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ORDEN EIE/407/2016, de 21 de marzo, por la que se aprueba el Plan de Inspección 2016-2017 en materia de Ayudas para el Desarrollo Competitivo de la Actividad Industrial en Aragón (ADIA) gestionadas por la Dirección General de Industria, PYMES, Comercio y Artesanía.

Publicado el 12/05/2016 (Nº 90)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO

Texto completo:

El Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, atribuye a la Dirección General de Industria, PYMES, Comercio y Artesanía, entre otras funciones, el análisis, preparación, gestión y coordinación de planes, programas y actuaciones de fomento, desarrollo e innovación empresarial, con especial atención a la pequeña y mediana empresa. En base a ello, a través del Servicio de Apoyo a la PYME, se realizan anualmente convocatorias de Ayudas para el Desarrollo Competitivo de la Actividad Industrial en Aragón (ADIA), reguladas mediante el Decreto 138/2009, del 21 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento que establece el régimen de ayudas para el desarrollo competitivo de la actividad industrial en Aragón y la Orden de 11 de noviembre de 2009, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, por la que se aprueban las bases que han de regir su concesión en régimen de concurrencia competitiva.

La citada orden establece en su base 4, apartado 5, que el beneficiario deberá destinar los bienes y servicios al fin concreto para el que se concedió la subvención durante el periodo que venga legal o reglamentariamente establecido en virtud del tipo de ayuda; y, en su base 15 se afirma que el Departamento de Industria, Comercio y Turismo se reserva el derecho a efectuar cuantas actuaciones de control y comprobación del cumplimiento de las condiciones impuestas considere precisas.

La Orden de 11 de noviembre de 2009, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, por la que se aprueban, en el marco del régimen de Ayudas para el Desarrollo Competitivo de la Actividad Industrial en Aragón (ADIA), las bases que han de regir su concesión en régimen de concurrencia competitiva, prevé tal y como dispone la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones que los bienes subvencionados deberán destinarse al fin concreto para el que se concedió la subvención.

Asimismo, el Reglamento General de Exención por Categorías (CE) 800/2008, de 6 de agosto, como principal marco normativo de Ayudas de Estado, durante el periodo objeto de control, dispone, en su artículo 13, apartado 2, que "...La inversión deberá mantenerse en la región beneficiaria por lo menos durante cinco años, o durante tres años en el caso de las PYME, una vez completada en su totalidad. Ello no impedirá la sustitución de instalaciones o equipos que hayan quedado obsoletos debido a la rápida evolución de la tecnología, siempre y cuando la actividad económica se mantenga en la región de que se trate durante el periodo mínimo".

A su vez, el texto refundido de la Ley de regulación y fomento de la actividad industrial en Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 3/2013, de 3 de diciembre, del Gobierno de Aragón, en sus artículos 57 y 58, regula la inspección industrial, al objeto de la verificación del cumplimiento de los requisitos previstos en la normativa aplicable, mediante el establecimiento de los Planes de inspección industrial.

Por Orden de 1 de abril de 2014, del Consejero de Industria e Innovación del Gobierno de Aragón, se aprobó el Plan de Inspección 2014-2015 en materia de Ayudas para el Desarrollo Competitivo de la Actividad Industrial en Aragón (ADIA) gestionadas por la Dirección General de Industria y Apoyo a la Pequeña y Mediana Empresa.

Finalmente, e inspirándose en el principio de publicidad, se considera necesario que los ciudadanos conozcan los modos de proceder de la Administración de la Comunidad Autónoma en cuanto al control de las subvenciones.

En consecuencia, para el control del cumplimiento de los requisitos que requieran su mantenimiento en un periodo determinado, establecidos en las convocatorias de Ayudas para el Desarrollo Competitivo de la Actividad Industrial en Aragón (ADIA), se hace necesario la elaboración de un Plan de Inspección que aumente la eficacia y eficiencia de la función inspectora dando a las actuaciones un carácter sistemático, con las directrices generales que deben seguirse.

En virtud de lo expuesto, y de acuerdo con las competencias asignadas al Departamento de Economía, Industria y Empleo, resuelvo:

Primero.- Aprobar el Plan de Inspección 2016-2017 en materia de Ayudas para el Desarrollo Competitivo de la Actividad Industrial en Aragón (ADIA), gestionadas por la Dirección General de Industria, PYMES, Comercio y Artesanía, que figura como anexo a la presente orden.

Segundo.- Autorizar a la Dirección General de Industria, PYMES, Comercio y Artesanía para que adopte las medidas de ejecución necesarias para el cumplimiento de los objetivos previstos en el Plan.

Tercero.- Cada dos años, como máximo, se aprobará un nuevo plan de inspección o se prorrogará el existente, tras un procedimiento de revisión y actualización de su contenido (artículo 57, apartado 4, del Decreto Legislativo 3/2013, de 3 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de regulación y fomento de la actividad industrial en Aragón).

Cuarto.- Ordenar la publicación del Plan de Inspección 2016-2017 en materia de ayudas para el fomento de la actividad industrial en Aragón en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 21 de marzo de 2016.

La Consejera de Economía, Industria y Empleo,

MARTA GASTÓN MENAL