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ORDEN PRE/1626/2016, de 26 de octubre, por la que se dispone la publicación de la adenda al convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y el Ayuntamiento de Aínsa-Sobrarbe (Huesca), para cubierta polideportivo.

Publicado el 18/11/2016 (Nº 223)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Inscrita en el Registro General de Convenios con el núm. 2016/6/0467 la adenda suscrita, con fecha 5 de septiembre de 2016, por la Consejera de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón y el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Aínsa-Sobrarbe, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación de la citada adenda, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 26 de octubre de 2016.

El Consejero de Presidencia, VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO

ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN, DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE, Y EL AYUNTAMIENTO DE AÍNSA-SOBRARBE (HUESCA), PARA CUBIERTA POLIDEPORTIVO

En Zaragoza, a 5 de septiembre de 2016.

La Excma. Sra. D.ª M.ª Teresa Pérez Esteban, Consejera de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, en virtud de autorización por Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 30 de agosto de 2016.

El Sr. D. Enrique Pueyo García, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Aínsa-Sobrarbe (Huesca).

Con fecha 14 de mayo de 2009, se firmó el convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y el Ayuntamiento de Aínsa-Sobrarbe, para cubierta polideportivo.

Que la cláusula tercera del citado convenio, establece que los gastos de inversión necesarios para la citada actuación, que ascienden a un total de sesenta y cinco mil quinientos ochenta y cinco euros con tres céntimos (65.585,03 €), serán financiados por el Gobierno de Aragón y por el Ayuntamiento de Aínsa-Sobrarbe, en las cantidades que a continuación se determinan:

El Departamento de Educación, Cultura y Deporte, con cargo a la aplicación presupuestaria 18080/4571/760036/91002, aportará hasta un máximo de cuarenta y tres mil doscientos ochenta y seis euros con doce céntimos (43.286,12 €), y que abonará al ayuntamiento una vez verificado lo establecido en este convenio.

Que la cláusula tercera del protocolo de colaboración entre la Diputación General de Aragón y la Diputación Provincial de Huesca, para la ejecución del Plan de Instalaciones Deportivas en la Provincia de Huesca, periodo 2009/2011 y financiación de actuaciones incluidas en el plan, dispone que esta aportación queda subordinada, en todo caso, a las disponibilidades presupuestarias que se establezcan en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para los ejercicios de 2010 y 2011.

Que con fecha 19 de enero de 2011, se firmó la adenda al citado convenio de colaboración, modificándose las cláusulas tercera y decimocuarta, y se recogía una nueva distribución plurianual de la aportación correspondiente al Departamento de Educación, Cultura y Deporte, de acuerdo con el siguiente cuadro:

Aportación que quedaba subordinada, en todo caso, a las disponibilidades presupuestarias que se establezcan en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para los ejercicios 2011, 2012 y 2013.

Que con fecha 19 de diciembre de 2012, se firmó una nueva adenda que modificaba las cláusulas tercera, párrafos 2 y 3; y decimocuarta, que quedaron redactadas de la siguiente manera:

"Tercera.- El Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, con cargo a la aplicación presupuestaria 18080/4571/760036/91002, aportará hasta un máximo de veinte mil seiscientos noventa euros con setenta y siete céntimos (20.690,77 €), que abonará al ayuntamiento, una vez verificado lo establecido en este convenio, de acuerdo con la siguiente distribución plurianual:

Esta aportación queda subordinada, en todo caso, a las disponibilidades presupuestarias que se establezcan en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para los ejercicios 2013 y 2014".

Que con fecha 14 de julio de 2015, se firmó una nueva adenda que modificaba las cláusulas tercera, párrafos 2 y 3; y decimocuarta, que quedaron redactadas de la siguiente manera:

Esta aportación queda subordinada, en todo caso, a las disponibilidades presupuestarias que se establezcan en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para los ejercicios 2014, 2015 y 2016".

"Decimocuarta.- El presente convenio estará vigente, en relación con los compromisos económicos asumidos por las partes, hasta el 15 de noviembre del año 2016, fecha en la que deberán estar terminadas las obras, sin perjuicio de la vigencia posterior del resto de pactos conforme a lo previsto en las diferentes cláusulas del convenio".

A la vista de las necesidades de ajuste presupuestario del Gobierno de Aragón, en el capítulo VII, para la anualidad 2016, requiriéndose una modificación del gasto, previo Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 30 de agosto 2016, las partes intervinientes acuerdan

CLÁUSULAS

Primera.- Modificar la cláusula tercera, párrafos 2 y 3, como sigue:

"Tercera.- El Departamento de Educación, Cultura y Deporte, con cargo a la aplicación presupuestaria 18070/4571/760036/91002, aportará para las anualidades 2016, 2017 y 2018 hasta un máximo de nueve mil quinientos cuarenta y cinco euros con ochenta y dos céntimos (9.545,82 €), que abonará al ayuntamiento, una vez verificado lo establecido en este convenio, de acuerdo con la siguiente distribución plurianual:

Esta aportación queda subordinada, en todo caso, a las disponibilidades presupuestarias que se establezcan en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para los ejercicios 2016, 2017 y 2018".

Segunda.- Modificar la cláusula decimocuarta, como sigue:

"Decimocuarta.- El presente convenio estará vigente, en relación con los compromisos económicos asumidos por las partes, hasta el 15 de noviembre del año 2018, fecha en la que deberán estar terminadas las obras, sin perjuicio de la vigencia posterior del resto de pactos conforme a lo previsto en las diferentes cláusulas del convenio".

En prueba de conformidad, se firma el presente convenio por duplicado en el lugar y fecha señalados ut supra.