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RESOLUCIÓN de 20 de abril de 2018, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 4 de septiembre de 2007, en la que se otorgó la autorización ambiental integrada para la explotación porcina de producción de lechones existente con una capacidad de 800 plazas de hembras reproductoras y 500 plazas de recría de reproductoras de reposición (310 UGM), ubicada en la parcela 11 del polígono 1 del término municipal de Almonacid de la Sierra (Zaragoza), y promovida por Bancal SL. (Expte INAGA 500202/02/2017/11353).

Publicado el 17/05/2018 (Nº 94)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Con fecha 7 de diciembre de 2017 el promotor, Bancal SL, solicita a este Instituto modificación puntual, consistente en actualización de las construcciones existentes en la explotación y cambio en el sistema de calefacción.

Antecedentes de hecho

Mediante Resolución del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, de 4 de septiembre de 2007, se otorgó la autorización ambiental integrada para la construcción de la explotación porcina de producción de lechones con una capacidad equivalente a 310 UGM, ubicada en el polígono 1, parcela 11, en el término municipal de Almonacid de la Sierra (Zaragoza) y publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 123, de 20 de octubre de 2007 (Expte: INAGA 500301/02/2006/08797).

Mediante Resolución de este Instituto, de 20 de agosto de 2012, se aprueba modificación no sustancial de la autorización ambiental integrada por adaptación a la normativa de bienestar animal. (Expte INAGA 500301/02/2012/07713).

Mediante Resolución del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, de 18 de noviembre de 2013, y publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 252, de 26 de diciembre de 2013, se actualiza la autorización ambiental integrada. (Expte. INAGA 500601/02/2013/10174).

La modificación puntual solicitada en el presente expediente consiste en acomodar los cambios que han surgido en la granja. Se han sustituido las calderas antiguas por cuatro calderas de calefacción de gas propano de 48 Kw. de potencia cada una de mayor eficiencia, se estima que el consumo anual se mantiene en 30.000 Kg de propano anuales. En modificación no sustancial previa se aprobó la ampliación de la nave de gestación-maternidad en 12 x 21 m., así como la construcción de una nueva nave de maternidad de 21 x 12,40 m. También se modifica la capacidad de las fosas de cadáveres prevista, pasando de 21,19 m³ a 9,42 m³. Se sigue cumpliendo con la normativa vigente, siendo el mínimo exigido de 8,4 m³ para la capacidad de la explotación.

Fundamentos jurídicos

De conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de los cerdos; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

Por la presente se resuelve,

Modificar puntualmente la Resolución de 4 de septiembre de 2007, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorgó la autorización ambiental integrada para una explotación porcina de producción de lechones existente para una capacidad de 800 hembras reproductoras y 500 plazas de recría de hembras de reposición (310 UGM), ubicada en la parcela 11 del polígono 1 del término municipal de Almonacid de la Sierra (Zaragoza), y promovida por Bancal SL. en los siguientes puntos, dejando inalterado el resto:

El punto 2.1 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"2.1. Las instalaciones para el desarrollo de la actividad, se corresponden con Nave de Gestación-maternidad de 1.833,9 m², ampliación de la nave de gestación maternidad de 21 x 12 m.; nave de maternidad de 21 x 12,40 m.; Nave de transición, dentro de ella se encuentran los vestuarios, un almacén, la sala de calderas, sala de productos zoosanitarios y la sala del grupo electrógeno de 1.134,94 m²; Nave de recría de reproductoras, de 576 m²; Fosa de purín, de sección trapezoidal de hormigón armado, con una capacidad de 1.266 m³; cuatro fosas de cadáveres, compuestas por tres anillos de hormigón de 1 m. de diámetro interior y 1 m. de altura cada uno y sobre solera de hormigón, que representa un volumen de 2,355 m³ cada una, resultando un volumen total de 9,42 m³; Dos vados sanitarios de hormigón de 20 cm.; Vallado perimetral, de 2 m. de altura, a base de malla metálica y tres balsas de desecación de purines, de 583 m³, 499 m³ y 437 m³ de capacidad cada una".

El punto 1.4 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"1.4. La explotación dispone de 4 calderas de gas propano para la calefacción, el Consumo anual estimado es de gas propano es de 30.000 kg. Los límites de emisión de contaminantes a la atmósfera no superarán los valores siguientes de 300 mg/Nm³ de NOx y 150 mg/Nm³ de CO. Estos focos emisores quedan exentos de control externo. En cualquier caso, se deberán realizar un mantenimiento periódico adecuado con objeto de minimizar las emisiones a la atmósfera".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 20 de abril de 2018.

El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL