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ORDEN PRE/1627/2016, de 26 de octubre, por la que se dispone la publicación de la adenda al convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y el Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros (Zaragoza), para nuevo estadio de fútbol.

Publicado el 18/11/2016 (Nº 223)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Inscrita en el Registro General de Convenios con el núm. 2016/6/0468 la adenda suscrita, con fecha 5 de septiembre de 2016, por la Consejera de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón y la Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación de la citada adenda, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 26 de octubre de 2016.

El Consejero de Presidencia, VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO

ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN, DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE, Y EL AYUNTAMIENTO DE EJEA DE LOS CABALLEROS (ZARAGOZA), PARA NUEVO ESTADIO DE FÚTBOL

En Zaragoza, a 5 de septiembre de 2016.

La Excma. Sra. D.ª M.ª Teresa Pérez Esteban, Consejera de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, en virtud de autorización por Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 30 de agosto de 2016.

La Sra. D.ª María Teresa Ladrero Parral, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros.

Con fecha 24 de junio de 2009, se firmó el convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y el Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros, para nuevo estadio de fútbol; y el 19 de enero de 2011, se firmó la adenda al mismo.

Que la claúsula tercera del citado convenio, modificada por la adenda de 19 de enero de 2011, establece que los gastos de inversión necesarios para la citada actuación, incluyendo honorarios técnicos, que ascienden a un total de tres millones quinientos mil sesenta y ocho euros con nueve céntimos (3.500.068,09 euros), serán financiados por el Gobierno de Aragón y el Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros, en las cantidades que a continuación se determinan:

El Departamento de Educación, Cultura y Deporte, con cargo a la aplicación presupuestaria 18080/4571/760036/91002, PEP 2009/000749, hasta un máximo de dos millones quinientos mil euros (2.500.000 euros), que abonará al Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros, con la siguiente distribución por anualidades:

El Acuerdo del Gobierno de Aragón de 18 de diciembre de 2012, aprobó una nueva distribución plurianual de la aportación que le correspondía, que quedaba establecida de la siguiente manera:

El Acuerdo del Gobierno de Aragón de 2 de diciembre de 2014, aprobó una nueva distribución plurianual de la aportación que le correspondía, que quedaba establecida de la siguiente manera:

A la vista de las necesidades de ajuste presupuestario del Gobierno de Aragón, en el capítulo VII, para la anualidad 2016, requiriéndose una modificación del gasto, previo Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 30 de agosto 2016, las partes intervinientes acuerdan lo siguiente:

CLÁUSULAS

Primera.- Modificar la cláusula tercera, párrafos 2 y 3, como sigue:

"Tercera.- El Departamento de Educación, Cultura y Deporte, con cargo a la aplicación presupuestaria 18070/4571/760036/91002, aportará para las anualidades 2016, 2017, 2018 y 2019, hasta un máximo de novecientos veinticinco mil doscientos noventa y cuatro euros con seis céntimos (925.294,06 €), que abonará al ayuntamiento, una vez verificado lo establecido en este Convenio, de acuerdo con la siguiente distribución plurianual:

Esta aportación queda subordinada, en todo caso, a las disponibilidades presupuestarias que se establezcan en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para los ejercicios 2016, 2017, 2018 y 2019".

Segunda.- Modificar la cláusula decimocuarta, como sigue:

"Decimocuarta.- El presente convenio estará vigente, en relación con los compromisos económicos asumidos por las partes, hasta el 15 de noviembre del año 2019, fecha en la que deberán estar terminadas las obras, sin perjuicio de la vigencia posterior del resto de pactos conforme a lo previsto en las diferentes cláusulas del convenio".

En prueba de conformidad, se firma el presente convenio por duplicado en el lugar y fecha señalados ut supra.