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RESOLUCIÓN de 22 de diciembre de 2020, del Servicio Provincial de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial de Huesca, por la que se convocan pruebas para la obtención del certificado de profesional habilitado en la especialidad de instalaciones de gas, categoría B.

Publicado el 18/01/2021 (Nº 10)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO EMPRESARIAL

Texto completo:

De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de las acreditaciones profesionales, la autorización de empresas y la acreditación de entidades de formación en materia de seguridad industrial, aprobado mediante Decreto 116/2003, de 3 de junio, del Gobierno de Aragón, se convocan pruebas para la obtención del certificado de profesional habilitado en la especialidad de instalaciones de gas, categoría B, con sujeción a las siguientes bases:

1.ª Solicitudes.

Las solicitudes deberán presentarse en los quince días hábiles siguientes a la publicación de la presente Resolución en el "Boletín Oficial de Aragón".

Para dicha solicitud se deberá utilizar el modelo E0107 (versión 1) según lo dispuesto en la Orden de 22 de marzo de 2013, por la que se modifican los anexos del Reglamento de las acreditaciones profesionales, la autorización de empresas y la acreditación de entidades de formación en materia de seguridad industrial, aprobado mediante Decreto 116/2003, de 3 de junio, del Gobierno de Aragón. Dichos impresos en la versión actualizada estarán a disposición de los interesados en las dependencias de los Servicios Provinciales de Economía, Industria y Empleo, en la página web del Gobierno de Aragón (http://www.aragon.es) Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial y en el Servicio de Información y Documentación Administrativa sito en el Paseo María Agustín, número 36, Edificio Pignatelli, puerta 3.

Las solicitudes irán dirigidas al Servicio Provincial de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial de Huesca, presentándose en el Registro de Entrada del citado Servicio Provincial en Plaza Cervantes, 1, planta baja, o en cualquiera de los registros o dependencias administrativas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

A la solicitud se acompañará fotocopia del DNI o documento identificativo oficial y documentación compulsada acreditativa del cumplimiento de los requisitos señalados en el punto 3.º de la convocatoria, así como del ejemplar para la Administración del modelo de liquidación que acredite el pago de los derechos de examen que figura en el punto 2.º de la convocatoria.

2.ª Derechos de examen.

Los derechos de examen se fijan en 30,65 euros, de acuerdo con la Ley 2/2018, de 28 de febrero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2018 ("Boletín Oficial de Aragón", número 48, de 8 de marzo, que deberán realizarse mediante autoliquidación según Modelo 514, Tasa 14, apartado 5, Orden de 7 de enero de 2015, del Departamento de Economía, Industria y Empleo, por el que se aprueba el Modelo 514, de autoliquidación de determinadas Tarifas de la Tasa 14, por servicios en materia de ordenación de actividades industriales, energéticas, metrológicas, mineras y comerciales ("Boletín Oficial de Aragón", número 12, de 20 de enero de 2015). Los interesados podrán obtener el correspondiente modelo en los Servicios Provinciales de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial o directamente a través del Portal Web del Gobierno de Aragón en la dirección (http://www.aragon.es).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 5/2006, de 22 de junio, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón, únicamente procederá la devolución del importe de la tasa en los siguientes supuestos:

Cuando no se hubieran prestado, o se hubieran prestado de forma notoriamente deficiente, por causa imputable a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, los servicios y actuaciones administrativas relativos a la admisión o exclusión de los aspirantes en los correspondientes procesos selectivos.

Cuando se hubiera presentado la solicitud de admisión fuera del plazo previsto en esta convocatoria.

Cuando los ingresos se declaren indebidos por Resolución administrativa o sentencia judicial firmes.

3.ª Requisitos admisión al examen reglamentario.

Encontrarse en edad laboral antes de que termine el plazo de presentación de solicitudes.

Acreditar mediante certificado de superación de curso emitido por una Entidad de Formación Habilitada en Aragón según se establece en la Orden de 27 de diciembre de 2006, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo ("Boletín Oficial de Aragón", número 3, de 8 de enero de 2007), en concreto:

Para la categoría B, que se ha cursado y superado el Curso teórico-práctico impartido por una entidad de formación habilitada en Aragón en la especialidad de instalaciones de gas categoría B. Número de horas: 120 horas (60 horas teóricas + 60 prácticas).

4.ª Admisión y exclusión de candidatos al examen reglamentario.

Terminado el plazo de presentación de solicitudes se comprobará por la Comisión provincial de evaluación el cumplimiento de los requisitos generales y el de conocimientos teóricos prácticos de los solicitantes al objeto de determinar su admisión o no al examen reglamentario.

Se expondrá la lista provisional de admitidos y excluidos al examen reglamentario en el tablón de anuncios del Servicio Provincial de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial de Huesca, sito en Plaza Cervantes,1 planta baja, y en la página web del Gobierno de Aragón, concediéndose un plazo de diez días hábiles para la subsanación de los defectos que hayan motivado la exclusión.

Analizadas las alegaciones presentadas a la lista provisional de admitidos y excluidos, se publicará, por el mismo procedimiento, la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, señalando el lugar, fecha y hora para la realización del examen.

5.ª Contenido y desarrollo de los ejercicios.

En cualquier momento el tribunal podrá requerir a los candidatos para que acrediten su identidad.

Los candidatos serán convocados en llamamiento único, y serán excluidos de las pruebas quienes no comparezcan, salvo casos discrecionalmente apreciados por la Comisión provincial de evaluación.

Las pruebas consistirán en la realización de dos ejercicios relacionados con la reglamentación correspondiente al certificado de profesional habilitado en la especialidad de instalaciones de gas, categoría B:

Teórico. Preguntas tipo "test"

Práctico. Incluye cálculos y operaciones correspondientes. Pudiendo ser preguntas tipo "test".

Para la realización del ejercicio práctico se podrán utilizar libros, textos, documentos y medios técnicos para la realización de las citadas operaciones, aportados por los propios candidatos.

Ambos ejercicios estarán relacionados con temas referidos a la reglamentación vigente y relacionada con el certificado de profesional habilitado de la especialidad de instalaciones de gas. Categoría B. Las pruebas podrán incluir preguntas teóricas y prácticas relacionadas con las normas UNE, EN, etc. citadas en la reglamentación de seguridad industrial. A continuación, se relaciona la citada reglamentación:

Decreto Legislativo 3/2013, de 3 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de regulación y fomento de la actividad industrial de Aragón.

Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la infraestructura de la calidad y la seguridad industrial.

Real Decreto 559/2010, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Integrado Industrial.

Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología.

Real Decreto 244/2016, de 3 de junio, por el que se desarrolla la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología.

Decreto 116/2003, de 3 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de las acreditaciones profesionales, la autorización de empresas y la acreditación de entidades de formación en materia de seguridad industrial.

Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a 11.

Normas UNE de referencia de ITC-ICG 11 reflejadas en la Resolución de 2 de julio de 2015, de la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa. En relación a las normas con dos ediciones se aplicará la edición más actual.

Categoría B: ITC-ICG 06; ITC-ICG 07; ITC-ICG 08; ITC-ICG 09; ITC-ICG 10.

Orden de 30 de marzo de 2007, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, por la que se regula el procedimiento de acreditación del cumplimiento de las condiciones de seguridad industrial de las instalaciones receptoras de combustibles gaseosos y de las instalaciones de almacenamiento de gases licuados del petróleo en depósitos fijos, adaptándolo a la nueva legislación.

Orden de 6 de julio de 2011, del Consejero de Industria, Comercio y Turismo, por la que se regula la inspección y la revisión periódica de las instalaciones receptoras de combustibles gaseosos y su coordinación con las inspecciones periódicas de eficiencia energética de las instalaciones térmicas de los edificios de Aragón.

6.ª Comisión provincial de evaluación.

Presidente:

Titular: D.ª Marta P. Rodríguez Vicente

Suplente: D.ª Elena Climente Brun

Vocales:

Titular: D. Roberto Borruel Nacenta

Suplente: D. José Luis Serreta Oliván

Titular: D.ª Inmaculada Fabana Romeo

Suplente: D. José Luis Ara Porte

Titular: D.ª Marta Ciprián Garcés

Suplente: D.ª Yolanda Latorre Lacoma

Secretario (con voz, pero sin voto):

Titular: D. José Carlos Ciprián Bergua

Suplente: D.ª María José Catalán Viu.

Los miembros de la Comisión provincial de evaluación deberán abstenerse de intervenir cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a las pruebas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

Asimismo, los candidatos podrán recusar a los miembros de la Comisión provincial de evaluación cuando entiendan que se dan dichas circunstancias, de conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la citada ley.

El Presidente de la Comisión provincial de evaluación coordinará la realización de las pruebas y dirimirá los posibles empates en las votaciones con voto de calidad. El Secretario del Tribunal tendrá voz sin voto.

La Comisión provincial de evaluación resolverá todas las cuestiones derivadas de la aplicación de las bases de esta convocatoria durante el desarrollo de las pruebas selectivas.

El procedimiento de actuación de la Comisión provincial de evaluación se ajustará en todo momento a lo dispuesto en los artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en los artículos 25 y siguientes del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón.

7.ª Resultados y notificaciones.

La valoración de los exámenes reglamentarios dará lugar a la calificación de "apto" o "no apto".

La Comisión provincial de evaluación hará público el resultado del examen en el tablón de anuncios del Servicio Provincial de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial de Huesca, así como en la página web del Gobierno de Aragón, lo que sustituirá a la notificación personal.

Las solicitudes de revisión de examen se realizarán en el plazo de tres días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la relación definitiva de aspirantes aptos y no aptos en el tablón de anuncios del Servicio Provincial.

Efectuadas las revisiones solicitadas y en el caso de que se produzcan variaciones en los aspirantes declarados aptos o no aptos, se publicarán dichas variaciones por el mismo procedimiento.

8.ª Emisión del certificado de profesional habilitado.

Quienes superen la prueba señalada en el punto 7 anterior, para la expedición de certificado de profesional habilitado deberán aportar:

Ejemplar para la Administración del modelo de autoliquidación que acredite el pago de la tasa por expedición de certificado de profesional habilitado modelo de autoliquidación 514 apartado 5 tarifa 48.1 que podrá obtenerse por los medios indicados en el punto 2 de esta convocatoria.

Dicha documentación se acompañará del modelo E0101 (versión 7) disponible según indicado en el apartado 1 de la presente convocatoria.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial, en el plazo de un mes desde su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria y de la actuación de la Comisión provincial de evaluación podrán ser impugnados si se hallan entre los supuestos tipificados en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, mediante la interposición de recurso de alzada ante el Consejero de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la respectiva publicación o notificación.

Huesca, 22 de diciembre de 2020.- La Directora del Servicio Provincial de Huesca, Marta Patricia Rodríguez Vicente.