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ANUNCIO de la Dirección General de Desarrollo Rural, por el que se somete a un periodo de información pública el proyecto de decreto, del Gobierno de Aragón, por el que se actualizan las condiciones para procesos de liquidación de obras de interés común en zonas de interés nacional y se modifica el Decreto 32/1992, de 17 de marzo, de la Diputación General de Aragón, por el que se unifica en las zonas regables el supuesto de modestos propietarios a efectos de reintegros por obras.

Publicado el 26/06/2017 (Nº 120)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

El artículo 34.4 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario, aprobada por Decreto 118/1973, de 12 de enero, prevé que a través de decreto puedan establecerse, en el caso de concesionarios y de modestos propietarios, tanto los tipos de interés como los plazos máximos y mínimos para los reintegros que deben efectuar a la administración en concepto del 60% del coste de las obras de interés común en las transformaciones en regadío. Hasta la fecha, los criterios empleados a este respecto derivan, subsidiariamente, del Decreto 1517/1969, de 10 de julio, por el que se dictan normas para la aplicación de la Ley 51/1968, de 27 de julio, sobre régimen de las tierras adquiridas por el Instituto Nacional de Colonización o afectadas por sus planes.

Por otra parte, a través del Decreto 32/1992, de 17 de marzo, de la Diputación General de Aragón, se unificó en las zonas regables el supuesto de modesto propietario a efectos de reintegros por obras.

Atendiendo al tiempo transcurrido desde que fueron publicados los decretos anteriormente descritos, 48 años en el primer caso y 25 en el segundo, resulta conveniente proceder a una actualización de los mismos, atendiendo a las actuales circunstancias del sector agrario aragonés.

Es por este motivo que resulta necesaria la implementación de un nuevo decreto que contemple en una norma única dicha actualización así como, en su caso, aquellos ajustes que resulten necesarios en los procesos de reintegro de acuerdo con el marco de procedimientos administrativos actualmente vigentes.

En base a todo ello fue dictada orden, del Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, por la que se acuerda la elaboración de un proyecto de decreto de actualización de los criterios de umbral de superficie en los supuestos de modesto propietario y de los plazos máximos de reintegro, en relación con la parte reintegrable de las obras de interés común en regadíos de zonas de interés nacional, desarrolladas de acuerdo con la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario aprobada por Decreto 118/1973, de 12 de enero.

El contenido de dicho proyecto normativo puede afectar a una pluralidad indeterminada de sujetos, por lo que resulta necesario, conforme al artículo 49.2 de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón, someterlo a información pública que este aviso hace efectivo, conforme a las siguientes condiciones:

Primera.- Se somete a información pública el proyecto de decreto, del Gobierno de Aragón, por el que se actualizan las condiciones para procesos de liquidación de obras de interés común en zonas de interés nacional y se modifica el Decreto 32/1992, de 17 de marzo, de la Diputación General de Aragón, por el que se unifica en las zonas regables el supuesto de modesto propietario a efectos de reintegros por obras, por un periodo de un mes a contar desde el día siguiente al de la fecha de publicación de este anuncio en el "Boletín Oficial de Aragón", durante el que cualquier persona física o jurídica que lo considere oportuno pueda examinarlo y presentar las alegaciones y sugerencias que estime pertinentes.

Segunda.- El proyecto podrá examinarse en días hábiles en las dependencias administrativas del Servicios de Información y Documentación Administrativa (edificio Pignatelli, paseo M.ª Agustín, número 36, Zaragoza), y de la Dirección General de Desarrollo Rural (edificio Maristas, plaza San Pedro Nolasco, número 7, planta 2.ª, de Zaragoza). Igualmente, el texto está disponible para su consulta en la página web del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad del Gobierno de Aragón: www.aragon.es/agriculturaganaderiamedioambiente/informacionpublica.

Tercera.- Las alegaciones o sugerencias deberán presentarse por escrito, haciéndose constar en el mismo el nombre, apellidos, D.N.I, domicilio y localidad del alegante y se dirigirán a la Dirección General de Desarrollo Rural del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, pudiendo ser presentadas, asimismo, en los registros de los lugares indicados en el párrafo anterior así como en cualquiera de los previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Zaragoza, 15 de junio de 2017.- El Director General de Desarrollo Rural, Jesús Nogués Navarro.