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RESOLUCIÓN de 25 de noviembre de 2021, de la Directora General de Patrimonio Cultural, por la que se inicia procedimiento para declarar Bien de Interés Cultural, en la categoría de Monumento para el Torreón de Levante del Seminario Conciliar de Huesca, en virtud de la Disposición adicional segunda de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés y se abre un periodo de información pública.

Publicado el 07/12/2021 (Nº 248)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

El Patrimonio Cultural de Aragón está integrado, tal y como regula la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, por todos los bienes materiales e inmateriales relacionados con la historia y la cultura de Aragón que presenten interés antropológico, antrópico, histórico, artístico, arquitectónico, mobiliario, arqueológico, paleontológico, etnológico, científico, lingüístico, documental cinematográfico, bibliográfico o técnico, hayan sido o no descubiertos y tanto si se encuentran en la superficie como en el subsuelo o debajo de las aguas.

La ley prevé, en su artículo 11, tres categorías de protección para los bienes integrantes del Patrimonio Cultural aragonés: Bien de Interés Cultural, Bien Catalogado y Bien Inventariado. De éstos, los Bienes de Interés Cultural son definidos por el artículo 12 de la ley como los bienes más relevantes del Patrimonio Cultural de Aragón. Esta categoría de protección comprende, a su vez, dos figuras de protección para los bienes inmuebles: las figuras de Monumento y de Conjunto de Interés Cultural. La figura de Monumento es definida en la ley como la construcción u obra producto de la actividad humana, de relevante interés histórico, arquitectónico, arqueológico, artístico, etnográfico, científico o técnico, con inclusión de los muebles, instalaciones y accesorios que expresamente se señalen como parte integrante del mismo. De conformidad con el artículo 21.2 de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, la declaración de un Bien de Interés Cultural describirá el bien, debiendo expresar claramente, al menos, su delimitación, los bienes muebles integrantes del bien y el entorno afectado.

Los castillos, esto es las manifestaciones de arquitectura defensiva existentes en Aragón, tienen la consideración de Bienes de Interés Cultural por ministerio de la Ley, tal y como se recoge en la Disposición adicional segunda de la Ley 3/1999 que establece que son Bienes de Interés Cultural asumidos por ministerio de esta Ley, los castillos, escudos, emblemas, cruces de término y cuevas, abrigos y lugares que contengan manifestaciones de arte rupestre y los monumentos megalíticos en toda su tipología existentes en Aragón. Por Orden del Departamento responsable de Patrimonio Cultural se aprobará la relación de los bienes afectados y su localización.

En este sentido recientemente se ha descubierto la existencia de los restos de un torreón defensivo desconocido hasta ahora y que es objeto de este procedimiento de declaración y delimitación en lo relativo al torreón de Levante del Antiguo Seminario Conciliar de Huesca. El torreón además de ser bien de interés cultural por ministerio de la ley, en tanto que es una manifestación de arquitectura defensiva, cuenta con un valor monumental intrínseco y un interés patrimonial e histórico evidente, al corresponder a una etapa de la ciudad de Huesca poco conocida, y de la que existen pocos restos conservados y que pueden ayudar a entender los momentos finales de la ocupación andalusí y los primeros momentos de la ocupación cristina.

Por todo lo anterior, la Directora General de Patrimonio Cultural, acuerda:

Primero.- Iniciar el procedimiento para la declaración como Bien de Interés Cultural, en la categoría de Monumento, para el Torreón de Levante del antiguo seminario Conciliar de Huesca, cuya descripción se publica en el anexo I de esta Resolución y con el plano de delimitación del bien y de su entorno de protección que se publica en el anexo II.

