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ORDEN de 25 de agosto de 2014, del Consejero de Presidencia y Justicia, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y el Ayuntamiento de Monzón, para la financiación de las competencias compartidas en materia de prevención de drogodependencias y otras conductas adictivas durante 2014.

Publicado el 16/09/2014 (Nº 181)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. 2014/6/0182 el convenio suscrito, con fecha 2 de mayo de 2014, por el Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia del Gobierno de Aragón y la Alcaldesa del Ayuntamiento de Monzón, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 25 de agosto de 2014.

El Consejero de Presidencia y Justicia,

ROBERTO BERMÚDEZ DE CASTRO MUR

ANEXO

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGÓN Y EL AYUNTAMIENTO DE MONZÓN, PARA LA FINANCIACIÓN DE LAS COMPETENCIAS COMPARTIDAS EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE DROGODEPENDENCIAS Y OTRAS CONDUCTAS ADICTIVAS DURANTE 2014

En Zaragoza, a 2 de mayo de 2014.

REUNIDOS

El Excmo. Sr. D. Ricardo Oliván Bellosta, en su condición de Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia, autorizado expresamente para este acto, por el Gobierno de Aragón, según Acuerdo de su Consejo, celebrado el día 29 de abril de 2014.

Y D.ª Rosa María Lanau Morancho, en su calidad de Alcaldesa del Ayuntamiento de Monzón, en nombre y representación del mismo, con NIF: P2221800B, y sede en la plaza de España, número 4, 22400 Monzón (Huesca).

Ambas partes se reconocen capacidad y representatividad para este acto, y a tal efecto

EXPONEN

Que el Ayuntamiento de Monzón, de conformidad con lo previsto en la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, tiene entre sus competencias la realización de actividades y prestación de servicios en el ámbito de la prevención de drogodependencias.

Que los artículos 26, 27 y 35 de la Ley 3/2001, de 4 de abril, aprobada por las Cortes de Aragón, reconoce competencias propias y compartidas entre el Gobierno de Aragón y las entidades locales en materias de prevención, asistencia y reinserción social de drogodependencias.

Que el artículo 160.3 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, modificado por Ley 3/2012, de 8 de marzo, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón, señala que en materias de competencia compartida o concurrente, la Administración de la Comunidad Autónoma y las entidades locales podrán celebrar convenios de puesta en común de medios materiales, personales y financieros para llevar a cabo una gestión coordinada y eficiente de sus competencias, y las aportaciones dinerarias que se realicen en virtud de los referidos convenios no tendrán la naturaleza de subvención.

Que el Gobierno de Aragón está firmemente comprometido en la lucha contra las drogodependencias. Este compromiso ha quedado reflejado en el II Plan Autonómico sobre drogodependencias y otras conductas adictivas 2010-2016, enmarcado dentro de la Estrategia Nacional sobre Drogas 2009-2016, que establece como líneas de actuación la necesidad de coordinar actuaciones encaminadas a la asistencia, prevención y reinserción social de personas con problemas de drogodependencia.

Asimismo, mediante Acuerdo del Gobierno de Aragón, de 4 de marzo de 2014, se han concretado las líneas de subvención a las que les es aplicable el régimen de concesión directa, en aplicación de lo establecido en el artículo 8.4.d) del Decreto 38/2006, de 7 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y transferencias con cargo al Fondo Local de Aragón, entre las que se encuentra la línea de subvención 16040.4134.460018.39018 de Prevención, asistencia y reinserción en drogodependencias.

Que las partes consideran como conveniente, al servicio de los fines de interés general perseguidos por ambas, formalizar un convenio de colaboración, en virtud de lo cual

ACUERDAN

Primero.- El objeto del presente convenio es regular la colaboración entre la Diputación General de Aragón y el Ayuntamiento de Monzón, dentro del marco de sus competencias compartidas, en materia de prevención de las drogodependencias y otras conductas adictivas, que deben desarrollarse en aplicación de lo establecido en el título III, capítulo I de la Ley 3/2001, de 4 de abril, de prevención, asistencia y reinserción social en materia de drogodependencias, y de conformidad con lo establecido en el artículo 160.3 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón.

Las razones de interés publico que motivan dicha colaboración interinstitucional están basadas en el principio de igualdad asistencial de colectivos desfavorecidos en un contexto de salud pública, estableciendo criterios y objetivos que deben contemplarse en todas las actuaciones que se desarrollen en la Comunidad Autónoma dentro del marco estratégico del II Plan Autonómico sobre drogodependencias y otras conductas adictivas 2010-2016.

Segundo.- Que las actuaciones a realizar por ambas instituciones, en el año 2014, se concretan en el desarrollo de los programas que se relacionan a continuación, derivados de las competencias compartidas en materia de prevención de drogodependencias y otras conductas adictivas:

- Mantenimiento del Centro de Prevención Comunitaria.

- Desarrollo de programas de prevención de las drogodependencias y otras conductas adictivas.

Tercero.- Para llevar a cabo una gestión coordinada y eficiente de las competencias compartidas señaladas en el apartado anterior, ambas instituciones aportarán los medios personales y financieros que se detallan a continuación:

1. El Ayuntamiento de Monzón aportará los medios personales y materiales que se relacionan a continuación:

- Un psicólogo a jornada completa.

- Un trabajador social a jornada completa.

- Centro de Prevención Comunitaria, situado en la plaza mayor, 4 de Monzón (Huesca).

2. El Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia del Gobierno de Aragón financiará al Ayuntamiento de Monzón la realización de estos programas con una aportación económica de treinta y un mil seiscientos euros (31.600 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 16040.4134.460018.39018 del Presupuesto del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia para el ejercicio 2014. El abono de la aportación económica se realizará tras la firma del presente convenio.

Cuarto.- Que durante el primer mes del próximo ejercicio, el Ayuntamiento de Monzón remitirá a la Dirección General de Salud Pública del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia una memoria final y de evolución del desarrollo de los programas, y una certificación detallada y pormenorizada del gasto efectuado en la ejecución de los mismos.

Quinto.- El presente convenio estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2014, englobando todas las actuaciones producidas a lo largo de dicho ejercicio. Este convenio se extinguirá en caso de incumplimiento, por alguna de las partes, de los compromisos adquiridos en el mismo.

Sexto.- Las actuaciones que comprende el presente convenio serán sometidas a la evaluación y seguimiento por el Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia. El Ayuntamiento de Monzón está obligado a prestar la debida colaboración y apoyo, aportando cuanta información, documentación y datos sean solicitados a tal efecto.

Séptimo.- Se constituye, para el seguimiento del presente convenio, una comisión de seguimiento mixta que se reunirá a petición de parte y al menos una vez antes del fin de su vigencia y estará formada, al menos, por las siguientes personas:

1. El Director General de Salud Pública del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia o persona en quien delegue.

2. El Concejal/Consejero del Área de Sanidad y Bienestar Social del Ayuntamiento de Monzón o persona en quien delegue.

Octavo.- Este convenio tiene naturaleza administrativa y se suscribe conforme a los principios que rigen en la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, y al amparo del artículo 4.1.c del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, quedando excluido del ámbito de la normativa contractual. No obstante, serán de aplicación los principios de esta ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.

Las controversias que pudieran surgir serán de la competencia de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Y, en prueba de consentimiento, firman el presente convenio, rubricando cada una de las hojas de que consta, el Excmo. Sr. D. Ricardo Oliván Bellosta, en su calidad de Consejero del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, y D.ª Rosa María Lanau Morancho, Alcaldesa del Ayuntamiento de Monzón, en el lugar y fecha arriba indicado.