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RESOLUCIÓN del Justicia de Aragón por la que se declara desierta la beca convocada para el estudio del Ordenamiento Jurídico Aragonés.

Publicado el 21/06/2016 (Nº 118)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: JUSTICIA DE ARAGÓN

Texto completo:

1.º Por Resolución de esta Institución, de 13 de abril de 2016, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 77 de 2016, se convocó una beca para el estudio del Ordenamiento Jurídico Aragonés.

2.º Una vez concluido el plazo para la presentación de instancias, y de acuerdo con lo previsto en la Base séptima de la convocatoria, el día 1 de junio de 2016 se constituyó el Tribunal de Selección al objeto de valorar los méritos de los solicitantes.

3.º El Tribunal estableció como méritos a considerar, de acuerdo con el tenor literal de la Base sexta de la resolución de convocatoria, "la media obtenida de las calificaciones de las asignaturas recogidas en el anexo de esta resolución, de acuerdo con el siguiente baremo:

- Cada aprobado 1 punto.

- Cada notable 2 puntos.

- Cada sobresaliente 3 puntos.

- Cada matrícula de honor 4 puntos.

En caso de empate de puntuaciones, se resolverá en favor de aquel solicitante que haya obtenido una puntuación media más alta en las asignaturas de Derecho Civil y Derecho Administrativo, por ser éstas las dos materias de más interés para los trabajos de investigación a realizar en la Institución. Si, no obstante, persiste el empate, se resolverá a favor de aquel solicitante que haya obtenido mayor cociente de matrículas de honor de entre todas las asignaturas valoradas.

La beca podrá ser declarada desierta en el caso de que ningún aspirante obtenga un mínimo de 2 puntos".

4.º Realizada la valoración de los méritos alegados y justificados, se constata que ninguno de los aspirantes alcanza el mínimo de dos puntos. A la vista de esta circunstancia, el Tribunal de Selección determinó que la beca convocada debía quedar desierta al no superar ninguno de los expedientes académicos presentados, calculado con arreglo a las bases, dicho límite mínimo de puntos.

Por todo lo expuesto, de acuerdo con la propuesta realizada por el Tribunal de Selección y en virtud de las competencias que me atribuye el artículo 35, apartado 3 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Justicia de Aragón, he resuelto:

Único.- Declarar desierta la beca convocada con fecha 13 de abril de 2016 para el estudio del Ordenamiento Jurídico Aragonés.

La presente resolución pone fin a la vía administrativa. Contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación. No obstante, los interesados podrán optar por interponer contra la misma, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Justicia de Aragón, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.

Zaragoza, 2 de junio de 2016.

El Justicia de Aragón,

FERNANDO GARCÍA VICENTE