Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

DECRETO 196/2018, de 6 de noviembre, del Gobierno de Aragón, de creación de un Centro Rural de Innovación Educativa de titularidad de la Comunidad Autónoma de Aragón en la localidad de Benabarre (Huesca).

Publicado el 13/11/2018 (Nº 219)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

El artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, establece que "la creación y supresión de centros públicos se efectuará por el Gobierno o por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma correspondiente en el ámbito de sus respectivas competencias".

Efectuado el traspaso de funciones y servicios en materia de enseñanza no universitaria de la Administración del Estado a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón mediante el Real Decreto 1982/1998, de 18 de septiembre, corresponde a la Administración Autonómica la creación de los centros públicos de educación no universitaria.

El Estatuto de Autonomía de Aragón establece, en su artículo 73, que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia compartida en enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, que, en todo caso, incluye la ordenación del sector de la enseñanza y de la actividad docente y educativa, su programación, inspección y evaluación; el establecimiento de criterios de admisión a los centros sostenidos con fondos públicos para asegurar una red educativa equilibrada y de carácter compensatorio; la promoción y apoyo al estudio; la formación y el perfeccionamiento del personal docente; la garantía de la calidad del sistema educativo, y la ordenación, coordinación y descentralización del sistema universitario de Aragón con respeto al principio de autonomía universitaria.

El Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, establece en su artículo 1 que corresponde a al mismo la planificación, implantación, desarrollo, gestión y seguimiento de la educación en Aragón, así como el ejercicio de las funciones y servicios que corresponden a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de enseñanza.

La Comunidad Autónoma de Aragón, en función de la realidad demográfica y educativa de su territorio, considera imprescindible atender el principio equidad en el ejercicio del derecho a la educación y proclamar la igualdad de oportunidades y el desarrollo de la personalidad de la totalidad del alumnado. Todo ello determina la necesidad de desarrollar políticas de acción compensatoria en relación con personas, grupos o ámbitos territoriales que estén en situación desfavorable haciendo una referencia expresa a la escuela rural aragonesa.

En los últimos años se han ido desarrollando diferentes medidas que han permitido una mejora cualitativa de la oferta educativa especifica hacia el alumnado de la escuela rural. Entre estas actuaciones, han tenido especial relevancia aquellas destinadas a favorecer el desarrollo personal y social del mismo, ofreciéndole alternativas a las dificultades que se derivan del hecho de pertenecer a un medio económico, social, cultural o geográfico específico.

En esta línea se inscriben las actuaciones de los Centros Rurales de Innovación Educativa (CRIEs) que, a través de las convivencias periódicas del alumnado de diferentes zonas y escuelas rurales tienen como objetivos prioritarios la contribución a la mejora del proceso de evolución personal y de socialización de los alumnos y alumnas del ámbito rural y, al mismo tiempo, el apoyo al desarrollo del currículo escolar y la formación del profesorado de estas pequeñas escuelas.

El procedimiento de creación de este centro, iniciado de oficio, se ha tramitado de acuerdo con el artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y demás normas de general aplicación.

Asimismo, se ha consultado al Consejo Escolar de Aragón sobre la creación de estos centros, de conformidad con el artículo 16.1 c) de la Ley 5/1998, de 14 de mayo, de los Consejos Escolares de Aragón, emitiéndose informe favorable con fecha 25 de septiembre de 2018.

En su virtud, cumplidos los trámites establecidos, a propuesta de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 6 de noviembre de 2018

DISPONGO

Creación y finalidad.

1.Se crea un Centro Rural de Innovación Educativa (CRIE) de titularidad de la Comunidad Autónoma de Aragón con denominación específica " de Benabarre", código de centro número 22701022, y domicilio en Plaza Palau Quer, Número 3 de Benabarre (Huesca).

2. Su acción estará dirigida prioritariamente al alumnado de quinto y sexto de Educación Primaria de los centros incompletos de Educación Infantil y Primaria y los Colegios Rurales Agrupados, dentro del programa de Centros Rurales de Innovación Educativa y conforme a las convocatorias que anualmente realice el Departamento competente en la materia.

Comienzo de actividades.

El Centro Rural de Innovación Educativa comenzará sus actividades en el curso escolar 2018-2019, una vez que se realicen las actuaciones administrativas y de gestión necesarias para su efectiva puesta en marcha.

Disposición final primera.- Habilitación normativa.

Se faculta a la Consejera de Educación, Cultura y Deporte para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y la aplicación de este decreto.

Disposición final segunda.- Entrada en vigor.

Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 6 de noviembre de 2018.

El Presidente del Gobierno de Aragón

JAVIER LAMBÁN MONTAÑÉS

La Consejera de Educación, Cultura y Deporte, MARÍA TERESA PÉREZ ESTEBAN