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RESOLUCIÓN de 30 de diciembre de 2015, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 7 de enero de 2015, por la que se formula la declaración de impacto ambiental y se otorga la autorización ambiental integrada de una explotación porcina de producción con capacidad para 864 UGM, ubicada en el polígono 502, parcela 50, del término municipal de San Mateo de Gállego (Zaragoza), y promovida por Granja Valseca, S.L. (Número Expte. INAGA 500601/02/2015/10194).

Publicado el 27/01/2016 (Nº 17)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Con fecha 6 de octubre de 2015, presenta escrito en este Instituto, por D. Enrique Bascuas Barba, en representación de Granja Valseca, S.L., con CIF: B99394819, solicitando la modificación puntual de la autorización ambiental integrada de su explotación, en base a la modificación no sustancial aprobada por Resolución de este Instituto, de fecha 1 de octubre de 2015.

Antecedentes de hecho

Primero.- Mediante Resolución de 7 de enero de 2015, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 27, de 10 de febrero de 2015, se formuló la declaración de impacto ambiental y se otorgó la autorización ambiental integrada para la explotación porcina descrita, a nombre de la Sociedad Cooperativa Virgen del Rosario (Número Expte. INAGA 500601/02/2014/01559).

Segundo.- Por Resolución de 21 de septiembre de 2015, de este Instituto, se toma conocimiento del cambio de titularidad de dicha explotación a favor de Granja Valseca, S.L. (Número Expte. INAGA 500601/02/2015/07063).

Tercero.- Mediante Resolución de 1 de octubre de 2015, de este Instituto, se aprueba la modificación no sustancial por cambios en la distribución y ubicación de las edificaciones autorizadas (Número Expte. INAGA 500601/02/2015/08998).

Fundamentos jurídicos

De conformidad con lo establecido en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la revisión de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de cerdos; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se resuelve:

Modificar puntualmente la Resolución de 7 de enero de 2015, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorga la autorización ambiental integrada para una explotación porcina de producción con capacidad para 864 UGM, ubicada en el polígono 502, parcela 50, del término municipal de San Mateo de Gállego (Zaragoza), y promovida por Granja Valseca, S.L., en el siguiente punto, dejando inalterado el resto:

El punto 2.1 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"2.1. Las instalaciones autorizadas para el desarrollo de la actividad se corresponden con: una nave de gestación-control de 123,98 x 25,95 m; una nave de gestación confirmada de 173,72 x 26 m; una nave de maternidad de 171,60 x 34,50 m; dos naves de recría (autoreposición) de 28,40 x 7,20 m cada una; una nave de desvieje de 21,40 x 7,20 m; un porche para el grupo electrógeno de 15,40 x 5,40 m; un almacén de 11,40 x 10,40 m; una caseta para bombeo y clorador de 3,40 x 2,90 m; una caseta de oficinas y vestuario de 19,90 x 10,10 m; una balsa de purín con capacidad para 10.800 m³; una fosa de cadáveres de 55,50 m³ de capacidad; una balsa de agua con capacidad para 5.000 m³; vado de desinfección y vallado perimetral de la explotación".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 107 y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 30 de diciembre de 2015.

La Directora del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

MARTA PUENTE ARCOS