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DECRETO 149/2013, de 10 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza al Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, a efectuar una encomienda de gestión de servicios al Instituto Tecnológico de Aragón para el mantenimiento de la plataforma de formación a distancia y la ejecución de un programa de formación.

Publicado el 23/09/2013 (Nº 187)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

La Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de Reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón, en su artículo 73 señala que: "Corresponde a la Comunidad Autónoma de Aragón la competencia en enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, que en todo caso incluye la ordenación del sector de la enseñanza y de la actividad docente y educativa, su programación, inspección y evaluación".

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dedica el capítulo IX a la educación de personas adultas con el fin de ofrecer a los mayores de dieciocho años la posibilidad de adquirir, actualizar, completar o ampliar los conocimientos y aptitudes para su desarrollo personal y profesional. En esta línea insta a las Administraciones educativas a promover medidas tendentes a ofrecer a las personas adultas la oportunidad de acceder a las enseñanzas de Formación Profesional organizando ofertas específicas de dichas enseñanzas en el régimen a distancia, configuradas de acuerdo con las características de las personas adultas, incluyendo el uso de las tecnologías de la información y la comunicación.

El Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo, señala que las administraciones educativas, en el ámbito de sus competencias, adoptarán las medidas necesarias y dictarán las instrucciones precisas a los centros para la puesta en marcha y funcionamiento de la educación a distancia en las enseñanzas de formación profesional, con el fin de que puedan disponer de los espacios, equipamientos, recursos y profesorado que garanticen la calidad de estas enseñanzas.

Así, en la Orden de 29 de mayo de 2008, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establece la estructura básica de los currículos de los ciclos formativos de formación profesional y su aplicación en la Comunidad Autónoma de Aragón, en su Capítulo VII, Medidas flexibilizadoras del currículo, señala que con la finalidad de facilitar la formación a lo largo de la vida y compatibilizar el trabajo con la adquisición de nuevas competencias profesionales, los ciclos formativos de formación profesional, así como los módulos profesionales o las unidades de menor duración que los componen, se podrán ofertar en régimen a distancia y semipresencial.

El Gobierno de Aragón ha apostado plenamente por implantar esta modalidad de enseñanza reglada, ya que permite acceder a las ventajas de la Formación Profesional a un amplio colectivo que no veía sus necesidades cubiertas con la formación presencial o tradicional. Con esta modalidad de enseñanza se abre la posibilidad de formación a toda la ciudadanía: personas empleadas, con discapacidad, sin posibilidad de movilidad geográfica, etc. En la actualidad el Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte pone a disposición de los ciudadanos una oferta limitada de enseñanzas de formación profesional a distancia, donde el desarrollo de los contenidos y las actividades de evaluación se realizan a través de internet, pero está previsto que estas se vayan ampliando, aumentando así el catálogo de títulos profesionales disponibles.

Todo esto hace necesario desarrollar un plan de actualización y mejora de las aplicaciones, funcionamiento y metodología de la plataforma de Formación Profesional a distancia del Gobierno de Aragón para el próximo curso escolar, que garantice, además de unos materiales didácticos y un soporte técnico de calidad, una gestión y administración de la plataforma que dé respuesta continúa e inmediata a las necesidades del alumnado.

El Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte no dispone de los medios técnicos necesarios para ello, por lo que se considera que para conseguir el fin deseado, que es dotar a la comunidad educativa de nuevos recursos cada vez más avanzados tecnológicamente, el instrumento administrativo más acorde al caso es la encomienda de gestión.

Con este fin, el Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, al que según el Decreto 336/2011, de 6 de octubre del Gobierno de Aragón, modificado por el Decreto 178/2012, de 17 de julio, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, le corresponde la planificación, implantación, desarrollo, gestión y seguimiento de la educación en Aragón ha solicitado asistencia al Instituto Tecnológico de Aragón, entidad de derecho público vinculada al Departamento de Industria e Innovación del Gobierno de Aragón y cuyas actividades se centran en la investigación y el desarrollo, la prestación de servicios y el soporte técnico, la difusión tecnológica y la formación guiada a petición del cliente, y que gestiona desde 2006 diferentes plataformas de formación a distancia del Gobierno de Aragón.

Esta experiencia, ha permitido al Instituto Tecnológico de Aragón, desarrollar una serie de aplicaciones y herramientas de gestión, administración, comunicación y evaluación, que favorecen y facilitan la acción tutorial y el aprendizaje colaborativo mejorando la calidad del proceso de enseñanza - aprendizaje on-line. La titularidad de los derechos de propiedad intelectual de tales herramientas corresponde al Instituto Tecnológico de Aragón.

En el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se establece que podrá ser encomendada a otros órganos o Entidades de la misma o de diferente Administración la realización de actividades de carácter material, técnico o de servicios de la competencia de los órganos administrativos o de las Entidades de derecho público, por razones de eficacia o cuando no se posean los medios técnicos idóneos para su desempeño, teniendo en cuenta que la encomienda de gestión no supone cesión de titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.

El artículo 38 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, establece que la encomienda de gestión a un órgano administrativo de distinto Departamento de aquél al que pertenezca el órgano encomendante, o la efectuada en favor de un organismo público dependiente de otro Departamento de la Administración autonómica, precisará de la previa autorización del Gobierno de Aragón.

Asimismo, determina que el Decreto o la orden mediante los que se autorice la encomienda de gestión contendrá el régimen jurídico de la misma, con mención expresa de la actividad o actividades a las que afecte, plazo de vigencia, naturaleza y alcance de la gestión encomendada y obligaciones que asuman el órgano o la Entidad encomendadas.

El objetivo principal de esta propuesta es desarrollar un plan de actualización y mejora de las aplicaciones, funcionamiento y metodología de la Plataforma de Formación Profesional a Distancia del Gobierno de Aragón.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación, Universidad, Cultura y Deporte y, previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 10 de septiembre de 2013,

DISPONGO

Primero.- El Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte encomienda al Instituto Tecnológico de Aragón el mantenimiento de la Plataforma de Formación Profesional a Distancia del Gobierno de Aragón, y la gestión online de sus veinte ciclos formativos.

Segundo.- El alcance de la encomienda de gestión se concreta, según se detalla en el anexo, en los siguientes aspectos:

1. El mantenimiento de la Plataforma de Formación Profesional siguiendo las líneas de actuación marcadas por el Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte.

2. La gestión e-learning de sus veinte ciclos formativos.

3. La formación del profesorado para poder crear y gestionar su propia aula virtual.

Tercero.- Será responsabilidad del ITA mantener informado al Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte de las actuaciones encomendadas y seguir sus directrices. A este respecto, será la Dirección General de Ordenación Académica la que realizará el seguimiento y la comprobación de la ejecución de la encomienda.

Cuarto.- Para el mejor desempeño de la tarea encomendada, según se detalla en el anexo, el Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte asignará al Instituto Tecnológico de Aragón la cantidad de 55.000 € (cincuenta y cinco mil euros) con cargo al presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio económico 2013 y a la aplicación presupuestaria 18030 G/4226/227006/39108.

Esta asignación se hará efectiva al Instituto Tecnológico de Aragón una vez puesta en marcha la plataforma y verificado su funcionamiento, y cuando se haya realizado los cursos de formación, siempre previa justificación de los gastos realizados.

La justificación de ambos extremos quedará reflejada en un acta de verificación firmada por ambas partes en la que se constatará la relación de las actuaciones técnicas realizadas

La justificación de los gastos realizados para la realización de esta encomienda de gestión se realizarán ante el Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, antes del 30 de octubre de 2013, debiendo presentar el Instituto Tecnológico de Aragón las correspondientes facturas y documentos justificativos derivados de la ejecución de las actividades en relación tanto con los medios propios utilizados como con los contratados con servicios externos. Asimismo, al finalizar el periodo de ejecución de esta encomienda, se presentará un informe final donde se especifiquen los detalles de dicha actuación y, en particular, el balance final tanto económico como de resultados prácticos.

Quinto.- La encomienda no implica la cesión de la titularidad de las competencias al Instituto Tecnológico de Aragón ni de los elementos sustantivos del ejercicio de las funciones que se le atribuirán en el apartado segundo de este decreto, siendo responsabilidad del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte así como dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den soporte a las actividades objeto de la encomienda.

Sexto.- La encomienda de gestión recogida en este Decreto tendrá la vigencia necesaria hasta que finalicen las actuaciones mencionadas y su evaluación, y en todo caso hasta el 30 de septiembre de 2014.

Séptimo.- El presente Decreto producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 10 de septiembre de 2013.

La Presidenta del Gobierno de Aragón,

LUISA FERNANDA RUDI ÚBEDA

La Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte,

DOLORES SERRAT MORÉ

ANEXO

OBJETIVOS Y ACTUACIONES QUE DEBE DESARROLLAR EL INSTITUTO TECNOLÓGICO DE ARAGÓN CON MOTIVO DE LA ENCOMIENDA

El objetivo de esta encomienda es la gestión y mantenimiento de la plataforma de Formación Profesional a Distancia del Gobierno de Aragón y la gestión on-line de sus veinte ciclos formativos, de acuerdo a los siguientes objetivos específicos:

- Puesta en marcha de la plataforma y mantenimiento de la plataforma de formación on line y sus actualizaciones:

- Instalación y configuración de Moodle

- Actualización módulos Moodle

- Configuración interfaz portada e imagen corporativa

- Instanciar las aplicaciones y herramientas de gestión, administración, comunicación y evaluación creadas y propiedad del ITA.

- Alta de alumnos y profesores personalizada

- Configuración interfaz de cada curso

- Gestión E-learning:

- Diseño y adaptación multimedia de las acciones formativas

- Ejecución de la Acción Formativa con el seguimiento y dinamización de las acciones y la elaboración y envío de informes de seguimiento y finales de alumnos y profesores.

- Formación del profesorado:

- Creación en la plataforma de la Sala de profesores (Foros, Calendario, Videoconferencias, zona envío de materiales...)

- Creación de videotutoriales para el profesor

- Talleres prácticos para profesores

El seguimiento de la encomienda de gestión, con los objetivos, actividades y metodología descritos, será realizado por los técnicos del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte.

La gestión encomendada tendrá una vigencia hasta el 30 de septiembre de 2014.

El Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte dispondrá para la realización de dicha Encomienda la cantidad de 55.000 €, financiando los gastos producidos desde la entrada en vigor de la presente encomienda. El desglose del presupuesto previsto para el desarrollo del presente proyecto es el siguiente:

El Instituto Tecnológico de Aragón deberá presentar las justificaciones relacionada con las actuaciones de esta encomienda. Asimismo, deberá presentar antes el 30 de septiembre de 2014 un informe final donde se especifiquen los detalles de dicha actuación y, en particular, el balance final tanto económico como de resultados prácticos.