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ORDEN EIE/537/2019, de 6 de mayo, por la que se modifica la Orden EIE/1206/2018, de 9 de julio, por la que se convocan para el año 2018, las subvenciones destinadas a los Programas de Escuelas Taller y Talleres de Empleo.

Publicado el 24/05/2019 (Nº 99)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO

Texto completo:

Con fecha 19 de julio de 2018, se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", número 139, la Orden EIE/1206/2018, de 9 de julio, por la que se convocan para el año 2018, las subvenciones destinadas a los Programas de Escuelas Taller y Talleres de Empleo.

El apartado decimotercero de dicha Orden, referido al pago de la subvención, establece en su punto seis lo siguiente:

El módulo correspondiente al grupo de coste C, con el que se sufragarán los costes salariales derivados de los contratos que se suscriban con los alumnos trabajadores, subvencionará:

- El 75% del Salario Mínimo Interprofesional establecido para 2018 a los alumnos trabajadores de las Escuelas Taller.

- El 100% del Salario Mínimo Interprofesional establecido para 2018 a los alumnos trabajadores de los Talleres de Empleo.

El incremento a aplicar en el año 2019 en el Salario Mínimo Interprofesional está previsto en un 5,01% y de otro 10,01% sobre el anterior para aquellos proyectos que prolonguen su ejecución a 2020. Cualquier incremento que pueda superar esta previsión, no dará lugar a ningún ajuste en la subvención otorgada.

Este último apartado tenía su fundamentación en el Acuerdo Social para el incremento del Salario Mínimo Interprofesional 2018-2020, suscrito el 26 de diciembre de 2017 por el anterior Gobierno y los interlocutores sociales, plenamente vigente en el momento de aprobación de la Orden EIE/1206/2018, de 9 de julio.

Con fecha 7 de diciembre de 2018, se publicó en "Boletín Oficial de Aragón", número 236, la Resolución de 26 de noviembre de 2018, de la Directora Gerente del Instituto Aragonés de Empleo, por la que se resuelve la convocatoria para el año 2018 de las subvenciones de los Programas de Escuelas Taller y Talleres de Empleo. En la misma se concedían a las 49 entidades que resultaron beneficiarias, subvenciones para la realización de proyectos de escuelas taller o talleres de empleo, de acuerdo con las condiciones económicas establecidas en la Orden de convocatoria, entre ellas las relativas al salario de los alumnos trabajadores del grupo de coste C previstas en el referido apartado decimotercero punto seis.

Con posterioridad a la convocatoria y a su Resolución, en el "Boletín Oficial del Estado", número 312, de 27 de diciembre de 2018, se publicó el Real Decreto 1462/2018, de 21 de diciembre, por el que se fija el Salario Mínimo Interprofesional para 2019, quedando fijado para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, en 30 euros/día o 900 euros/mes, según que el salario esté fijado por días o por meses. Dicho salario mínimo interprofesional supone un incremento de un 22,3% con respecto al de 2018, es decir, un 12,29% por encima de lo previsto en la convocatoria.

Asimismo, en el "Boletín Oficial del Estado", número 314, de 29 de diciembre de 2018, se publicó el Real Decreto-Ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, en cuya disposición transitoria quinta se dispone que "La cobertura de la contingencia de desempleo en los contratos para la formación y el aprendizaje suscritos con alumnos trabajadores en los programas públicos de empleo y formación, incluyendo los programas de escuelas taller, casas de oficios y talleres de empleo, será de aplicación a los contratos que se suscriban a partir de la fecha de entrada en vigor de este real Decreto-Ley.

A estos efectos, los contratos vigentes a la fecha de entrada en vigor de esta norma, así como sus prórrogas, se regirán a estos efectos por la normativa a cuyo amparo se concertaron los contratos iniciales".

Visto el carácter extraordinario de ambas disposiciones, que suponen un extraordinario incremento de los costes salariales de los alumnos trabajadores de los proyectos de Escuelas Taller y Talleres de Empleo, se ha solicitado informe de la Dirección General de Servicios Jurídicos del Gobierno de Aragón. A la vista de lo informado, procede una modificación de la convocatoria en su apartado decimotercero, punto seis, último párrafo, al objeto de suprimir la expresión de que "Cualquier incremento que pueda superar esta previsión, no dará lugar a ningún ajuste en la subvención otorgada", y que figure como texto alternativo el que ya figuraba en convocatorias anteriores de este programa "Cualquier incremento que pueda superar esta previsión, dará lugar a una Resolución complementaria de ajuste al alza de la subvención otorgada".

Asimismo, procede incrementar el crédito de la convocatoria con la finalidad de modificar la Resolución de 26 de noviembre de 2018, de la Directora Gerente del Instituto Aragonés de Empleo, por la que se resuelve la convocatoria para el año 2018 de las subvenciones de los Programas de Escuelas Taller y Talleres de Empleo, al objeto de incrementar las subvenciones concedidas mediante la misma al objeto de cubrir, para los alumnos trabajadores, la subida no prevista del salario mínimo interprofesional para 2019 y la cobertura de la protección por desempleo. Dicho incremento se realizará sobre la redistribución anual del crédito de la convocatoria realizada, en virtud del artículo 15.5. de la Ley 2/2018, de 28 de febrero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2018, autorizada por Resolución de la Directora Gerente del Instituto Aragonés de Empleo de 14 de noviembre de 2018, previa toma de conocimiento a la Dirección General de Presupuestos, Financiación y Tesorería.

Por todo ello y en virtud de las atribuciones conferidas por el ordenamiento jurídico como Consejera de Economía, Industria y Empleo, por Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, acuerdo:

Primero.- El apartado séptimo puntos primero y segundo de la Orden EIE/1206/2018, de 9 de julio, por la que se convocan para el año 2018, las subvenciones destinadas a los Programas de Escuelas Taller y Talleres de Empleo, quedan redactados en los siguientes términos:

"1. El importe total del crédito asignado a la presente convocatoria asciende a trece millones doscientos setenta y cuatro mil ochocientos setenta y tres euros y noventa y tres céntimos (13.274.873,93 euros).

2. El importe total del crédito asignado en la presente convocatoria a las subvenciones a otorgar en régimen de concurrencia competitiva a las entidades promotoras de los proyectos asciende a doce millones novecientos cuatro mil ochocientos setenta y tres euros y noventa y tres céntimos (12.904.873,93 euros) y se distribuye con cargo a las siguientes anualidades y aplicaciones presupuestarias del Instituto Aragonés de Empleo:

Se destinarán en exclusiva 1.092.936,27 euros a la financiación del programa de Escuelas Taller dirigido a Jóvenes de Garantía Juvenil, correspondiente al Programa Europeo de Garantía Juvenil, con fondos financiadores 19090 y 91001. La cuantía restante por importe de 11.811.937,66 euros se destinará a los demás programas previstos y estará financiada con fondos provenientes del Ministerio de Empleo y Seguridad Social de conformidad con lo acordado por la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales (fondo financiador 33004) y fondos propios (91002). De entre los fondos de Conferencia Sectorial, se destinarán 2.748.183,07 euros al programa de mujeres del medio rural. En el caso de no agotarse dicha cuantía en este programa específico, dichos fondos podrán redistribuirse para cualquiera de los otros tipos de programas previstos, excepto para las Escuelas Taller de Garantía Juvenil. En su caso, esta redistribución se hará de manera directa, en el momento de resolver la convocatoria.

Las subvenciones para la contratación de servicios de apoyo al aprendizaje de las personas con discapacidad que participen en los proyectos subvencionados, reguladas en el artículo decimotercero punto 8 de esta Orden, puesto que suponen un incremento de la subvención concedida, en caso de concederse no supondrán en ningún caso un incremento sobre el gasto total plurianual autorizado, ni compromiso en anualidad distinta a la inicialmente autorizada".

Segundo.- El apartado decimotercero, punto seis, de la Orden EIE/1206/2018, de 9 de julio, por la que se convocan para el año 2018, las subvenciones destinadas a los Programas de Escuelas Taller y Talleres de Empleo, queda redactado en los siguientes términos:

"6. El módulo correspondiente al grupo de coste C, con el que se sufragarán los costes salariales derivados de los contratos que se suscriban con los alumnos trabajadores, subvencionará:

- El 75% del Salario Mínimo Interprofesional establecido para 2018 a los alumnos trabajadores de las Escuelas Taller.

- El 100% del Salario Mínimo Interprofesional establecido para 2018 a los alumnos trabajadores de los Talleres de Empleo.

El incremento a aplicar en el año 2019 en el Salario Mínimo Interprofesional está previsto en un 5,01% y de otro 10,01% sobre el anterior para aquellos proyectos que prolonguen su ejecución a 2020. Cualquier incremento que pueda superar esta previsión, dará lugar a una Resolución complementaria de ajuste al alza de la subvención otorgada".

Tercero.- Esta Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 6 de mayo de 2019.

La Consejera de Economía, Industria y Empleo, MARTA GASTÓN MENAL