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ORDEN ICD/1463/2021, de 27 de octubre, por la que se publica el Acuerdo de 15 de septiembre de 2021, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto de modificación del Plan Cameral de Competitividad de Aragón para el periodo 2021-2024.

Publicado el 11/11/2021 (Nº 231)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO EMPRESARIAL

Texto completo:

Acordado por el Gobierno de Aragón, en su reunión del día 15 de septiembre de 2021, el texto de modificación del Plan Cameral de Competitividad de Aragón para el periodo 2021-2024, se publica como anexo a la presente Orden.

Zaragoza, 27 de octubre de 2021.

El Vicepresidente y Consejero de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial,

ARTURO ALIAGA LÓPEZ

PLAN CAMERAL DE COMPETITIVIDAD DE ARAGÓN 2021 - 2024

MODIFICACIÓN 2021

Índice

1. Antecedentes.

2. Actualización del apartado VII.- Estudio Económico de las Actuaciones del Plan Cameral.

3. Actualización y modificación del Apartado VIII.- Mecanismos de financiación de las actuaciones previstas en el Plan Cameral y cuantía subvencionable.

1. Antecedentes.

Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación define a las mismas como corporaciones de derecho público con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, que se configuran como órganos consultivos y de colaboración con las Administraciones Públicas, sin menoscabo de los intereses privados que persiguen, y que tienen como finalidad la representación, promoción y defensa de los intereses generales del comercio, la industria, los servicios y la navegación, así como la prestación de servicios a las empresas que ejerzan las indicadas actividades.

Asimismo, la Ley 3/2015, de 25 de marzo, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Aragón, destaca la importancia de estas corporaciones de derecho público para el apoyo a los sectores económicos de la Comunidad Autónoma, y en concreto, para el aumento de la competitividad de las empresas, y determina en el apartado primero del artículo 7 que para la ejecución de actuaciones de interés general en desarrollo de las funciones de las Cámaras de Comercio, el Gobierno de Aragón podrá establecer uno o varios Planes Camerales Autonómicos en aquellas materias que sean de su competencia, debiendo el Gobierno de Aragón, en función de las disponibilidades presupuestarias, otorgar para la ejecución de las actuaciones que en los Planes se prevean, subvenciones de concesión directa, mediante la suscripción del correspondiente convenio de colaboración. En este sentido, el Gobierno de Aragón consideró oportuno plasmar la ejecución de dichas acciones, así como la incorporación de nuevos programas, en un Plan Cameral de Competitividad aprobado por el Gobierno de Aragón en su reunión celebrada el 19 de abril de 2016, designando los representantes del Gobierno de Aragón en su Consejo Rector. Dicho Plan tenía una vigencia para el ejercicio 2016 con la posibilidad de disponer de prórrogas hasta el año 2019.

No obstante, la colaboración entre el Gobierno de Aragón y las Cámaras de Comercio para el logro de los citados fines, se ha venido produciendo al menos desde el año 2004, lo que ha permitido perfilar metodologías de trabajo específicas fruto de la construcción de un "saber hacer" mediante la suscripción de Convenios de colaboración en programas específicos relativos a la atención empresarial a domicilio (programa PAED), y a la dinamización comercial, entre los que se encuentran, el programa de los multiservicios rurales, la asistencia técnica a los empresarios y la realización de actividades de apoyo al relevo generacional y mantenimiento del continuo comercial.

El Plan Cameral de Competitividad que ahora se aborda, actualiza los programas de apoyo a las PYME en función de las demandas detectadas en los sectores de comercio e industria de la Comunidad Autónoma, dando así continuidad a la colaboración institucional en desarrollo de las funciones encomendadas a estas corporaciones por la vigente legislación, que incluye las funciones de carácter público-administrativo contempladas en el artículo 5.1 de la Ley 4/2014, de 1 de abril, como las especificadas en el artículo 5.2 de la Ley 3/2015, debido al importante impacto que los mismos han ejercido sobre el sector empresarial de la Comunidad Autónoma de Aragón.

