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ORDEN PRE/375/2016, de 15 de abril, por la que se modifica la Orden de 16 de noviembre de 2015, sobre designación de vocales, determinación de la presidencia y secretaría de las Comisiones Provinciales de Asistencia Jurídica Gratuita de Zaragoza, Huesca y Teruel.

Publicado el 05/05/2016 (Nº 85)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

La Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita, disponía en su artículo 10, apartado 2, hasta su modificación por la Disposición Final tercera, apartado siete, de la Ley 42/2015, de 5 de octubre, que las Comisiones de Asistencia Jurídica Gratuita dependientes de las Comunidades Autónomas estaban integradas por un miembro del Ministerio Fiscal, por el Decano del Colegio de Abogados y el del Colegio de Procuradores, o el Abogado o el Procurador que ellos designen, y por dos miembros que designen las Administraciones Públicas de las que dependen.

En desarrollo del precepto citado, el Gobierno de Aragón, mediante Decreto 110/2014, de 8 de julio, aprobó el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, regulándose en su artículo 5 la composición y designación de sus miembros, en los mismos términos que el artículo 10, apdo. 2 de la Ley, estableciéndose que las Comisiones de Asistencia Jurídica Gratuita de Zaragoza, Huesca y Teruel estarán integradas por los siguientes miembros:

a) Un representante del Ministerio Fiscal, designado por el Fiscal Superior de la Comunidad Autónoma de Aragón.

b) Un funcionario de la Dirección General competente en materia de Administración de Justicia, designado por su titular.

c) Un Letrado de la Dirección General de Servicios Jurídicos, designado por su titular.

d) Un representante del Colegio de Abogados correspondiente, designado por su Decano.

e) Un representante del Colegio de Procuradores correspondiente, designado por su Decano.

En el mismo artículo 5 del Reglamento antes citado, se establece que mediante orden del titular del Departamento podrá concretarse el representante contemplado en la letra b) y se determinará cuáles de sus integrantes desempeñarán la presidencia y la secretaria, así como la necesidad de nombramiento de suplentes, y el carácter indefinido de los nombramientos, salvo los que se realicen por razón del cargo específico, que lo serán por el tiempo de duración del mandato o designación.

La composición actual de las Comisiones Provinciales de Zaragoza, Huesca y Teruel es la determinada en las Órdenes de 16 de noviembre de 2015 y de 18 de febrero de 2016, por las que se designaron a sus miembros con arreglo a la normativa legal de aplicación.

En la misma Orden citada, de 16 de noviembre de 2015, en virtud de la modificación operada del artículo 10.2 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita por la Ley 42/2015, de 5 de octubre, de reforma de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, sobre la composición de las Comisiones de Asistencia Jurídica Gratuita, excluyéndose al representante del Ministerio Fiscal, se estableció que la Presidencia de cada una de las Comisiones Provinciales le correspondería al representante de la Dirección General de Servicios Jurídicos.

En relación con las funciones de la Presidencia de las Comisiones, con fecha 24 de febrero de 2016, se registra oficio de los Decanos de los Colegios Profesionales de Abogados y Procuradores, por el que solicitan "...que se modifique la Orden de 16 de noviembre, dictando otra por la que se establezca que la presidencia de las Comisiones provinciales y, por lo tanto el voto de calidad, será rotativa, correspondiendo el primer y tercer trimestre de cada año a los responsables de la Administración en el orden que ésta decida, el segundo trimestre al representante del respectivo Colegio de Abogados y el cuarto al del Colegio de Procuradores".

A la vista del contenido de la solicitud, con fecha 11 de abril de 2016 se emite Informe por la Dirección General de Servicios Jurídicos que, tras el examen de la normativa de aplicación, informa que no existe ningún impedimento específico o restricción especial respecto a la presidencia de las Comisiones Provinciales de Asistencia Jurídica Gratuita que la Administración autonómica considere más conveniente.

En consecuencia, en uso de las competencias atribuidas en el artículo 10 de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón, y Decreto 110/2014, de 8 de julio, por el que se aprobó el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita en el ámbito de Aragón, dispongo:

Primero.- Modificar la Orden de 16 de noviembre de 2015, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", de 2 de diciembre de 2015, en su apartado "Segundo", en la parte correspondiente a la determinación de los vocales designados para el desempeño de las funciones de presidencia de las Comisiones Provinciales de Asistencia Jurídica Gratuita, determinándose que dichas funciones se desempeñarán por turno rotativo, quedando con la siguiente redacción:

1. La presidencia de las Comisiones Provinciales de Asistencia Jurídica Gratuita de Zaragoza, Huesca y Teruel, se ejercerá, con carácter rotatorio trimestral, por los siguientes vocales:

Primer y tercer trimestre de cada año: Los/las Vocales, titulares y suplentes, designados en representación de la Dirección General de Servicios Jurídicos.

Segundo trimestre de cada año: Los/las Vocales, titulares y suplentes, designados en representación de los Colegios de Abogados.

Cuarto trimestre de cada año: Los/las Vocales, titulares y suplentes, designados en representación de los Colegios de Procuradores.

2. La Secretaría de las Comisiones Provinciales se ejercerá en los términos establecidos en la Orden de 16 de noviembre de 2015.

Segundo.- Notificar la presente orden a los vocales designados en cada una de las Comisiones, así como a los Decanos de los Colegios de Abogados y de Procuradores de cada una de las provincias, procediendo a su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 15 de abril de 2016.

El Consejero de Presidencia,

VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO