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RESOLUCIÓN de 21 de diciembre de 2018, del Director del Instituto Aragonés de Administración Pública, por la que se convocan diversos cursos de formación.

Publicado el 04/01/2019 (Nº 3)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Texto completo:

El Instituto Aragonés de Administración Pública, en ejercicio de sus competencias en materia de formación, convoca los cursos que se relacionan, dirigidos a personal de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón, con arreglo a las características generales siguientes y las que se especificarán en el Portal del Empleado:

ZA-0030/2019: Procesos electrónicos en el Sistema Informático de Recursos Humanos del Gobierno de Aragón (SIRHGA). Zaragoza.

HU-0031/2019: Procesos electrónicos en el Sistema Informático de Recursos Humanos del Gobierno de Aragón (SIRHGA). Huesca.

TE-0032/2019: Procesos electrónicos en el Sistema Informático de Recursos Humanos del Gobierno de Aragón (SIRHGA). Teruel.

En el Portal del Empleado, en la página de solicitud de cursos, quedarán especificadas, para su consulta, los datos y requisitos de cada uno de los cursos que se convocan, así como las preferencias de participación en cada edición. Estos cursos podrán localizarse en el listado de actividades formativas vigentes del Instituto Aragonés de Administración Pública, marcados como "NUEVO" en: http://www.aragon.es/cursos_iaap

Solicitudes de participación en los cursos de formación: El personal del Gobierno de Aragón presentará las solicitudes a través del Portal del Empleado. En estas solicitudes, vía web, se señalarán los datos que se solicitan, así como el correo electrónico de quien sea su superior jerárquico, quien recibirá una comunicación de la solicitud con las instrucciones a seguir. Cualquier dato ofrecido en la solicitud que sea incorrecto deberá subsanarse con un correo dirigido al Instituto.

Quien solicite un curso se responsabiliza de la certeza de los datos que señale. Cualquier dato reflejado en la instancia que resulte no ser cierto y que, directa o indirectamente, haya supuesto la admisión al curso supondrá la pérdida de la condición de participante, y por tanto, no podrá obtener diploma, sea cual fuere el momento de su comprobación por el Instituto Aragonés de Administración Pública.

El Instituto Aragonés de Administración Pública establecerá el número de controles de asistencia en cada actividad formativa en función de su contenido, horario y metodología.

El Instituto Aragonés de Administración Pública podrá no seleccionar para otras actividades formativas, durante el período de un año, a quienes habiendo recibido su admisión para realizar un curso no asistan a sus sesiones, salvo que hayan comunicado previamente su renuncia al Instituto o justifiquen suficientemente cada una de sus faltas; asimismo, las renuncias reiteradas podrán dar lugar también a la imposibilidad de participar en otros cursos.

Zaragoza, 21 de diciembre de 2018.

El Director del Instituto Aragonés, de Administración Pública, AGUSTÍN GARNICA CRUZ