Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

EXTRACTO de la Orden ICD/1081/2020, 4 de noviembre, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes (Programa PREE) en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado el 12/11/2020 (Nº 225)
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Emisor: DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO EMPRESARIAL

Texto completo:

BDNS (Identif.): 531709

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/531709)

Primero.- Beneficiarios.

Siempre que tengan su residencia fiscal en España y la actuación objeto de la ayuda se lleve a cabo en edificios existentes ubicados en la Comunidad Autónoma de Aragón, podrán solicitar las ayudas previstas en esta Orden, y serán los destinatarios últimos de las ayudas, para cada tipo de actuación, todos los establecidos en el artículo 11 de las bases reguladoras.

Segundo.- Objeto.

Convocar ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes, en la Comunidad Autónoma de Aragón, en torno a las siguientes actuaciones:

Actuación 1: Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.

Actuación 2: Mejora de la eficiencia energética y uso de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria.

Actuación 3: Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.

Las actuaciones se llevarán a cabo exclusivamente en edificios completos existentes en la Comunidad Autónoma de Aragón (opción A del Real Decreto 737/2020, de 4 de agosto), construidos con anterioridad a 2007, tal y como se establece en las bases reguladoras.

Los usos de los edificios sobre los que se pueden realizar las actuaciones serán:

Edificios de vivienda unifamiliar.

Edificios de tipología residencial colectiva de vivienda.

Edificios de cualquier otro uso (administrativo, sanitario, docente, cultural, etc.) de los regulados por el artículo 2.1 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (Ley Orgánica de Educación).

Tercero.- Bases Reguladoras.

Real Decreto 737/2020, de 4 de agosto, por el que se regula el Programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes y se regula la concesión directa de las ayudas de este programa a las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla, publicado en el "Boletín Oficial del Estado", número 212, de 6 de agosto de 2020.

Cuarto.- Cuantía.

La cuantía global máxima para la convocatoria es de 8.940.000 euros. El importe dirigido a los destinatarios finales es de 7.118.160 € que se distribuyen con cargo a las siguientes anualidades y aplicaciones presupuestarias:

La distribución entre partidas es estimativa y podrá ser objeto de modificación de acuerdo con las vinculaciones establecidas en la Ley de Presupuestos de Aragón con el objeto de atender a las solicitudes por riguroso orden de presentación sin tener en cuenta el tipo de solicitante.

Dentro del crédito disponible, la cuantía máxima individualizada de cada subvención será determinada conforme a lo dispuesto en los anexos I y IV de las bases reguladoras, para cada una de las actuaciones subvencionables.

Se establecen los siguientes límites para las actuaciones subvencionables:

Coste elegible mínimo: 12.000 €.

Cuantía de ayuda máxima por destinatario y convocatoria: 500.000 €, excepto para entidades jurídicas de naturaleza pública; para entidades locales conforme al artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; y para el sector público institucional definido según las bases reguladoras, para quienes el límite se amplía a 1.000.000 €.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes de las ayudas comenzará el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón" y durará hasta la conclusión de su vigencia, lo cual sucederá el 31 de julio de 2021.

Sexto.- Otros datos.

Como norma general, la presentación de la solicitud se hará de forma electrónica mediante la herramienta corporativa de administración electrónica "Tramitador on line" del Gobierno de Aragón, utilizando el procedimiento,

https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/ayudas-pree-rehabilitacion-energetica-edificios

Este Programa está financiado con origen en el Fondo Nacional de Eficiencia Energética, creado por la Ley 18/2014, del 15 de octubre, cuya gestión se ha encomendado al IDAE de conformidad con lo previsto en el artículo 73.2 de esta misma norma.

Zaragoza, 4 de noviembre de 2020.- El Vicepresidente y Consejero de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial, Arturo Aliaga López.