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CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 24 de abril de 2019, de la Directora General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se aprueban las listas de espera derivadas del correspondiente proceso selectivo, para la provisión con carácter interino de puestos de trabajo correspondientes al Cuerpo de Funcionarios Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Facultativa Superior, Veterinarios de Administración Sanitaria.

Publicado el 24/05/2019 (Nº 99)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Texto completo:

Advertido error material en la Resolución arriba citada, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 84, de 3 de mayo de 2019, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón (texto refundido aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio), se procede a su subsanación en los siguientes términos:

Primero.

En la página 11141, donde dice:

Aprobar la lista de espera por provincias, que se incorpora como anexo a esta Resolución, confeccionada para la provisión con carácter interino de puestos de trabajo de la Escala de Facultativo Superior, Veterinarios de Administración Sanitaria.

Debe decir:

Aprobar la lista de espera por provincias, que se incorpora como anexo a esta Resolución, confeccionada para la provisión con carácter interino de puestos de trabajo de la Escala de Facultativo Superior, Veterinarios de Administración Sanitaria.

Abrir un plazo de 15 días hábiles para que los candidatos que figuran incluidos en dichas listas cumplimenten la ficha de localidades que se adjunta a la presente Resolución, indicando aquellas a las que deseen acceder. Una vez finalizado el plazo, sólo se admitirá la renuncia de localidades que se presente con carácter previo al llamamiento del candidato.

Asimismo, en el supuesto de no efectuar elección alguna, el candidato será llamado para cualquier localidad de la correspondiente provincia.

Segundo.

Publicar el anexo con la ficha por localidades que se adjunta.