad pública y urgente ejecución la concentración parcelaria de la zona de Argente (Teruel).

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario, de 12 de enero de 1973, se ha redactado el Plan de obras y mejoras territoriales de la zona de concentración parcelaria de Argente (Teruel).

El Plan determina las obras que son necesarias para llevar a cabo la nueva redistribución de la propiedad y la mejora de condiciones físicas de las fincas de reemplazo, mediante la nueva red de caminos y desagües de la zona de actuación.

Examinado el referido Plan, este Departamento considera que las obras en él incluidas han sido clasificadas en los grupos que determinan los artículos 61 y 62 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario y los artículos 64 y 65 de la Ley 14/1992, de 28 de diciembre, de patrimonio agrario de la Comunidad Autónoma de Aragón y de medidas específicas de reforma y desarrollo agrario.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón; el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón; el Decreto 108/2015, de 7 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, resuelvo:

Primero.- Se aprueba el Plan de obras y mejoras territoriales de la zona de concentración parcelaria de Argente (Teruel).

Segundo.- De acuerdo con lo establecido en los artículos 61 y 62 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario y en los artículos 64 y 65 de la Ley 14/1992, de 28 de diciembre, se considera que las obras incluidas en el Plan quedan clasificadas en el grupo a) Obras de interés general, y por lo tanto serán subvencionadas en su totalidad con cargo a los presupuestos del Departamento.

Tercero.- Por la Dirección General de Desarrollo Rural se dictarán las normas pertinentes para la mejor aplicación de cuanto se dispone en la presente Orden.

Zaragoza, 1 de julio de 2019.

El Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, JOAQUÍN OLONA BLASCO