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RESOLUCIÓN de 28 de mayo de 2018, del Director General de Personal y Formación del Profesorado, por la que se anuncia convocatoria para la adjudicación de vacantes a funcionarios de carrera y para la provisión en régimen de interinidad durante el curso escolar 2018/2019, de puestos de trabajo en los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas, Catedráticos y Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Profesores Técnicos de Formación Profesional y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.

Publicado el 06/06/2018 (Nº 108)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

El inicio del curso escolar precisa la ordenación de los puestos de trabajo que han de ocupar los funcionarios que han resultado desplazados por falta de horario, o por sentencia o resolución no poseen plaza definitiva, los procedentes del exterior, de la inspección de educación y de la administración educativa, los funcionarios a los que se ha concedido comisión de servicio por el Decreto 20/2000, de 18 de enero, aquellos que, de acuerdo con los resultados del concurso de traslados 2017/2018, no han obtenido destino definitivo, los reingresados por resolución y los que hayan participado en la convocatoria de comisión de servicios de fecha 27 de abril de 2018.

Asimismo, existen puestos vacantes en los centros docentes dependientes de este Departamento para los que es preciso su cobertura en régimen de interinidad durante el próximo curso escolar 2018/2019, de conformidad con el Decreto 31/2016, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se establece el régimen de provisión de puestos de trabajo de funcionarios docentes no universitarios por personal interino en la Comunidad Autónoma de Aragón.

A los efectos de garantizar una correcta atención educativa, esta Dirección General en virtud de las atribuciones que le confiere el Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se estableció la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, ha resuelto anunciar convocatoria para la provisión de puestos de trabajo vacantes para el curso 2018/2019, conforme a las siguientes bases:

CONVOCATORIA DE PROVISIÓN DE PUESTOS PARA FUNCIONARIOS DE CARRERA

Primera.- Funcionarios convocados.

Se convoca a los siguientes colectivos de funcionarios docentes:

1. Funcionarios desplazados y funcionarios sin plaza por supresión de ésta, por sentencia o resolución.

2. Funcionarios procedentes del exterior, de la inspección de educación, de la administración educativa o por provenir de la situación de excedencia por cuidado de familiares y no contaran con reserva de puesto o causas análogas.

3. Funcionarios a los que se haya concedido comisión de servicio por el Decreto 20/2000, de 18 de enero (comisiones humanitarias) para el curso 2018/2019.

4. Funcionarios sin destino definitivo de acuerdo con los resultados del concurso de traslados 2017/2018 (provisionales).

5. Funcionarios reingresados por resolución de la Dirección General de Personal y Formación del Profesorado anterior al inicio del plazo de presentación de solicitudes.

6. Funcionarios de carrera que hayan participado en la convocatoria de comisión de servicios de fecha 27 de abril de 2018 (concursillo).

7. Funcionarios en prácticas. De forma específica, los correspondientes al procedimiento selectivo convocado por Orden ECD/435/2018, de 7 de marzo, del Departamento de Educación, Cultura y Deporte.

La Dirección General de Personal y Formación del Profesorado hará públicos los listados provisionales, con indicación de nombre y apellidos, en la página web http://www.educaragon.org del Departamento, el día 27 de julio de 2018.

Los interesados podrán efectuar alegaciones en el plazo de tres días hábiles a partir del siguiente al de su publicación. Una vez estudiadas las alegaciones y efectuadas las modificaciones oportunas se hará publica la lista definitiva el día 13 de agosto de 2018, en los mismos lugares indicados anteriormente.

Segunda.- Vacantes.

Las vacantes para funcionarios de carrera se harán públicas en la página web del Departamento http://www.educaragon.org, el día 13 de agosto de 2018 y para funcionarios en prácticas, de forma específica para los aspirantes que hayan superado el procedimiento selectivo convocado por Orden ECD/435/2018, de 7 de marzo, del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, el 20 de agosto de 2018.

Cada vacante estará identificada con un código, que el interesado deberá indicar en la solicitud, por orden de preferencia.

Será imprescindible consignar todas las vacantes a las que se aspire, con el código individual asignado, aun cuando existan varias de idéntico contenido en un mismo centro.

Con carácter previo a la resolución definitiva podrán ser anuladas aquellas vacantes anunciadas, que con posterioridad a su oferta fuera inviable su cobertura en los términos publicados o no fuera necesaria su provisión.

Tercera.- Presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes para funcionarios de carrera comenzará el día 13 de agosto, finalizando a las 14 horas del día 16 de agosto de 2018. El plazo de presentación de solicitudes para los funcionarios en prácticas, de forma específica para los aspirantes que hayan superado el procedimiento selectivo convocado por Orden ECD/435/2018, de 7 de marzo, del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, y deban realizar el periodo de prácticas, se iniciará el día 20 de agosto de 2018, finalizando a las 14 horas del día 22 de agosto de 2018.

Todos los participantes en esta convocatoria presentarán una única solicitud de forma telemática a través de la plataforma PADDOC accediendo a ella desde la página web del Departamento http://www.educaragon.org, conforme se indica en la base cuarta.

Cuarta.- Procedimiento de petición.

La aplicación informática PADDOC, a la que se podrá acceder siguiendo el enlace que encontrarán en la página web del Departamento http://www.educaragon.org, en la pestaña "Gestión de Personal" apartado "Inicio de curso", permitirá a los participantes tanto cumplimentar la solicitud como presentarla telemáticamente, debiendo tener en cuenta los siguientes aspectos:

4.1. Las vacantes podrán seleccionarse en el desplegable de vacantes pendientes de incorporar y se añadirán a la solicitud en el orden de preferencia deseado.

En el caso de que existan vacantes idénticas en un mismo Centro, deberán solicitarse cada una de las vacantes con el código asignado a cada una de ellas, dado que tienen consideración de vacantes distintas.

4.2. Aquellos que, conforme a la base sexta de esta convocatoria se encuentren en situación de pérdida definitiva o provisional de su puesto de trabajo, ejerciten el derecho a permanecer en el Centro donde tenían su destino definitivo, deberán marcar la casilla habilitada al efecto en la solicitud. En este caso, el funcionario deberá seleccionar en primer lugar en el desplegable de vacantes aquellas pertenecientes a dicho Centro, de no ser así la aplicación mostrará un aviso y no permitirá grabar y continuar sin antes desmarcar la casilla o cambiar el orden de preferencia de las vacantes.

Cumplimentados todos los datos, la solicitud se deberá presentar telemáticamente pulsando el icono correspondiente de la aplicación. Una vez presentada, PADDOC genera dos documentos (copia de la solicitud y resguardo de presentación telemática) que el participante debe conservar en caso de futuras reclamaciones.

Quinta.- Orden de preferencia para la adjudicación de destinos.

El orden de adjudicación de vacantes se ajustará a la secuencia numérica de colectivos señalados en la base primera.

Los criterios para determinar el orden de elección de los funcionarios, integrantes de los bloques indicados en la citada base, serán los siguientes:

- Los funcionarios desplazados y funcionarios sin plaza por supresión de ésta, por sentencia o resolución y los funcionarios procedentes del exterior, de la inspección de educación, de la administración educativa o por provenir de la situación de excedencia por cuidado de familiares y no contaran con reserva de puesto o causas análogas.

- Mayor antigüedad en el Centro.

- Mayor antigüedad en el Cuerpo.

- Mayor puntuación obtenida en oposición.

- Los funcionarios a los que se haya concedido comisión de servicio por el Decreto 20/2000, de 18 de enero, para el curso 2018/2019:

- Mayor antigüedad en el Cuerpo.

- Funcionarios sin destino definitivo de acuerdo con los resultados del concurso de traslados 2017/2018 (provisionales).

- Mayor puntuación en el Concurso de Traslados.

- Los funcionarios reingresados por resolución de la Dirección General de Personal anterior al inicio del plazo de presentación de solicitudes:

- Mayor antigüedad en el Cuerpo.

- Los funcionarios de carrera que hayan participado en la convocatoria de comisión de servicios de fecha 27 de abril de 2018 (concursillo):

- Se aplicarán las normas a que hace referencia la propia Resolución de 27 de abril de 2018.

- Aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, concurso-oposición, convocado por Orden ECD/435/2018, de 7 de marzo, del Departamento de Educación, Cultura y Deporte y deban obtener su primer destino como funcionario en prácticas:

- Mayor puntuación obtenida en el procedimiento selectivo.

Sexta.- Situaciones optativas a las que pueden acogerse los funcionarios "desplazados" y "funcionarios sin plaza por supresión de ésta", que se encuentren incluidos en el punto 1 de la base primera de esta resolución.

Se entenderá que el funcionario opta por aceptar las condiciones que se deriven de la vacante adjudicada, cuando conforme al orden en que la ha consignado, le corresponda una que varíe las condiciones de jornada o lugar de prestación de la función docente, conforme a las siguientes circunstancias:

- Reducir sus retribuciones proporcionalmente a la jornada asignada.

- Impartir enseñanzas diferentes a las de su especialidad para las que tenga competencia docente.

- Ser desplazado a otro Centro de la misma localidad.

- Ser desplazado a otro Centro de la Comunidad Autónoma a horario completo o compartiendo horario con otro Centro. En este supuesto, el funcionario no tendrá derecho a dietas ni gastos de desplazamiento.

Séptima.- Procedimiento de adjudicación de vacantes.

Las vacantes se adjudicarán por el orden indicado en la solicitud del interesado, de acuerdo con lo establecido en la base quinta y sexta de esta convocatoria.

En aquellos casos que, de acuerdo con la normativa, sea obligatorio adjudicar destino por este procedimiento, el sistema de adjudicación respetará en primer lugar la especialidad del Cuerpo al que pertenezca el funcionario y, únicamente, de no existir para alguno de los solicitantes vacantes de su especialidad, la Administración podrá adjudicar una vacante de otra especialidad diferente, la cual hubiera solicitado el interesado y para la que posea capacidad docente. Ello, se llevará a cabo una vez se haya adjudicado vacante al resto de los funcionarios del apartado por el que participa y que pertenezcan a la especialidad de la vacante que deba adjudicarse. De no consignar en la solicitud vacantes suficientes, o no presentar solicitud de participación, la Administración adjudicará de oficio aquella vacante que mejor se adecue al perfil del solicitante.

Octava.- Publicación de la adjudicación de vacantes.

La Dirección General de Personal y Formación del Profesorado publicará los resultados de la adjudicación de vacantes en la página del mismo http://www.educaragon.org. La adjudicación de vacantes a funcionarios de carrera será el día 16 de agosto de 2018. La adjudicación de vacantes a funcionarios en prácticas será el día 22 de agosto de 2018.

El destino adjudicado será irrenunciable y tendrá una duración coincidente con el curso escolar 2018/2019. No obstante en el caso de que la vacante haya sido motivada porque su titular desempeñe otro puesto de trabajo durante el presente curso escolar, se indicará dicho extremo para conocimiento de los aspirantes, dado que si por cualquier causa a lo largo del curso escolar retornase al puesto, se procedería al cese de quien lo ocupe de forma provisional.

Novena.- Incorporación a los destinos asignados.

La incorporación a los destinos asignados, así como los nombramientos, se adecuarán a las normas dictadas por la Dirección General de Planificación y Formación Profesional respecto de la organización de centros docentes.

No obstante, aquellos profesores que tuvieran necesidad de permanecer en sus puestos de origen como resultado de la actividad docente que deba desarrollarse en los primeros días del mes de septiembre, previa comunicación al centro de destino, podrán incorporarse en fecha diferente a su nuevo destino, sin que en ningún caso esta incorporación sea posterior a la fecha indicada en el calendario escolar para el inicio de curso de los diferentes ámbitos de enseñanza.

CONVOCATORIA DE PROVISIÓN DE PUESTOS PARA EL DESEMPEÑO DE PUESTOS EN RÉGIMEN DE INTERINIDAD POR LOS INTEGRANTES DE LAS LISTAS DE ASPIRANTES APLICABLES AL CURSO 2017/2018

Décima.- Participantes convocados.

Se convoca a los integrantes de las listas de aspirantes a puestos en régimen de interinidad aplicables al curso 2018/2019 para cobertura de vacantes de los siguientes Cuerpos:

1. Profesores de Enseñanza Secundaria.

2. Profesores Técnicos de Formación Profesional.

3. Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas.

4. Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas.

5. Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.

Esta convocatoria tendrá carácter nominativo. A tal efecto, por cada una de las especialidades en las que existieran vacantes, se publicará un listado de los aspirantes llamados a participar, cuyo número estará supeditado al de vacantes ofertadas.

Undécima.- Vacantes.

Resuelto el procedimiento de adjudicación de puestos de trabajo a funcionarios de carrera, se harán públicas las listas de vacantes ofertadas a interinos el día 24 de agosto de 2018. Con carácter previo a la resolución definitiva podrán anularse aquellas vacantes cuya provisión no fuera necesaria.

En el caso de que la vacante haya sido motivada porque su titular desempeñe otro puesto de trabajo durante el presente curso escolar, se indicará dicho extremo para conocimiento de los aspirantes, dado que si por cualquier causa a lo largo del curso escolar retornase al puesto, se procedería al cese de quien lo ocupe de forma provisional o interina.

Duodécima.- Presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 24 de agosto, finalizando a las 14 horas del día 27 de agosto de 2018.

Todos los participantes en esta convocatoria presentarán una única solicitud de forma telemática a través de la plataforma PADDOC accediendo a ella desde la página web del Departamento http://www.educaragon.org, conforme se indica en la base decimotercera.

Decimotercera.- Procedimiento de petición.

La aplicación informática PADDOC, a la que se podrá acceder siguiendo el enlace que encontrarán en la página web del Departamento www.educaragon.org, en la pestaña "Gestión de Personal" apartado "Inicio de curso", permitirá a los participantes tanto cumplimentar la solicitud como presentarla telemáticamente, debiendo tener en cuenta los siguientes aspectos:

13.1. Las vacantes podrán seleccionarse en los desplegables de vacantes ordinarias y/o singularizadas pendientes de incorporar y se añadirán a la solicitud en el orden de preferencia deseado. Es posible intercalar vacantes ordinarias y singularizadas en una misma solicitud.

En el caso de que existan vacantes idénticas en un mismo Centro, deberán solicitarse cada una de las vacantes con el código asignado a cada una de ellas, dado que tienen consideración de vacantes distintas.

13.2. Quienes soliciten vacantes cuya ocupación quede supeditada a la posesión de una titulación adicional o requisito específico deberán subir la documentación acreditativa del cumplimiento de dichos requisitos a la aplicación informática PADDOC, en previsión de la posible adjudicación de la vacante.

Este paso no es necesario si la titulación ha sido aportada y validada por la administración en algún otro proceso de alegación de méritos (convocatoria de ampliación de listas, nueva baremación u oposición). Se podrán consultar en la propia solicitud las titulaciones aportadas anteriormente y que han sido validadas.

13.3. Para evitar que el participante decaiga de las listas a las que pertenece por no pedir todas las vacantes obligatorias de alguna de las especialidades en las que se encuentra habilitado, la aplicación muestra un aviso en ese sentido e incorpora el enlace "Vacantes obligatorias no seleccionadas" que al ser pulsado despliega todas las vacantes obligatorias tanto individualmente como agrupadas por provincias. De este modo, el participante podrá seleccionarlas una a una o en bloque por provincia. Las vacantes así seleccionadas se añadirán en último lugar a las peticiones ya realizadas.

13.4. A los aspirantes a interinidad que conforme a la legislación vigente puedan optar por ejercitar una reserva para desempeñar puestos como interino en otro Cuerpo docente no universitario, se les mostrará en la aplicación el enlace "Reserva en expectativa dde adjudicación de vacante", que deberán pulsar en caso de desear ejercitar la opción. Esta opción sólo tendrá efectos cuando no le haya sido adjudicado ningún destino de los solicitados en los apartados anteriores.

13.5. Cumplimentados los datos de los apartados anteriores, la solicitud se deberá presentar telemáticamente pulsando el icono correspondiente de la aplicación. Una vez presentada, PADDOC genera dos documentos (copia de la solicitud y resguardo de presentación telemática) que el participante debe conservar en caso de futuras reclamaciones.

Decimocuarta.- Procedimiento de adjudicación.

La adjudicación de destinos se efectuará conforme establece el Decreto 31/2016, de 22 de marzo, atendiendo en primer lugar a las peticiones de puestos que los interesados hayan efectuado.

En el caso de que los aspirantes no obtengan ningún destino de los incluidos en el apartado de peticiones de puestos, y hayan ejercido voluntariamente la opción de selección de vacantes obligatorias en bloque por provincia, se adjudicará la primera vacante que aún no haya sido adjudicada en la provincia marcada en primer lugar, respetando el orden de especialidades indicadas. De no obtener destino en la primera provincia, se adjudicarán sucesivamente las vacantes del resto de las provincias indicadas por orden de preferencia.

Decimoquinta.- Resolución de la adjudicación de vacantes.

1. Resolución de la adjudicación definitiva

La Dirección General de Personal y Formación Del Profesorado hará pública la resolución definitiva de puestos adjudicados el día 29 de agosto de 2018. La publicación se hará por especialidades, los puestos adjudicados y las personas a las que se ha asignado la vacante, indicándose en la misma la fecha de toma de posesión de los mencionados destinos.

2. Nombramientos e incorporación a los Centros.

Los profesores que hayan obtenido destino se personarán en el Servicio Provincial al que corresponda la vacante adjudicada en la fecha que se indique en la resolución, aportando la documentación necesaria para efectuar su nombramiento.

Una vez adjudicada una vacante, en el caso de que no pudiera efectuarse la toma de posesión o el aspirante no pudiera incorporarse al centro en situación de normalidad, se aplicará lo dispuesto en el Decreto 31/2016, de 22 de marzo, y las normas de desarrollo aplicables al iniciarse el plazo de presentación de solicitudes de este procedimiento.

Las fechas de presentación de documentación se indicarán teniendo en cuenta las fechas de toma de posesión.

No obstante, aquellos profesores que tuvieran necesidad de permanecer en sus puestos de origen como resultado de la actividad docente que deba desarrollarse en los primeros días del mes de septiembre, previa comunicación al centro de destino, podrán incorporarse en fecha diferente a su nuevo destino, sin que en ningún caso esta incorporación sea posterior a la fecha indicada en el calendario escolar para el inicio de curso de los diferentes ámbitos de enseñanza.

Decimosexta.- Permanencia y decaimiento en listas.

En el supuesto de aspirantes que no obtengan destino por el procedimiento indicado, se procederá de la siguiente forma:

1. Cuando se acredite que dichos aspirantes, por su puntuación, no les hubiese correspondido una vacante de carácter obligatorio, permanecerán en listas para sucesivos llamamientos.

2. Cuando se acredite que dichos aspirantes hubieran podido, con su puntuación, obtener una vacante de carácter obligatorio que no fue solicitada, decaerán definitivamente en listas según lo dispuesto en el artículo 12 del Decreto 31/2016, de 22 de marzo.

Decimoséptima.- Protección de datos.

La mera presentación de la solicitud supone el otorgamiento del consentimiento expreso por el participante para el tratamiento de sus datos personales en los procesos de gestión personal docente del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, vigente desde el 25 de mayo de 2018.

Decimoctava.- Género.

Todas las referencias al género masculino en esta norma deben entenderse aplicables indistintamente a mujeres y a hombres.

Decimonovena.- Norma final.

A la convocatoria establecida en la presente resolución, le es de aplicación el Decreto Legislativo 1/1991, de 19 de febrero, el Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, el Real Decreto 1594/2011, de 4 de junio, el Decreto 31/2016, de 22 de marzo y las normas de desarrollo vigentes en el momento de la solicitud de las vacantes, a las que habrá de remitirse en lo no dispuesto en esta resolución.

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 28 de mayo de 2018.

El Director General de Personal y Formación del Profesorado,

TOMAS GUAJARDO CUERVO