La iniciación de este procedimiento conlleva la aplicación inmediata y provisional del régimen de protección establecido para los Bienes de Interés Cultural en la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés ("Boletín Oficial de Aragón", número 36, de 29 de marzo de 1999), así como la suspensión de las licencias municipales relativas a todo tipo de obras o actividades en la zona afectada. El Director General de Patrimonio Cultural, previo informe de la Comisión Provincial de Patrimonio Cultural de Huesca, puede levantar esta suspensión total o parcialmente cuando sea manifiesto que estas obras o actividades no perjudican a los valores culturales del bien o de su entorno.

Segundo.- Abrir un periodo de información pública durante un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el "Boletín Oficial de Aragón", para que cualquier persona física o jurídica pueda examinar el expediente en las oficinas de la Dirección General de Patrimonio Cultural del Gobierno de Aragón (avda. de Ranillas, Edificio 5D, 2.ª planta, de Zaragoza), de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas. Igualmente, dentro de dicho plazo, podrán formularse cuantas alegaciones se estimen oportunas.

Tercero.- Notificar esta Resolución a los interesados en el procedimiento y al Ayuntamiento de Huesca, y proceder a su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 25 de noviembre de 2021.- La Directora General de Patrimonio Cultural, Marisancho Menjón Ruiz.

I

Descripción del Torreón de Levante del Seminario Conciliar de Huesca

El referido Torreón de Levante se encuentra oculto por las construcciones posteriores y muy bien pudo formar parte del sistema defensivo de la ciudad medieval. Observando los planos actuales del conjunto del Seminario, puede comprobarse la presencia de un edifico cuadrangular situado en el sector central de la fachada de levante del conjunto edificado que no sigue la alineación general, presentando una desviación carente de lógica. Este espacio turriforme se encuentra oculto por el edificio actual, estando ocupada la planta baja por la cocina del antiguo colegio. Por debajo de esta cocina, se conserva una escalera descendente que da acceso a una estancia de unos 38 m² y alrededor de 3 m de altura que fue utilizada como zona de almacenamiento de la citada cocina. Este espacio pudo corresponder a la planta inferior de un torreón que cuenta con cuatro plantas.

El torreón se sitúa en el centro de la fachada de levante, delimitado por los edificios orientales de los patios históricos del conjunto, y enfrentado con el doble edificio entre patios. Sus muros parecen estar perfectamente alineados con los del pabellón meridional del patio 2, apuntando ambos, en opinión de A. Gómez, a la posible existencia de un edificio medieval coetáneo.

El mencionado torreón de Levante aumenta su interés e importancia al situarse en el extremo norte de la meseta superior del cerro donde se asentó la ciudad primitiva de Huesca, sobre un doble aterrazamiento cuyo nivel inferior ha cristalizado en la actual calle Desengaño. El lugar de su emplazamiento pudo formar parte de un elaborado sistema defensivo del que lamentablemente apenas nos quedan testimonios y del que este torreón puede convertirse en el único testimonio conservado del anillo defensivo interior, el último reducto que defendería el punto más elevado de la ciudad medieval.

Descripción del interior

Por el momento sólo conocemos con cierta profundidad del interior de la torre de Levante, la bodega situada bajo la antigua cocina. A simple vista y a pesar de estar su suelo cubierto por escombros, pueden observarse los muros que la conforman, compuestos por una obra de sillería uniforme que parece obedecer a un único momento constructivo, con un despiece alargado que se dispone en hiladas cuya altura oscila entre 25 y 30 cm.

Las medidas internas de este espacio son: 5´7 x 6´05 x 6´15 x 6´75 m y con una superficie útil de unos 38 m². Sus muros, pueden alcanzar una anchura de 110/120 cm, cifra que concuerda con muros destinados a sustentar un edificio de gran altura, desarrollado en varias plantas. Además, el fuerte desnivel del área abre la posibilidad de la existencia de una planta inferior hoy oculta por los escombros y por la ladera que da a la calle Desengaño. Los cuatro muros de esta estructura turriforme y cuadrangular, son equivalentes y muestran su construcción en un mismo momento.

Son varios los elementos a destacar en esta estancia, en primer lugar, la presencia de una chimenea intramural y una serie de improntas, a modo de mechinales que podrían sustentar una estructura de función desconocida. La singular chimenea intramural es de sección rectangular, se localiza al pie de la escalera descendente, en el muro occidental, hoy se abre a cota de suelo, sus paredes ennegrecidas son indicio de su función, aunque en este momento está cegada a la altura de la planta baja, quizás por alguna de las obras modernas.

Este mismo muro occidental aparece cubierto por una serie de mechinales o improntas de viga, que la cubren en toda su superficie, con excepción de la franja septentrional, lado por el que desciende el primer tramo de la escalera de acceso. Se encuentran retacados con ladrillos apilados, que corresponden con improntas de poca profundidad para sujetar en ellos alguna incierta estructura de ladrillo y mortero que ocuparía casi toda la habitación, puesto que las improntas retacadas se repiten y emparejan con otras presentes en la pared opuesta (muro oriental), aunque en menor número. Esta red de improntas se distribuye, en la pared occidental, en 4 hiladas de 6 filas, estando todas alineadas, excepto la segunda de ellas, que aparece algo desplazada en altura y longitud. En la contrapuesta pared del muro oriental hay una ventana tapiada en lo alto, de aspecto muy moderno. Por debajo de ella aparecen, no 4, sino dos hiladas, también de 6 impostas retacadas en ladrillo que están alineadas con las dos más bajas de la pared de enfrente. Y, como las de enfrente, la segunda hilada está algo desplazada en altura y longitud respecto a la primera.

La chimenea intramural que se conserva y las marcas de fuego permiten plantear la posible presencia de un complejo sistema de calefacción medieval que pudo caldear los edificios colindantes.

El torreón tiene una clara función defensiva, tanto por su morfología turriforme como por su situación, en el extremo norte de la plataforma superior de la ciudad. Por su tipología podría tratarse tanto de un torreón de la zuda andalusí como del primitivo palacio real, establecido en este lugar a finales siglo XI. El hecho incuestionable es su indudable valor histórico y su relación de pertenencia al sistema defensivo de la ciudad medieval. El estudio de esta interesante construcción defensiva, permitirá aumentar el escaso conocimiento de la estructura de la alcazaba musulmana y del Palacio Real, establecido sobre los restos de la anterior.

Es evidente que lo hoy conservado mantiene la estructura de la parte inferior de la torre, pero los pisos superiores responden a otros momentos constructivos posterior, por un lado la recuperación de las ruinas de la torre por la intervención del siglo XVIII y por otro, la planta superior haga referencia a la última intervención constructiva de 1945. Este hecho no le debe restar valor histórico, pues representa un testimonio palpable de las diferentes fases constructivas del conjunto del Seminario Conciliar y la fosilización de estructuras antiguas en el referido conjunto.

Independientemente de que los restos identificados como un torreón, sean susceptibles por ministerio de la Ley para su declaración como BIC, dichos restos cuentan con un valor monumental intrínseco, así como con un interés patrimonial e histórico evidente. Corresponde a una etapa de la ciudad de Huesca, muy poco conocida y de la que existen pocos restos conservados y pueden ayudar a entender los momentos finales de la ocupación andalusí y los primeros momentos de la ocupación cristiana, en un centro de poder político, militar y económico, como sería el palacio Real cristiano, entre los siglos XI y XII.

II

Plano de delimitación provisional del Torreón de Levante del Seminario Conciliar de Huesca

En cuanto a la delimitación del monumento y de su entorno, a tenor del conocimiento actual de los restos conservados y de su entidad y ante la falta de evidencias de su continuidad, en este caso se propone hacer coincidentes su delimitación con el entorno que serían los mismos, es decir, el actual límite de la estructura del torreón. En función de investigaciones posteriores o descubrimientos que implicasen una continuidad de las estructuras defensivas, podría plantearse la ampliación o delimitación de un nuevo entorno de protección.