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RESOLUCIÓN de 29 de abril de 2016, del Director General de Personal y Formación del Profesorado, por la que se convoca la provisión, en régimen de Comisión de Servicios, de Asesorías vacantes de Formación Permanente del Profesorado en los Centros de Innovación y Formación Educativa del Departamento de Educación, Cultura y Deporte de la Comunidad Autónoma de Aragón para el curso 2016/2017.

Publicado el 05/05/2016 (Nº 85)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

El Decreto 105/2013, de 11 de junio, del Gobierno de Aragón, regula el sistema aragonés de formación permanente del profesorado, su régimen jurídico y la estructura de su red.

Por su parte, la Orden ECD/309/2016, de 18 de marzo, aprueba el Plan Marco Aragonés de Formación del Profesorado donde se concretan las líneas estratégicas de formación que deben servir de soporte para la implantación de las prioridades educativas que desde el Departamento de Educación, Cultura y Deporte se desean llevar a cabo.

A su vez la Orden de 18 de julio de 2014, modificada por la Orden de 21 de mayo de 2015, ambas de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, regulan la organización y funcionamiento de los Centros de Innovación y Formación Educativa territoriales en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Con el fin de seleccionar al profesorado para ocupar, en comisión de servicios, las asesorías de formación permanente del profesorado en los Centros de Innovación y Formación Educativa, esta Dirección General, en el ejercicio de las competencias que le son propias, resuelve convocar el procedimiento señalado en la presente resolución con arreglo a las siguientes bases:

Primera.- Objeto.

Se convoca procedimiento de provisión en régimen de comisión de servicios, durante el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2016 y el 31 de agosto de 2017, de las asesorías de formación permanente de los Centros de Innovación y Formación Educativa del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, de la Comunidad Autónoma de Aragón que se relacionan en el anexo I y que podrán ser renovadas anualmente según el procedimiento establecido por este Departamento. Las competencias docentes asociadas a cada una de las líneas o perfiles profesionales de cada vacante quedan descritas en el anexo V.

Segunda.- Ámbito subjetivo y requisitos de participación.

Podrá participar en la presente convocatoria el personal docente funcionario de carrera de los cuerpos de la función pública docente no universitaria a que se refiere la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, que se encuentren en la situación de servicio activo.

En la fecha de la presente resolución deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Encontrarse en situación de servicio activo, con una antigüedad mínima de un año como funcionario de carrera en alguno de los cuerpos de la función pública docente.

b) No tener concedida otra comisión de servicios para el curso 2016-17.

c) No tener concedida licencia por estudios para el curso 2016-17.

Tercera.- Documentación.

Los participantes, deberán presentar la siguiente documentación:

a) Instancia de solicitud (anexo II)

b) En el caso no de pertenecer al ámbito de gestión del Departamento de Educación, Cultura y Deporte de Aragón, hoja de servicios debidamente cumplimentada.

c) anexo IV de autoevaluación previa de los méritos relacionados en el anexo III.

d) Proyecto completo de actuación en la/s línea/s de asesoría solicitada/s, según el guion de la entrevista de la Fase II.

Los anexos II y IV se cumplimentarán a partir de los ficheros que se publicarán junto a la presente convocatoria. No se admitirá la documentación cumplimentada a mano.

El proyecto de actuación en la asesoría tendrá una extensión máxima de 3 hojas por ambas caras (6 páginas), incluidos los posibles anexos, con tipo de letra Arial de 11 puntos y a doble espacio. Quedan excluidas en esa extensión máxima de 6 páginas las que pudieran estar dedicadas a la portada, índice y/o contraportada. El guion del proyecto estará basado en los puntos señalados para la valoración de la entrevista descrita en la fase II del proceso de selección.

Los Centros de Innovación y Formación Educativa pondrán a disposición de los candidatos que lo soliciten el Plan de actuación del Centro, la Memoria anual y aquellos documentos de carácter público que puedan facilitarle la elaboración del proyecto

Cuarta.- Plazo y lugar de presentación de solicitudes.

Cada aspirante presentará una única solicitud, en la que hará constar, por orden de prioridad, las asesorías solicitadas hasta un máximo de tres. En caso de que las plazas sean de líneas diferentes deberá presentarse un proyecto por cada línea de asesoría solicitada.

La solicitud, según el modelo que figura como anexo II, se acompañará del proyecto de actuación y se dirigirá al Director del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte donde se encuentre la asesoría solicitada en primer lugar.

El plazo de presentación de la documentación relacionada en la base tercera finalizará el 17 de mayo de 2016.

La documentación se presentará preferentemente, según corresponda, en el Registro del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Zaragoza (Avda. Juan Pablo II, 20), en el Registro del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Huesca (Plaza Cervantes, 1), en el Registro del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Teruel (C/ San Vicente de Paúl, 3), en las restantes dependencias de Registro del Gobierno de Aragón o en cualquiera de las oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En el caso de que las solicitudes sean presentadas en una oficina de correos, se hará en sobre abierto para que el formulario de solicitud sea fechado y sellado por el funcionario de correos antes de ser certificado.

Una copia de la solicitud debidamente sellada por la unidad de registro y el resto de documentación, se deberá remitir por correo electrónico a la dirección formacionprofesorado@educa.aragon.es, indicando en el asunto "Asesoría CIFE".

Quinta.- Órgano de selección.

La selección de los candidatos se realizará por una Comisión Provincial compuesta por los siguientes miembros:

a) Presidente: el Director del Servicio Provincial correspondiente o persona en quien delegue.

b) Vocales:

1. Un Inspector de Educación designado por el Presidente de la Comisión.

2. Un Director de un CIFE territorial o específico de la Comunidad Autónoma, designado por el Director General competente en materia de formación permanente del profesorado.

3. El Jefe de la Unidad responsable de formación permanente del profesorado o persona en quien delegue.

4. Un funcionario del Servicio Provincial correspondiente, con voz, pero sin voto, que actuará como Secretario de la Comisión.

El Presidente podrá invitar a las sesiones de la Comisión provincial, de forma no permanente, a alguna persona experta relacionada con el perfil de las plazas ofertadas, con voz pero sin voto.

El funcionamiento del órgano de selección se ajustará a lo establecido para los órganos colegiados en Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Sexta.- Proceso de selección.

El proceso de selección se realizará en dos fases.

No podrán ser seleccionados aquellos candidatos que no alcancen las puntuaciones mínimas establecidas en la convocatoria.

Fase I: valoración de méritos por parte de la Comisión.

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Comisión Provincial correspondiente comprobará que los solicitantes reúnen los requisitos establecidos en la presente convocatoria y valorarán los méritos profesionales y académicos, de acuerdo con el baremo establecido en el anexo III. Los méritos alegados correspondientes al curso 2015-16 se valorarán hasta la fecha de publicación en "Boletín Oficial de Aragón", de la presente resolución, prorrateando por meses completos.

Para superar esta fase es necesario que los candidatos obtengan una puntuación mínima de un punto.

La Comisión correspondiente, en un plazo no superior a un mes desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, elaborará una lista provisional de candidatos y las puntuaciones obtenidas en esta fase, así como la relación de personas excluidas y el motivo de su exclusión.

Dicho listado se publicará en los tablones de anuncios de los Servicios Provinciales de Educación, Cultura y Deporte así como en la página web: www.educaragon.org.

Se establecerá un plazo de tres días hábiles a partir del día siguiente de la publicación en la página web del listado provisional para presentar alegaciones y subsanar los defectos en su caso.

Asimismo, se deberá remitir la misma documentación escaneada a la dirección de correo electrónico formacionprofesorado@educa.aragon.es, indicando en el asunto "Asesoría CIFE".

En un plazo máximo de un mes desde la publicación en la página web del listado provisional, la Comisión correspondiente hará pública la relación definitiva de admitidos y excluidos, citando en el mismo acto a aquellos participantes que deban ser entrevistados.

Fase II: entrevista al candidato

El candidato expondrá ante la Comisión Provincial correspondiente su proyecto de asesoría.

En el supuesto de que un candidato haya solicitado plazas de diferentes provincias, deberá presentarse a la entrevista en cada provincia.

En caso de haberse presentado en la misma provincia a más de una línea y elaborado más de un proyecto, el candidato deberá realizar en la misma entrevista la defensa de cada uno de ellos.

En la entrevista se valoraran los conocimientos del aspirante sobre:

1. El conocimiento del sistema aragonés de formación permanente del profesorado, la normativa, la estructura y funcionamiento de su red.

2. El conocimiento de la realidad educativa de los centros de la zona en la que se solicita ejercer la asesoría.

3. Las dinámicas propuestas para impulsar la participación del profesorado en la planificación de su formación e innovación, y promover la implicación del coordinador de formación en centros.

4. Las dinámicas propuestas para estimular la reflexión y reestructuración de la práctica docente directamente vinculada a la mejora y evaluación educativa.

5. Las propuestas para realizar un buen acompañamiento y seguimiento de las actividades formativas.

6. Las propuestas para promover el análisis, elaboración y utilización reflexiva y contextualizada de materiales y recursos didácticos, así como su difusión.

7. La reflexión personal sobre qué puede aportar a la asesoría del CIFE desde la experiencia profesional y docente.

8. La capacidad de resolución de supuestos prácticos que puedan plantear los miembros de la comisión.

Para superar esta fase es necesario que los candidatos obtengan en ella una puntuación mínima de cuatro puntos puntos, sobre un máximo de ocho. Orientativamente, cada uno de los ocho apartados de la entrevista se podrá valorar con una puntuación máxima de 1 punto.

Dada la naturaleza de los puestos de trabajo por los que se opta, se valorará estar en posesión del carnet de conducir y vehículo propio que posibilite el desplazamiento cuando las necesidades del servicio así lo requieran.

Séptima.- Resolución.

Una vez finalizado el proceso de selección, el presidente de la Comisión Provincial realizará propuesta de nombramiento a la Dirección General de Personal y Formación del Profesorado el listado provisional de las puntuaciones finales obtenidas por todos los participantes.

Dicho listado se publicará en los tablones de anuncios de los Servicios Provinciales de Educación, Cultura y Deporte, así como en la página web "http://www.educaragon.org"

En el plazo de tres días hábiles contados a partir del día siguiente al de su publicación en la página web, los participantes podrán presentar cuantas alegaciones estimen convenientes al listado provisional.

La Comisión Provincial elaborará la lista definitiva de los candidatos con sus puntuaciones definitivas, las cuales se publicarán en los tablones de anuncios de los Servicios Provinciales del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, así como en la página web www.educaragon.org.

Los candidatos que figuren en el listado definitivo deberán aportar la documentación justificativa de los méritos aportados en el plazo que se determine. En caso de no presentar la documentación requerida se les excluirá del listado definitivo y se llamará al siguiente candidato.

Finalizado el proceso, el presidente de cada Comisión elevará la propuesta de nombramientos al Director General de Gestión de Personal y Formación del Profesorado.

Las asesorías vacantes, se proveerán a propuesta del Director General de Personal y Formación del Profesorado en comisión de servicios, sin necesidad de convocatoria pública, para el curso 2016-17, respetando la lista de espera que se hubiera generado en esta Convocatoria y según la normativa vigente.

Octava.- Veracidad de los datos aportados.

La constatación de la falsedad de los datos o documentos aportados por el solicitante supondrá la exclusión del proceso de selección

Novena.- Funciones de los asesores de formación

Las personas seleccionadas para ocupar en comisión de servicios las asesorías en los Centros de Innovación y Formación Educativa de la Comunidad Autónoma de Aragón, desarrollarán las funciones determinadas en el artículo 22 del Decreto 105/2013, de 11 de junio, del Gobierno de Aragón.

Los aspirantes seleccionados mediante la presente convocatoria realizarán, con carácter obligatorio, las actividades de formación inicial y/o permanente que se determinen para ellos desde el Departamento de Educación, Cultura y Deporte.

Décima.- Recurso.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes computado a partir del día siguiente al de su publicación en la página web, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por Ley 4/1999, de 13 de enero.

Undécima.- Referencia de género

Todas las referencias a personas para las que se utiliza la forma del masculino genérico en esta resolución deben entenderse aplicables, indistintamente, a mujeres y hombres.

Zaragoza, 29 de abril de 2016.

El Director General de Personal y Formación del Profesorado,

TOMÁS GUAJARDO CUERVO