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EXTRACTO de la Orden AGM/1433/2020, de 18 de diciembre, por la que se convocan subvenciones para inversiones en activos físicos en Espacios Naturales Protegidos en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón, 2014- 2020, para el año 2021.

Publicado el 18/01/2021 (Nº 10)
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Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

BDNS (Identif.): 541267

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/541267)

Primero.- Beneficiarios.

Las personas físicas o jurídicas, que desarrollen la actividad subvencionada en los municipios situados en las áreas de influencia socioeconómica de los espacios naturales protegidos siempre que cumplan las condiciones para su otorgamiento conforme a las bases y a la respectiva convocatoria (municipios del anexo II).

Segundo.- Objeto.

Convocar las subvenciones destinadas a fomentar las inversiones en activos físicos en Espacios Naturales Protegidos para el año 2021, en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón, 2014-2020.

Tercero.- Bases reguladoras.

Orden AGM/1305/2019, de 18 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en materia de inversiones en activos físicos en espacios naturales protegidos, en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón, 2014-2020. Publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 200, de 11 de octubre de 2019.

Cuarto.- Cuantía.

La cuantía total máxima para esta convocatoria es de 250.000 €, con cargo a las partidas presupuestarias del presupuesto de gastos de 2021 de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Según el artículo 9.2 de la Orden AGM/1305/2019, de 18 de septiembre y dentro del crédito disponible, la cuantía máxima de subvención no podrá superar la cantidad de 15.000 € por solicitud, no pudiendo exceder del 40%, ni ser inferior al 25% del coste de la inversión.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de las solicitudes comenzará al día siguiente de la publicación de esta Orden en el "Boletín Oficial de Aragón" y finalizará pasados los veinte días naturales posteriores a la fecha de publicación del mismo

Zaragoza, 18 de diciembre de 2020.- El Consejero de Agricultura, Ganadría y Medio Ambiente, Joaquín Aurelio Olana Blasco.