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DECRETO 157/2014, de 6 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza la encomienda de gestión del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes al Instituto Aragonés de Fomento para la ejecución de obras de mejora del acceso norte a la Ciudad del Motor de Aragón (Motorland) con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel.

Publicado el 17/10/2014 (Nº 204)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE OBRAS PÚBLICAS, URBANISMO, VIVIENDA Y TRANSPORTES

Texto completo:

El Estatuto de Autonomía de Aragón, en su articulo 71.13.ª, atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de carreteras y otras vías cuyo itinerario transcurra íntegramente por el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón. En su apartado 32.ª, el mismo artículo atribuye a la Comunidad Autónoma de Aragón competencia exclusiva en el fomento del desarrollo económico de la Comunidad.

En el ámbito de la Administración Autonómica, es el Departamento de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes el órgano competente en el área material expuesta, en virtud del Decreto 331/2011, de 6 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica de dicho Departamento, modificado por Decreto 160/2013, de 7 de octubre.

Entre los proyectos de inversión y desarrollo económico de la Comunidad Autónoma de Aragón más conocidos a nivel nacional e internacional está el circuito conocido como "Motorland". Mediante el Decreto 227/2001, de 18 de septiembre, se creó la empresa pública "Ciudad del Motor de Aragón, S.A.", cuyo objeto social es la puesta en marcha, desarrollo, promoción y explotación del circuito de Aragón con sus infraestructuras deportivo-industriales y equipamientos complementarios, entre los que se encuentran las vías de acceso al circuito y, concretamente, el acceso norte objeto de las actuaciones de mejora a que se refiere el presente Decreto.

La Sociedad pública "Ciudad del Motor de Aragón, S.A." forma parte del Grupo encabezado por la Corporación Empresarial Pública de Aragón, S.L.U., que ostenta mayoritariamente la titularidad del capital social de la Sociedad.

La realización de pruebas deportivas del nivel del Campeonato Mundial de Motociclismo en el circuito "Motorland" ha evidenciado la necesidad de proceder a adecuar el acceso norte al circuito para la afluencia masiva de aficionados a tal evento en condiciones de seguridad y eficiencia.

Uno de los instrumentos que contribuyen al desarrollo económico de Aragón es el Fondo de Inversiones de Teruel (FITE), cuyo objeto es financiar proyectos de inversión que promuevan, directa o indirectamente, la creación de renta y de riqueza en la provincia de Teruel.

Con fecha 15 de julio de 2014 se suscribió el convenio de Colaboración entre la Administración General del Estado y la Diputación General de Aragón para la financiación de inversiones en la provincia de Teruel, por el que se da aplicación al Protocolo de Intenciones para el desarrollo de actuaciones que continúen favoreciendo la generación de renta y riqueza en la provincia de Teruel, durante el periodo 2012-2016, que se firmó con fecha 7 de marzo de 2011.

El convenio citado determina que la adscripción de los recursos a los distintos proyectos de inversión, así como sus posibles alteraciones o sustituciones, se realizará por una Comisión formada por cinco representantes de la Administración General del Estado y cinco representantes de la Diputación General de Aragón, denominada Comisión Mixta de Seguimiento del Fondo de Inversiones en Teruel, que es la encargada de aprobar los proyectos a realizar.

La Comisión Mixta de Seguimiento del Fondo de Inversiones en Teruel, en su reunión de fecha 23 de julio de 2014 aprobó, como proyecto de inversión financiable con cargo a dicho Fondo, por su condición de proyecto estratégico y singular, la realización de las obras de mejora del acceso norte a las instalaciones del circuito Ciudad del Motor de Aragón (Motorland), asignándose para su ejecución una cantidad de doscientos mil euros (200.000 €) y designando al Departamento de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes del Gobierno de Aragón como responsable de ejecutar dicho proyecto, para lo que transfiere el importe mencionado a las partidas presupuestarias propias de dicho Departamento, en su condición de centro gestor.

El subapartado cuarto del apartado "Proyectos" del convenio de Colaboración entre la Administración General del Estado y la Diputación General de Aragón para la financiación de inversiones en la provincia de Teruel establece la posibilidad de que las actuaciones a realizar con cargo a dicha financiación puedan ser ejecutadas por Empresas Públicas y Entidades de Derecho Público de la Comunidad Autónoma de Aragón.

El Instituto Aragonés de Fomento es una entidad de derecho público adscrita al Departamento de Industria e Innovación del Gobierno de Aragón, regulada mediante el texto refundido de la Ley del Instituto Aragonés de Fomento, aprobado por Decreto Legislativo 4/2000, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón, con personalidad jurídica y patrimonio propios y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines.

Con objeto de conseguir una mayor eficacia en la gestión y en la ejecución de las actuaciones objeto de aplicación del FITE, se considera oportuno efectuar una encomienda de gestión del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes a favor del Instituto Aragonés de Fomento de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 38 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, debiendo ser autorizada por el Gobierno de Aragón y contemplando los extremos que dicho precepto estipula.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes, previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 6 de octubre de 2014,

dispongo:

Primero.- Autorizar la encomienda de gestión por parte del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes a favor del Instituto Aragonés de Fomento para la realización de las obras de mejora del acceso norte a las instalaciones del circuito Ciudad del Motor de Aragón (Motorland) ubicado en Alcañiz (Teruel).

Segundo.- La encomienda no implica la cesión de la titularidad de las competencias al Instituto Aragonés de Fomento ni, recíprocamente, de la cesión de la titularidad del vial objeto de las actuaciones previstas en el apartado primero de este Decreto al Departamento de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes.

Tercero.- Una vez aceptada la encomienda por el Instituto Aragonés de Fomento, el Departamento de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes le transferirá, para el abono de las actuaciones especificadas, la cuantía de doscientos mil euros (200.000 €), el 50% de la aplicación presupuestaria 13020/5131/740070/32200 y el 50% de la aplicación presupuestaria 13020/5131/740070/91001, proveniente del presupuesto del año 2014 del Fondo de Inversiones de Teruel.

La transferencia se realizará directamente al Instituto Aragonés de Fomento por la cuantía total y en un solo pago, antes del 31 de diciembre de 2014.

La encomienda de gestión no conllevará gastos adicionales de gestión a satisfacer por el Departamento de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes al Instituto Aragonés de Fomento. El importe a transferir constituirá el importe de licitación del expediente de contratación correspondiente, cuya dirección facultativa se llevará a cabo por personal dependiente del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes.

De los gastos objeto de esta encomienda de gestión efectivamente realizados por el Instituto Aragonés de Fomento, este Instituto presentará al Departamento de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes justificación de las inversiones realizadas mediante copia de las facturas y certificaciones de los trabajos y obras realizadas, y la acreditación del pago material.

Cuarto.- Respecto del alcance de esta encomienda de gestión, al Departamento de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes le corresponderá:

a) Entregar al Instituto Aragonés de Fomento los proyectos necesarios para la ejecución de las actuaciones descritas en el apartado primero del presente Decreto, así como los pliegos de prescripciones técnicas que rijan la licitación de los correspondientes contratos.

b) Formar parte de las mesas de contratación que se constituyan para proponer la adjudicación de los contratos.

c) Realizar los informes técnicos que le solicite el Instituto Aragonés de Fomento para la valoración de las propuestas presentadas en las licitaciones.

d) Respecto de las actuaciones en las carreteras autonómicas, designar entre el personal del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes del Gobierno de Aragón al técnico que llevará a cabo la Dirección Facultativa de las obras, incluida la coordinación de seguridad y salud. Los costes relativos a la citada Dirección Facultativa, incluida la coordinación de seguridad y salud, serán asumidos en su totalidad por el Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes del Gobierno de Aragón. El Director Facultativo expedirá las certificaciones de obra para el pago.

e) Realizar la supervisión de las obras y trabajos.

Quinto.- Respecto del alcance de esta encomienda de gestión, al Instituto Aragonés de Fomento le corresponderá:

a) Licitar los contratos necesarios para la ejecución de las actuaciones descritas en el apartado primero del presente decreto.

b) Adjudicar y contratar la ejecución de los trabajos que, en su caso, deberán realizarse de acuerdo con los proyectos aprobados y facilitados al efecto por el Departamento de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes.

c) Realizar el seguimiento de la ejecución de las obras y trabajos, sin perjuicio de las facultades que correspondan a la Dirección Facultativa.

d) Firmar la recepción de las obras.

e) Realizar los abonos a los contratistas, de acuerdo con las certificaciones expedidas por el Director Facultativo.

f) Resolver cualquier problema que pueda surgir en la ejecución de los contratos.

g) Justificar al Departamento de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes, en un plazo máximo de seis meses desde la recepción de los trabajos, los gastos realizados, mediante la presentación de las facturas y certificaciones correspondientes, y la acreditación del pago material de las mismas.

Sexto.- La vigencia de la encomienda de gestión se iniciará con la publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", del presente Decreto, y continuará en vigor hasta la total finalización de las actuaciones contempladas en el apartado primero del presente decreto, que deberá tener lugar en todo caso antes del 31 de diciembre de 2016.

Séptimo.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 6 de octubre de 2014.

La Presidenta del Gobierno de Aragón

LUISA FERNANDA RUDI UBEDA

El Consejero de Obras Públicas,

Urbanismo, Vivienda y Transportes,

RAFAEL FERNÁNDEZ DE ALARCÓN HERRERO