Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

EXTRACTO de la Orden ICD/1969/2021, 16 de diciembre, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000) en la Comunidad Autónoma de Aragón, incluido en el Programa de regeneración y reto demográfico del Plan de rehabilitación y regeneración urbana del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Publicado el 26/01/2022 (Nº 17)
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Emisor: DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO EMPRESARIAL

Texto completo:

BDNS (Identif.): 601110

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/601110).

Primero.- Beneficiarios.

Siempre que tengan su residencia fiscal en España y la actuación objeto de la ayuda se lleve a cabo en edificios existentes ubicados en la Comunidad Autónoma de Aragón, podrán solicitar las ayudas previstas en esta Orden, y serán los destinatarios últimos de las ayudas, para cada tipo de actuación, todos los establecidos en el artículo 15 de las bases reguladoras.

Segundo.- Objeto.

Convocar ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes, en la Comunidad Autónoma de Aragón, en torno a las siguientes actuaciones:

Actuación 1: Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.

Actuación 2: Mejora de la eficiencia energética y uso de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria.

Actuación 3: Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.

Las actuaciones subvencionables previstas en este real Decreto tendrán que realizarse, necesariamente, en edificios o viviendas que se encuentren ubicados en cualquiera de los municipios de reto demográfico, entendiendo como tales aquellos municipios de hasta 5.000 habitantes y los municipios no urbanos de hasta 20.000 habitantes en los que todas sus entidades singulares de población sean de hasta 5.000 habitantes.

Las actuaciones se llevarán a cabo exclusivamente en edificios completos existentes en la Comunidad Autónoma de Aragón (opción A del Real Decreto 691/2021, de 3 de agosto), construidos con anterioridad a 2007, tal y como se establece en las bases reguladoras.

Los usos de los edificios sobre los que se pueden realizar las actuaciones serán:

Edificios de vivienda unifamiliar.

Edificios de tipología residencial colectiva de vivienda.

Edificios de cualquier otro uso (administrativo, sanitario, docente, cultural, etc.) de los regulados por el artículo 2.1 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (LOE).

Tercero.- Bases reguladoras.

Real Decreto 691/2021, de 3 de agosto, por el que se regulan las subvenciones a otorgar a actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes, en ejecución del Programa de rehabilitación energética para edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000), incluido en el Programa de regeneración y reto demográfico del Plan de rehabilitación y regeneración urbana del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como su concesión directa a las comunidades autónomas.

Cuarto.- Cuantía.

El Gobierno de Aragón se reserva 1.000.000 € para inversiones directas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.2 de las bases reguladoras. No obstante, el Gobierno de Aragón podrá incrementar el crédito para la concesión de ayudas a destinatarios finales con los fondos reservados a las inversiones directas de la Comunidad Autónoma.

La cuantía global máxima para la concesión de ayudas a destinatarios finales según la convocatoria es de 2.564.390 €, que se distribuyen de la siguiente forma:

La distribución entre partidas es estimativa y podrá ser objeto de modificación de acuerdo con las vinculaciones establecidas en la Ley de Presupuestos de Aragón con el objeto de atender a las solicitudes por riguroso orden de presentación sin tener en cuenta el tipo de solicitante.

Dentro del crédito disponible, la cuantía máxima individualizada de cada subvención será determinada conforme a lo dispuesto en los anexos I y IV de las bases reguladoras, para cada una de las actuaciones subvencionables.

Se establecen los siguientes límites para las actuaciones subvencionables:

Coste elegible mínimo: 6.000 €.

Cuantía de ayuda máxima por destinatario y convocatoria: 500.000 €, excepto para entidades jurídicas de naturaleza pública; para entidades locales conforme al artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local; y para el sector público institucional definido según las bases reguladoras, para quienes el límite se amplía a 1.000.000 €.

Quinto.- Plazo de presentación de solitudes.

El plazo de presentación de solicitudes de las ayudas comenzará el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón" y durará hasta la conclusión de su vigencia, lo cual sucederá el 31 de diciembre de 2023. salvo que, con anterioridad, se hubiera agotado el presupuesto disponible del programa, conforme a las solicitudes de ayuda recibidas.

Sexto.- Otros datos.

La presentación de la solicitud se hará exclusivamente de forma electrónica mediante la herramienta corporativa de administración electrónica "Tramitador on line" del Gobierno de Aragón, utilizando el procedimiento:

https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/ayudas-pree-5000-rehabilitacion-energetica-edificios/identificacion

Esta línea de ayudas está financiada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021.

Zaragoza, 16 de diciembre de 2021.- El Vicepresidente y Consejero de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial, Arturo Aliaga López.