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RESOLUCIÓN de 18 de abril de 2018, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 6 de febrero, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental y se otorga la autorización ambiental integrada para la ampliación de una explotación porcina de cebo hasta una capacidad de 7.200 plazas (864 UGM), ubicada en el polígono 503, parcelas 107 y 96, en el término municipal de Ariza (Zaragoza), y promovida por Jesús Monge Pérez. (Expte. INAGA 500202/02/2018/00367).

Publicado el 17/05/2018 (Nº 94)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

El 15 de enero de 2018, se presenta escrito en este Instituto por Jesús Monge Pérez, con C.I.F. 17.447.553-Y, solicitando la modificación puntual de la autorización ambiental integrada de su explotación porcina con código REGA ES500340000011, por cambios en la ejecución de algunas instalaciones contempladas en dicha autorización.

Antecedentes de hecho

La explotación cuenta con autorización ambiental integrada otorgada por resolución, de este Instituto, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 42, de 2 de marzo de 2017. (Expte. INAGA 500601/02/2015/06201).

Con el escrito presentado se solicita modificar puntualmente la autorización ambiental integrada e incorporar cambios producidos en la ejecución de las instalaciones; desplazamiento en el replanteo de la nave 3 y 4, nuevo replanteo de la caseta de servicios, cambios en dimensiones y ubicaciones de balsa de purines y fosa de cadáveres y no ejecución de pantalla vegetal.

Revisada la información asociada al expediente, se observan deficiencias en cuanto a la base agraria asociada a la explotación, requiriéndose documentación sobre la misma, completada a fecha 10 de abril de 2018.

Fundamentos jurídicos

De conformidad con lo establecido en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, sobre actividades e instalaciones ganaderas; el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales; el Real Decreto 324/2000, de 3 de marzo, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las explotaciones porcinas; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de los cerdos; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se resuelve,

Modificar puntualmente la Resolución de 6 de febrero, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental y se otorga la autorización ambiental integrada para la ampliación de una explotación porcina de cebo hasta una capacidad de 7.200 plazas (864 UGM), ubicada en el polígono 503, parcelas 107 y 96, en el término municipal de Ariza (Zaragoza), y promovida por Jesús Monge Pérez, en los siguientes puntos, dejando inalterado el resto:

El punto 2 de la resolución queda sustituido por lo siguiente:

"2. Otorgar la autorización ambiental integrada a Jesús Monge Pérez, con NIF: 17447553Y, para la ampliación de una explotación porcina de cebo hasta una capacidad final equivalente a 864 UGM (7.200 plazas), a ubicar en el polígono 503, parcelas 107 y 96, del término municipal de Ariza (Zaragoza), con unas coordenadas UTM ETRS89, huso 30, de: X = 579628 / Y = 4.576.830 / Z: 770 msnm. La presente autorización se otorga con la descripción, condiciones, obligaciones y derechos que se indican a continuación y se considera adaptada a la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, sobre las emisiones industriales".

El punto 2.1 de la resolución queda sustituido por lo siguiente:

"2.1. Las instalaciones existentes autorizadas para el desarrollo de la actividad se corresponden con tres naves para cebo de dimensiones 60 x 15 m; una caseta de servicios de dimensiones 9,48 x 6,48 m; una balsa de purín con una capacidad de 1.800 m³; una fosa de cadáveres de 20,28 m³ de capacidad y una balsa de agua de 500 m³ de capacidad.

Las instalaciones proyectadas objeto de la ampliación se corresponden con: cuatro naves para cebo de dimensiones 67,80 x 14,80 m con una superficie de 1003,44 m²; una caseta servicios de 8 x 5 m con un anexo de 3,10 x 2,70 m; una balsa de purines con una capacidad de 4.880 m³, ubicada en coordenadas X= 579550, Y=4576687 (UTM ETRS89, huso 30); una fosa de cadáveres de 6,5 x 2,5 x 1,75 m con una capacidad de 28 m³; vado sanitario y vallado perimetral que alcance a toda la explotación"

El punto 2.8.3 de la resolución queda sustituido por lo siguiente:

"2.8.3. La instalación deberá integrarse todo lo posible con el entorno; para ello, se utilizarán colores térreos en su pintura exterior"

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 18 de abril de 2018.

El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL