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EXTRACTO de la Orden PRE/9/2019, de 17 de enero, por la que se convocan subvenciones destinadas a entidades locales aragonesas para la financiación de proyectos de cooperación transfronteriza entre la Comunidad Autónoma de Aragón y la región francesa de Occitania, durante el año 2019.

Publicado el 24/01/2019 (Nº 16)
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Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

BDNS (Identif.): 435656

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero.- Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las entidades locales aragonesas especificadas en el artículo 2 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, siempre que cumplan los requisitos establecidos en la Orden de bases reguladoras.

Las entidades locales deberán presentar, al menos, un socio en el proyecto que tenga vecindad administrativa o domicilio social en la región francesa de Occitania, siendo necesario que el socio francés presente, asimismo, solicitud de subvención ante el Consejo Regional de Occitania.

Segundo.- Objeto.

Subvenciones destinadas a la financiación de proyectos de cooperación transfronteriza entre la Comunidad Autónoma de Aragón y la región francesa de Occitania que se desarrollen en el año 2019, y que tengan relación con alguna de las siguientes áreas:

- Infraestructuras de transporte y comunicaciones.

- Medio Ambiente y desarrollo sostenible.

- Cultura y Turismo.

- Enseñanza superior, educación y formación profesional.

- Industria, comercio, artesanía, servicios y apoyo empresarial.

- Actividades agrícolas, agroalimentarias y pastoriles.

- Investigación, innovación, transferencia tecnológica y sociedad de la información.

- Prevención y gestión de riesgos naturales.

Los proyectos objeto de subvención deberán desarrollarse desde el 1 de enero hasta el 15 de noviembre de 2019.

Tercero.- Bases reguladoras.

Orden PRE/571/2016, de 13 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones con cargo al Fondo Local de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 116, de 17 de junio de 2016) modificada puntualmente por la Orden/PRE/415/2018, de 2 de marzo ("Boletín Oficial de Aragón", número 49, de 9 de marzo de 2018), y por la Orden PRE/1623/2018, de 8 de octubre ("Boletín Oficial de Aragón", número 201, de 17 de octubre de 2018).

Cuarto.- Cuantía.

La cuantía total máxima de esta convocatoria asciende a 30.000 €, con cargo a la aplicación presupuestaria G/10040/1311/460008/91002, del Presupuesto de gastos del Departamento de Presidencia del Gobierno de Aragón.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes de subvención se iniciará a partir del día siguiente al de publicación de la Orden de convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón", y concluirá el 22 de febrero de 2019.

Las solicitudes se dirigirán a la Dirección General de Relaciones Institucionales y Desarrollo Estatutario del Departamento de Presidencia, del Gobierno de Aragón, y se presentarán en cualquiera de las Unidades de Registro del Gobierno de Aragón, o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sexto.- Otros datos.

Las entidades locales interesadas deberán presentar formulario conforme al modelo del anexo I que se adjunta a la Orden de convocatoria, que también está disponible en la sede electrónica del Gobierno de Aragón (http://www.aragon.es), y que deberá ir acompañado de toda documentación acreditativa que se señala en el apartado 4 del artículo 7 de dicha Orden.

Zaragoza, 17 de enero de 2019.- El Consejero de Presidencia, Vicente Guillén Izquierdo.