Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

ORDEN CDS/1315/2019, de 16 de septiembre, de delegación de competencias en materia de autorización de gastos, disposiciones de créditos, reconocimiento de obligaciones, propuestas de ordenación de pagos y contratación.

Publicado el 11/10/2019 (Nº 200)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE CIUDADANÍA Y DERECHOS SOCIALES

Texto completo:

Por Decreto de 5 de agosto de 2019, del Presidente del Gobierno de Aragón, se estableció la nueva organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, en la que se integra el Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales.

El desarrollo de la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón se aprobó mediante Decreto 93/2019, de 8 de agosto, del Gobierno de Aragón, asignándose al Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales los siguientes órganos directivos: Secretaría General Técnica, Dirección General de Gobierno Abierto e Innovación Social, Dirección General de Cooperación al Desarrollo e Inmigración, Dirección General de Igualdad y Familias, y Dirección General de Protección de Consumidores y Usuarios.

El texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón, dispone en su artículo 51 que corresponde a los órganos superiores de la Comunidad Autónoma o a los titulares de los Departamentos autorizar los gastos propios de los Servicios a su cargo, así como efectuar la disposición del crédito y el reconocimiento de la obligación y proponer al Consejero competente en materia de Hacienda la ordenación de los pagos correspondientes. El apartado 4 de dicho artículo prevé que las facultades previstas en el mismo podrán ser objeto de delegación en los términos que reglamentariamente se establezcan.

De acuerdo con la Disposición adicional segunda de la Ley 3/2011, de 24 de febrero, de medidas en materia de Contratos del Sector Público de Aragón, los Consejeros del Gobierno de Aragón tienen, en todo caso, la consideración de órganos de contratación de la Administración Pública de Comunidad Autónoma de Aragón.

A su vez el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, preceptúa en su artículo 34.3 que las competencias de los Consejeros son delegables.

Al objeto de conseguir una mayor agilidad en la tramitación de los expedientes de contratación y de los procedimientos que conllevan la realización de gastos con cargo a los presupuestos del Departamento, es necesario diseñar un sistema de delegación de competencias atribuidas al titular del Departamento en los mencionados órganos directivos.

Por lo expuesto y en uso de las atribuciones que tengo conferidas, resuelvo:

Primero.- Delegar en el Secretario General Técnico del Departamento las siguientes competencias:

Las competencias de autorizar gastos, disponer créditos, reconocer obligaciones y proponer las correspondientes órdenes de pago en relación con la gestión de los créditos incluidos en todos los programas adscritos al Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales, del capítulo I "Gastos de personal" y, dentro de los capítulos IV "Transferencias corrientes" y VII "Transferencias de capital", las transferencias a los Organismos públicos dependientes del Departamento, sin límite de cuantía.

Respecto de los programas económicos del presupuesto de Ciudadanía y Derechos Sociales adscritos a los Servicios Generales del Departamento, las competencias de autorizar gastos, disponer créditos, reconocer obligaciones y proponer las correspondientes órdenes de pago, así como las competencias en materia de contratación, en relación con los créditos de los Capítulos II "Gastos en bienes corrientes y servicios" y VI "Inversiones reales" de los programas económicos que tiene adscritos, hasta una cuantía de 750.000 euros ( setecientos cincuenta mil euros).

Las competencias de autorizar gastos, disponer créditos, reconocer obligaciones, proponer las correspondientes órdenes de pago, así como las competencias en materia de contratación cuando afecten a créditos de varios servicios presupuestarios de gasto del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales, hasta una cuantía de 750.000 euros (setecientos cincuenta mil euros).

Segundo.- Delegar en los Directores Generales respecto de los programas económicos del Presupuesto del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales que tienen adscritos, las competencias de autorizar gastos, disponer créditos, reconocer obligaciones y proponer las correspondientes órdenes de pago, así como las competencias en materia de contratación, en relación con los créditos de los Capítulos II "Gastos en bienes corrientes y servicios", IV "Transferencias corrientes" y VI "Inversiones reales", de los programas económicos que tengan adscritos, hasta una cuantía de 750.000 euros (setecientos cincuenta mil euros).

Tercero.- Las delegaciones enunciadas en los apartados anteriores llevan implícitas la firma o suscripción de todos los documentos y actos administrativos que se generen durante la tramitación de los expedientes de gastos y que sirvan de soporte o justificación de las operaciones contables de las subsiguientes autorizaciones de gastos, disposiciones de crédito, reconocimiento de obligaciones y propuestas de ordenación de pagos.

Cuarto.- El ejercicio de las competencias delegadas por la presente Orden se ajustará a lo dispuesto en el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Quinto.- Todas las competencias que se delegan en la presente Orden podrán ser, en cualquier momento, objeto de avocación por el órgano delegante, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y en el artículo 10 de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Sexto.- Esta Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 16 de septiembre de 2019.

La Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, MARÍA VICTORIA BROTO COSCULLUELA