En este sentido, se considera oportuno proceder a la modificación del Plan Cameral de Competitividad 2021-2024 para la incorporación en el estudio económico y en sus mecanismos de financiación la partida presupuestaria para el "Refuerzo para la Digitalización de las PYMES" prevista en el presupuesto del Gobierno de Aragón del año 2021. Dada la dilatada experiencia de las Cámaras de Comercio e Industria en el apoyo a la competitividad de las PYME, esta dotación adicional permitirá reforzar los servicios que ya prestan las Cámaras a las PYMES, pero orientándolos específicamente a su digitalización. Así se impulsará que las Cámaras pudieran adquirir activos para poder prestar mejores servicios digitales a las PYME, servicios de coworking y otros servicios auxiliares a la digitalización de las PYME.

En consecuencia, se modifica el citado Plan Cameral 2021-2024 incluyendo el presupuesto adicional orientado al Refuerzo para la digitalización de las PYMES. Se realizan las siguientes modificaciones:

2. Actualización del apartado VII. Estudio económico de las Actuaciones del Plan Cameral.

Se incluye al final del apartado VII una nueva tabla:

Coste total Programa PAED Refuerzo Digitalización PYMES

3. Actualización del apartado VIII. Mecanismos de financiación de las actuaciones previstas en el Plan Cameral y cuantía subvencionable.

Se modifica el apartado VIII con la siguiente redacción:

"Las medidas que se recogen en el plan se financiarán con fondos propios de la Comunidad Autónoma y con cargo a las disponibilidades presupuestarias de los ejercicios 2021 a 2024, sin que puedan implicar gasto adicional a dichas disponibilidades.

Plan Cameral de Competitividad Cámara de Huesca.

Acciones sobre el sector comercial. Aplicación: 19030 622.1 440172 (91002). Importe 50.000 euros.

Acciones sobre las PYME PAED. Aplicación: 19020 723.1 440169 (91002). Importe 225.000 euros.

Refuerzo para la digitalización de las PYMES. Aplicación: 19020723.1 740115 (91002). Importe 55.000 euros.

Trescientos treinta mil euros (330.000 euros).

Plan Cameral de Competitividad Cámara de Teruel.

Acciones sobre el sector comercial. Aplicación: 19030 622.1 440171 (91002). Importe 80.000 euros.

Acciones sobre las PYME PAED. Aplicación: 19020 723.1 440168 (91002). Importe 140.000 euros.

Refuerzo para la digitalización de las PYMES. Aplicación: 19020723.1 740114 (91002). Importe 95.000 euros.

Trescientos quince mil euros (315.000 euros).

Plan Cameral de Competitividad Cámara de Zaragoza.

Acciones sobre el sector comercial. Aplicación: 19030 622.1 440173 (91002). Importe 50.000 euros.

Acciones sobre las PYME PAED. Aplicación: 19020 723.1 440170 (91002). Importe 95.000 euros.

Refuerzo para la digitalización de las PYMES. Aplicación: 19020723.1 740116 (91002). Importe 50.000 euros.

Ciento noventa y cinco mil euros (195.000 euros).

El grado de financiación de las actividades previstas en el Plan Cameral será el siguiente:

Las acciones del programa de comercio interior podrán alcanzar una financiación del 100%.

Las acciones del programa sobre las PYME, ligadas al "Programa de Apoyo Empresarial Directo (PAED)" contarán con una financiación de hasta el 90% durante el año 2021 pudiendo alcanzar hasta el 100% en años sucesivos según las disponibilidades presupuestarias y cuando así se establezca en convenio".

Las acciones del programa PAED Refuerzo Digitalización PYMES podrán alcanzar una financiación del 100%.

Si bien en el ámbito de internacionalización no se han apreciado dificultades para cofinanciar el 20% de importe sobre el total del gasto realizado, el perfil de las empresas que componen las acciones de comercio interior, por su tamaño y facturación, encuentran mayores dificultades para cofinanciar las mismas. Esta situación puede verse agravada por las actuaciones previstas en materia de digitalización a impulsar por parte de las Cámaras, así como por el probable incremento de la ayuda a las Cámaras para ampliar el catálogo de servicios y actividades al pequeño comercio. Por estos motivos, se estima conveniente, que en las acciones ligadas a comercio interior se pueda alcanzar una financiación de hasta el 100% con respecto al coste total.

El importe de la subvención nunca podrá, en concurrencia con ayudas y subvenciones de otras Administraciones públicas o entes públicos, nacionales o internacionales, superar el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario. En caso contrario, la aportación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón se reducirá, de conformidad con lo establecido en la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón".