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RESOLUCIÓN de 16 de noviembre de 2018, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 25 de septiembre de 2007, en la que se otorgó la autorización ambiental integrada para la ampliación de la explotación porcina de producción de lechones existente para una capacidad hasta 1.792 cerdas reproductoras con lechones hasta 20 kg, 900 cerdas de reposición y 8 verracos, (666 UGM), ubicada en las parcelas 474, 569,732 y 767 del polígono 20 del término municipal de Caspe (Zaragoza), y promovida por la sociedad Caspebor Ibérica S.L. (Expte INAGA 500202/02/2018/08771).

Publicado el 19/12/2018 (Nº 244)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Con fecha 30 de julio de 2018 el promotor solicita a este Instituto modificación puntual, consistente en incorporar estercolero para estiércol solido en la explotación.

Antecedentes de hecho

Primero.- La explotación dispone de autorización ambiental integrada otorgada mediante Resolución de 25 de septiembre de 2007, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (en adelante INAGA), publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 121, de 15 de octubre de 2007. (Expte. INAGA 500301/02/2006/01770).

Segundo.- Mediante Resolución de 10 de noviembre de 2009, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 231 de 27 de noviembre de 2009, se modifica puntualmente la autorización ambiental Integrada por prórroga para la ejecución de la ampliación. (Expte. INAGA 500301/02/2009/09208).

Tercero.- Mediante Resolución de 19 de noviembre de 2013, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 252 de 26 de diciembre de 2013, se actualiza la autorización ambiental integrada de la explotación. (Expte. INAGA 500601/02/2013/10355).

Cuarto.- Mediante Resolución de 23 de enero de 2014, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 38, de 24 de febrero de 2014, se modifica puntualmente la autorización ambiental Integrada por prórroga para la ejecución de la ampliación proyectada. (Expte. INAGA 500601/02/2013/11002).

Quinto.- La modificación puntual solicitada en el presente expediente consiste en incorporar un estercolero para estiércol sólido existente, de dimensiones 9,6 x 3,8 x 0,6 m., con un volumen de 21 m³, ubicado junto a la nave de maternidad.

Fundamentos jurídicos

De conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de los cerdos; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

Por la presente se resuelve,

Modificar puntualmente la Resolución de 25 septiembre de 2007, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, en la que se otorgó la autorización ambiental integrada de la explotación porcina de producción de lechones existente para una capacidad hasta 1.792 cerdas reproductoras con lechones hasta 20 kg, 900 cerdas de reposición y 8 verracos, (666 UGM), ubicada en las parcelas 474, 569,732 y 767 del polígono 20 del término municipal de Caspe (Zaragoza), y promovida por la sociedad Caspebor Ibérica S.L., en los siguientes puntos, dejando inalterado el resto:

El punto 2.1 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"2.1. Las instalaciones existentes autorizadas para el desarrollo de la actividad se corresponden con una nave para gestación de dimensiones 148,5x14,70 m., una nave para destete de dimensiones 68,6x20 m., una nave para maternidad de dimensiones 66,2x23,60 m., una nave para gestación con unas dimensiones de 70 x 22 m., una nave para maternidad con unas dimensiones de 54,20 x 22 m., una nave para destete o transición con unas dimensiones de 72,2 x 21,8 m., una nave para reposición con unas dimensiones de 70 x 22 m., una nave para almacén de dimensiones 5,8x22 m., una caseta para oficinas y vestuario de 6,04x8,3 m. adosada a la nave de gestación, una caseta para oficinas y vestuarios con unas dimensiones de 10 x 10 m. adosada a las naves nuevas, una balsa de purines con un volumen de almacenamiento de 6.327 m³, un estercolero de dimensiones 9,6 x 3,8 x 0,6 m., con un volumen de 21 m³, una fosa de cadáveres de 50 m³, vado de desinfección, pediluvios a la entrada de cada local y vallado perimetral de la explotación".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 16 de noviembre de 2018.

El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL