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RESOLUCIÓN de 30 de septiembre de 2016, de la Universidad de Zaragoza, relativa a la convocatoria de ayuda a la investigación de la Cátedra de Cooperación para el Desarrollo de la Universidad de Zaragoza para equipos de investigación.

Publicado el 09/11/2016 (Nº 216)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA

Texto completo:

La Cátedra de Cooperación para el Desarrollo de la Universidad de Zaragoza, con el fin de promover la investigación en las materias relacionadas con sus funciones y al amparo del convenio de Colaboración 2016 suscrito entre el Gobierno de Aragón, la Universidad de Zaragoza y la Federación Aragonesa de Solidaridad (FAS), convoca una ayuda a la investigación para equipos de investigación de acuerdo a las siguientes bases:

1.ª Objeto de la convocatoria.

Apoyar un proyecto destinado a realizar una investigación de calidad sobre cooperación y desarrollo.

2.ª Convocatoria y duración.

La convocatoria tiene su marco dentro del convenio firmado con fecha 18 de julio de 2016, por las tres entidades mencionadas (publicado en "Boletín Oficial de Aragón", número 164, de 25 de agosto de 2016) mediante Orden de 26 de julio de 2016, del Consejero de Presidencia, y se regirá por el Reglamento de Cátedras Institucionales y de Empresa de la Universidad de Zaragoza, por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y por lo aquí dispuesto.

La duración de la investigación abarcará un período desde la fecha de concesión de la ayuda hasta el 31 de julio de 2017, incluyendo en dicho período la investigación y la redacción de la misma.

3.ª Participantes.

Podrán participar en la presente convocatoria equipos de investigación que acrediten experiencia, capacidad y suficiencia para alcanzar los objetivos propuestos en sus proyectos de investigación.

El investigador principal deberá pertenecer al Personal Docente e Investigador de la Universidad de Zaragoza.

Podrá pertenecer al equipo investigador el Personal Docente e Investigador de la Universidad de Zaragoza, así como el personal integrado en otros organismos de investigación, siendo necesaria, en este caso, la autorización del representante legal correspondiente.

El equipo investigador podrá incluir, además, personal que, en la fecha de publicación de la presente convocatoria, pertenezca a una Asociación de Iniciativa Social integrada en la Federación Aragonesa de Solidaridad. El cumplimiento de este requisito deberá mantenerse durante todo el periodo de ejecución del proyecto de investigación.

4.ª Requisitos del proyecto de investigación.

El Proyecto de Investigación deberá ser original e inédito y estar redactado en castellano.

5.ª Documentación.

El Proyecto de Investigación deberá contener los siguientes documentos:

a) Memoria descriptiva del proyecto - 10 a 20 folios escritos a doble espacio, por una cara, en hojas tamaño DIN A4 - que incluya los objetivos, metodología, calendario, plan de ejecución y presupuesto detallado en el que se haga constar cualquier otra financiación total o parcial (quedan expresamente excluidos los gastos en material inventariable y las asignaciones personales complementarias a miembros del equipo investigador).

b) Relación de los miembros del grupo de investigación, con la conformidad de los mismos.

c) Currículum Vitae del investigador principal y de los restantes investigadores participantes en formato CVN de la FECYT. Los investigadores de la Universidad de Zaragoza pueden obtenerlo con la aplicación Sideral:

https://gestiona.unizar.es/sideral/.

En el caso de personal de Asociaciones de Iniciativa Social integradas en la FAS, se incluirá un breve currículum que haga hincapié en aquellas circunstancias que justifican su inclusión en el proyecto.

d) El personal de Asociaciones de Iniciativa Social aportará certificación de la Secretaría de la misma en la que se haga constar la pertenencia a la misma. Igualmente se aportará certificación de la FAS en la que se haga constar la vinculación con ella de las Asociaciones implicadas en la solicitud.

6.ª Solicitudes y documentación adicional.

Las solicitudes, de acuerdo a los modelos de solicitud y memoria que constarán en la web del Servicio de Gestión de Investigación:

http://www.unizar.es/gobierno/vr_investigacion/sgi/convocatorias.php

deberán ser presentadas, junto con la documentación relacionada en la base 5, en soporte papel por duplicado, y además en soporte electrónico, en el Registro de la Universidad de Zaragoza, dirigidos al Vicerrector de Política Científica, en el plazo de veinte días naturales a contar desde la fecha de publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Adjunta a la solicitud deberá incluirse:

a) Fotocopia del DNI de todos los miembros del grupo de investigación.

b) Aceptación expresa de las presentes bases de la convocatoria y declaración jurada de que todos los datos y documentos aportados se ajustan a la realidad.

7.ª Comisión de adjudicación y seguimiento.

La Comisión Mixta de Seguimiento de la Cátedra de Cooperación para el Desarrollo solicitará a la Comisión de Investigación de la Universidad de Zaragoza la realización de una evaluación técnica de las solicitudes, teniendo en cuenta la calidad, originalidad, consistencia metodológica y coherencia con la convocatoria y atendiendo a la adecuación y capacidad del grupo de investigación para ejecutar el proyecto, así como a los criterios marcados para de- terminar el proyecto de investigación objeto de la ayuda. A la vista de dicha evaluación, la Comisión Mixta elevará una propuesta de adjudicación al Vicerrector de Política Científica, quien resolverá.

8.ª Obligaciones del equipo beneficiario.

La persona responsable del equipo adjudicatario de la ayuda asume las siguientes obligaciones:

-Aceptar expresamente las presentes bases de la convocatoria.

-Presentar, al finalizar el periodo de ejecución, una memoria final sobre la investigación desarrollada a la Comisión Mixta de Seguimiento de la Cátedra de Cooperación para el Desarrollo.

-Hacer constar el patrocinio de la Cátedra de Cooperación para el Desarrollo de la Universidad de Zaragoza en las publicaciones que se deriven de la investigación realizada y en cualquier otra presentación pública de la totalidad o parte de la investigación, así como el logotipo del Gobierno de Aragón conforme a lo previsto en el Decreto 384/2011, de 13 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la Comisión de Comunicación Institucional y se distribuyen competencias en materia de comunicación y publicidad.

9.ª Cuantía.

La cuantía de la ayuda asciende a la cantidad de 12.000 euros.

En caso de que, a juicio de la Comisión Mixta de Seguimiento, los resultados de la investigación no se ajusten al contenido de la memoria descriptiva del proyecto, la Comisión solicitará, previa elaboración de un informe que justifique la decisión, el reintegro, total o parcial, de los fondos percibidos por el equipo investigador.

Igualmente, deberán ser reintegradas las cantidades anticipadas que no hayan sido justificadas en la fecha de finalización del proyecto.

10.ª Derechos de explotación.

El original de la investigación realizada quedará en poder de la Cátedra, cediendo el autor, para una primera publicación, los derechos de explotación para el caso de que la Cátedra decida la publicación del trabajo resultante del proyecto de investigación premiado.

Zaragoza, 30 de septiembre de 2016.

El Rector de la Universidad de Zaragoza,

José Antonio Mayoral Murillo