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ORDEN CDS/1092/2020, de 9 de noviembre, por la que se modifica la convocatoria de subvenciones aprobada mediante Orden CDS/765/2020, de 14 de agosto, por la que se convocan subvenciones para la financiación de las necesidades extraordinarias de contratación de personal originadas por el impacto del COVID-19 en establecimientos y centros de atención a personas mayores y personas con discapacidad en la Comunidad Autónoma de Aragón, modificada por Orden CDS/788/2020, de 21 de agosto, de corrección de error material ("Boletín Oficial de Aragón", número 170, de 27 de agosto de 2020).

Publicado el 13/11/2020 (Nº 226)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE CIUDADANÍA Y DERECHOS SOCIALES

Texto completo:

Mediante Orden CDS/765/20200, de 14 de agosto, se convocan subvenciones para la financiación de las necesidades extraordinarias de contratación de personal originadas por el impacto del COVID-19 en establecimientos y centros de atención a personas mayores y personas con discapacidad en la Comunidad Autónoma de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 165, de 20 de agosto de 2020), modificada por Orden CDS/788/2020, de 21 de agosto de corrección de error material ("Boletín Oficial de Aragón", número 170, de 27 de agosto de 2020).

En el segundo apartado de la parte dispositiva de la Orden, con respecto a la cuantía y financiación, condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente, se fijó una cuantía máxima de 1.500.000 euros distribuido en las siguientes aplicaciones presupuestarias, dependiendo del beneficiario al que está destinada la ayuda:

53010 G/3132/460057/91019: 375.000 €.

53010 G/3132/470057/91019: 750.000 €.

53010 G/3132/480057/91019: 375.000 €.

Una vez presentadas las solicitudes, se ha constatado que la cuantía solicitada por las entidades sin ánimo de lucro ha excedido el crédito presupuestario previsto en la convocatoria. Por otro lado, con respecto a las otras dos aplicaciones presupuestarias, las solicitudes han sido inferiores al crédito dispuesto.

Con objeto de garantizar el principio de igualdad entre los solicitantes, resulta necesario realizar una modificación presupuestaria incrementando el crédito en la aplicación presupuestaria destinada a entidades sin ánimo de lucro, con cargo a crédito disponible del presupuesto de gastos del Instituto Aragonés de Servicios Sociales destinados a esta tipología de beneficiarios.

Por otro lado, y para evitar confusiones en la determinación de la cuantía, se modifica la base cuarta de la convocatoria para determinar que la cuantía máxima prevista se computa por cada centro de la entidad solicitante.

Por todo lo anterior, de acuerdo con el Decreto 24/2020, de 26 de febrero, del Gobierno de Aragón, de estructura orgánica del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales, dispongo:

Primero.- Modificar el apartado segundo de la convocatoria de subvenciones para la financiación de las necesidades extraordinarias de contratación de personal originadas por el impacto del COVID-19 en establecimientos y centros de atención a personas mayores y personas con discapacidad en la comunidad autónoma de Aragón, aprobada mediante la Orden CDS/765/20200, de 14 de agosto, en los siguientes términos:

1. El apartado segundo queda redactado del siguiente modo:

1. El importe total para esta convocatoria es de 2.083.000 euros.

2. Las subvenciones se financiarán con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias del presupuesto de gastos del Instituto Aragonés de Servicios Sociales:

53010 G/3132/460175/91019: 375.000 €.

53010 G/3132/470135/91019: 750.000 €.

53010 G/3132/480700/91019: 958.000 €.

Segundo.- Modificar el apartado primero de la base cuarta en los siguientes términos:

"1. La cuantía de la subvención podrá alcanzar hasta el 80% de los gastos de personal

realizados por la entidad beneficiaria con un límite de 25.000 € por cada uno de los centros del solicitante, de acuerdo con lo establecido en esta convocatoria, y la consignación presupuestaria prevista en la misma".

Tercero.- Publicar la presente Orden en el "Boletín Oficial de Aragón" concediendo, a partir del día siguiente de dicha publicación, un plazo adicional de siete días para la presentación de solicitudes, para aquellas entidades que no lo hubieran hecho en el plazo anterior y cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria.

Zaragoza, 9 de noviembre de 2020.

La Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales,

M.ª VICTORIA BROTO COSCULLUELA