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ORDEN CDS/1125/2021, de 9 de septiembre, de modificación de la Orden CDS/1033/2021, de 20 de agosto, por la que se hace pública la convocatoria de subvenciones financiadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para la financiación de actuaciones de creación, modernización y reforma de plazas de centros de atención a personas en situación de discapacidad de titularidad de entidades sociales sin ánimo de lucro.

Publicado el 15/09/2021 (Nº 192)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE CIUDADANÍA Y DERECHOS SOCIALES

Texto completo:

Mediante Orden CDS/1033/2021, de 20 de agosto, se hace pública la convocatoria de subvenciones financiadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para la financiación de actuaciones de creación, modernización y reforma de plazas de centros de atención a personas en situación de discapacidad de titularidad de entidades sociales sin ánimo de lucro ("Boletín Oficial de Aragón", número 179, de 27 de agosto).

Las subvenciones convocadas tienen por objeto la realización de actuaciones de inversión en centros de atención a personas en situación de discapacidad, pudiendo ser, en cuantía individualizada, de una cuantía de 500.000 euros por proyecto, por lo que la ejecución de las actuaciones subvencionables puede ser de difícil realización en el ejercicio actual.

Con el objeto de facilitar la correcta actuación de las entidades que resulten beneficiarias y evitar inejecuciones en la gestión del fondo financiador de la subvención, se ha considerado necesario proceder a la modificación de la Orden CDS/1033/2021, mediante la adaptación del régimen de ejecución, justificación y pago de las ayudas previstas.

Para la consecución de este objetivo se modifica el periodo subvencionable de las actuaciones para que estas se puedan realizar hasta el periodo máximo de justificación, que se fija a 31 de octubre de 2022, con el requisito de que, necesariamente, se ejecute y justifique un mínimo del 10% del importe total del proyecto antes de la fecha límite de justificación para el 2021.

Consecuentemente con lo anterior, se introduce el pago anticipado de la subvención concedida como financiación necesaria para acometer las inversiones aprobadas de conformidad con lo previsto en el artículo 41.1.b) de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.

Por todo lo anterior, en virtud de la Orden CDS/692/2021, de 7 de junio por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la concesión de subvenciones financiadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, modificada por la Orden CDS/862/2021, acuerdo:

Primero.- Modificar el apartado segundo de la base decimonovena de la Orden CDS/1033/2021, de 20 de agosto, que queda redactado en los siguientes términos:

"2. El plazo límite para la presentación de la documentación justificativa se iniciará desde el momento de la publicación de la Orden de concesión y finalizará:

El día 19 de noviembre de 2021, para el 10% del importe de ejecución total del proyecto.

El día 31 de octubre de 2022, con respecto al 90% del importe de ejecución total del proyecto.

El día 31 de octubre de 2022, para los proyectos en los que haya sido anticipado el 100% del importe concedido".

Segundo.- Modificar la base vigesimoprimera de la Orden CDS/1033/2021, de 20 de agosto, que queda redactada en los siguientes términos

"1. El pago de las subvenciones previstas en esta convocatoria se realizará de modo anticipado en un 90% del importe de la ayuda concedida, salvo que se trate de subvenciones inferiores a 18.000 euros en las que se anticipará el 100 % del importe concedido. En ningún caso será necesaria la prestación de garantía.

2. El pago del 10% del importe de la ayuda restante se pagará previa justificación del 10% del importe total del proyecto, de conformidad con lo previsto en la base decimonovena de esta Orden.

3. No podrá realizarse el pago en tanto la persona beneficiaria no se encuentre al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas, así como de la ausencia de toda deuda pendiente de pago con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón".

Tercero.- Modificar el anexo I de la Orden CDS/1033/2021, de 20 de agosto que se incorpora a esta Orden.

Cuarto.- Publicar la presente Orden en el "Boletín Oficial de Aragón", ampliando el plazo de presentación de solicitudes hasta el día 1 de octubre de 2021, incluido.

Zaragoza, 9 de septiembre de 2021.

La Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, MARÍA VICTORIA BROTO COSCULLUELA