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ORDEN PRE/679/2019, de 6 de junio, por la que se aprueba definitivamente el Plan Económico-Financiero de la Diputación Provincial de Teruel 2019-2020.

Publicado el 21/06/2019 (Nº 120)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Examinada la solicitud de la Diputación Provincial de Teruel de aprobación definitiva de su Plan Económico-Financiero 2019-2020.

Resultando que la Diputación Provincial de Teruel ha aprobado por Decreto de la Presidencia número 0717, de fecha 2 de abril de 2019, la liquidación del presupuesto del ejercicio 2018 de dicha Entidad.

Resultando que el informe de la Intervención General número 2019-0153, de fecha 1 de abril de 2019 de evaluación de los objetivos que contempla la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, en relación con la aprobación de la Liquidación del Presupuesto General para el ejercicio 2019, con los datos de la anterior liquidación y la de los entes dependientes de la Diputación Provincial de Teruel sectorizados en el sector de las Administraciones Públicas, concluye que se ha cumplido el objetivo de estabilidad presupuestaria con una capacidad de financiación cifrada en 6.714.587,07 euros pero con incumplimiento de la regla de gasto, al haberse liquidado el ejercicio 2018 con un gasto computable de 34.251.437,38 euros frente al límite establecido de 31.612.482,43 euros y, por tanto, con una diferencia de -2.638.954,95 euros, lo que conlleva la necesidad de aprobación de un Plan Económico-Financiero por la Corporación Provincial en los términos del artículo 21 de la LOEPSF.

Resultando que el Pleno de la Diputación Provincial de Teruel en sesión celebrada el 30 de abril de 2019 ha aprobado inicialmente el Plan Económico Financiero 2019-2020.

Resultando que dicho Plan analiza el objetivo de estabilidad presupuestaria y el cumplimiento de la regla de gasto de la Diputación Provincial de Teruel y de las siguientes entidades dependientes de la misma que han sido clasificadas en el sector de las Administraciones Públicas por la Intervención General de la Administración del Estado:

- Instituto de Estudios Turolenses (Organismo Autónomo).

- Promoción Eólica Turolense, S.L. (Sociedad Mercantil).

- Baronía de Escriche, S.L. (Sociedad Mercantil).

Resultando que el Plan Económico-Financiero 2019-2020 presentado por la Diputación Provincial de Teruel recoge un diagnóstico de la situación económico-financiera actual de la entidad a través del análisis de una serie de indicadores durante la evolución de los años 2013-2018 y que permiten señalar como causas principales del incumplimiento de carácter no estructural la utilización de remanente de tesorería para gastos generales como agente financiador en los expedientes de incorporación de remanentes de crédito, así como el efecto de la baja ejecución presupuestaria del gasto que viene arrastrando la Diputación Provincial en las últimos ejercicios, básicamente en los capítulo de transferencia corrientes, de capital y gastos de inversión que ha supuesto una disminución paulatina del gasto computable asociado a los distintos presupuestos y, por lo tanto, de la capacidad de gasto.

Resultando que el plan presentado prevé como medidas no cuantificables el compromiso de no tramitación de expedientes de modificación presupuestaria que incumplan la normativa de estabilidad presupuestaria y de la regla de gasto, debiéndose encuadrar los distintos proyectos y actuaciones bajo el principio de plurianualidad con la finalidad de evitar modificaciones de crédito. Igualmente, desde el punto de vista de la gestión presupuestaria y en aras a conseguir un aumento de la ejecución al fin de cada ejercicio, se acuerda como medida la no ampliación de los plazos de justificación de subvenciones y ayudas concedidas hasta fecha muy próximas al final del ejercicio presupuestario.

Resultando que el Plan Económico-Financiero contempla las previsiones de ejecución presupuestaria, tanto de ingresos como de gastos, para los años 2019 y 2020 en Orden a alcanzar con dicho plan el cumplimiento de la estabilidad presupuestaria y la regla de gasto contempladas en la LOEPSF.

Resultando que del análisis efectuado en el Plan Económico-Financiero así como de la propia liquidación del ejercicio presupuestario de 2018 se obtienen las siguientes magnitudes relacionadas con la situación económico-financiera de la entidad local: el ahorro neto de la Diputación Provincial es de signo positivo y asciende a 15.108.435,80 euros que suponen el 28,44% de los ingresos corrientes liquidados, el remanente de tesorería para gastos generales es de signo positivo y asciende a 35.604.712,76 euros y el volumen total consolidado de capital vivo de operaciones de crédito a corto y largo plazo asciende al 40,41% de los ingresos corrientes liquidados o devengados según las cifras deducidas de los estados contables consolidados y un periodo medio de pago del año 2018 situado 11,83 días.

Resultando que el plan analiza la evolución durante su vigencia del cumplimiento del principio de estabilidad presupuestaria y de la regla del gasto y que las conclusiones de dicho plan a 31 de diciembre de 2019 y al agotarse su horizonte temporal, son de cumplimiento tanto del objetivo de estabilidad presupuestaria como de la regla de gasto, con las siguientes previsiones:

- Una de capacidad de financiación a cierre del ejercicio 2019 de 14.582.428 euros y una previsión de cumplimiento de la Regla de Gasto por importe de 71.000 € por debajo del límite de gasto computable previsto (35.176.226,19 €).

- Una de capacidad de financiación a cierre del ejercicio 2020 de 5.859.928 euros y una previsión de cumplimiento de la regla de gasto a finales del ejercicio de 2019 de 52.000 euros por debajo del límite de gasto computable previsto (36.088.172,52 €).

Resultando que el plan analiza la evolución de la sostenibilidad financiera de la Corporación en su doble vertiente de deuda pública, con un coeficiente de endeudamiento inferior al 33% al final de la vigencia del plan y de deuda comercial, con previsión de cumplimiento del periodo medio de pago en los distintos periodos.

Considerando que el Plan Económico Financiero 2019-2020 aprobado por la Diputación Provincial de Teruel resulta idóneo para que, al agotarse su horizonte temporal, se cumplan las reglas fiscales de la LOEPSF.

Considerando que conforme a lo previsto en los artículos 114 del Estatuto de Autonomía de Aragón y 23.4 de la LOEPSF corresponde a la Comunidad Autónoma de Aragón la tutela financiera respecto de las Entidades Locales de su territorio respetando, en todo caso, la autonomía reconocida constitucionalmente a las mismas, lo que incluye la aprobación definitiva de este Plan Económico Financiero.

Vistos los preceptos de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera; el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera y demás disposiciones de aplicación,

El Consejero de Presidencia en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto 307/2015, de 1 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Presidencia del Gobierno de Aragón, ha resuelto:

Primero.- Aprobar definitivamente el Plan Económico-Financiero de la Diputación Provincial de Teruel 2019-2020, previamente aprobado por el Pleno de la Corporación Local, en sesión celebrada el 30 de abril de 2019.

Segundo.- De conformidad con el artículo 23.4 de Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, la Comunidad Autónoma de Aragón, será la responsable del seguimiento del plan económico-financiero y deberá remitir información al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas de dicho plan y de los resultados del seguimiento que efectúe sobre el mismo, de conformidad con el artículo 23.4 de Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

Tercero.- Declarar que la aprobación del plan económico-financiero no implica la aprobación ni pronunciamiento previo alguno de las previsiones contempladas en el mismo y sujetas, en su caso, a autorización del órgano de tutela financiera.

Cuarto.- Durante la vigencia del plan económico-financiero, las operaciones de endeudamiento a largo plazo que pretendiera concertar la Diputación Provincial de Teruel serán objeto de autorización por la Comunidad Autónoma de Aragón en los términos del artículo 20.2 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

Zaragoza, 6 de junio de 2019.

El Consejero de Presidencia, VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO