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RESOLUCIÓN de 21 de abril de 2016, del Rector de la Universidad de Zaragoza, sobre delegación de competencias.

Publicado el 05/05/2016 (Nº 85)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA

Texto completo:

La Orden de 29 de abril de 2009, de la Consejera de Ciencia, Tecnología y Universidad, sobre pruebas de acceso y Comisiones Organizadoras ("Boletín Oficial de Aragón", número 99, de 27 de mayo de 2009), determina la constitución de una Comisión Organizadora de la prueba de acceso para quienes se encuentren en posesión del título de Bachiller o equivalente, atribuyendo al Rector de la Universidad de Zaragoza, o persona en quien delegue, la presidencia de la misma, así como el nombramiento de los miembros de los correspondientes tribunales calificadores.

Al objeto de alcanzar una mayor eficacia y agilidad en el funcionamiento de esta Comisión y evitar una sobrecarga y acumulación de este tipo de tareas en la persona del Rector, y de conformidad con el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, resuelvo:

Primero.- Delegar la presidencia de la Comisión Organizadora de la prueba de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado para quienes se encuentren en posesión del título de Bachiller o equivalente en el profesor don Fernando Daniel Zulaica Palacios.

Segundo.- Delegar la función de dirigir la gestión de la prueba de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado para quienes se encuentren en posesión del título de Bachiller o equivalente y el nombramiento de los miembros de los correspondientes tribunales calificadores en el profesor don Fernando Daniel Zulaica Palacios.

Tercero.- La delegación contenida en esta resolución es revocable en cualquier momento por el órgano que la confiere quien, asimismo, podrá avocar para sí el conocimiento de cualquier asunto comprendido en ella, cuando circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente.

Cuarto.- De conformidad con el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, siempre que se haga uso de la delegación contenida en la presente resolución, se hará constar expresamente tal circunstancia en el acto administrativo.

Quinto.- En ningún caso podrán delegarse las atribuciones que se posean, a su vez, por la delegación contenida en la presente resolución.

Zaragoza, 21 de abril de 2016.

El Rector,

José Antonio Mayoral Murillo