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ORDEN CDS/1124/2021, de 6 de septiembre, por la que se modifica el importe máximo de la convocatoria de subvenciones aprobada mediante Orden CDS/832/2021, de 9 de julio, por la que se hace pública la convocatoria de subvenciones financiadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para la financiación de actuaciones de creación, modernización y reforma de plazas de centros residenciales de menores, así como de centros residenciales y de día destinados a personas mayores.

Publicado el 15/09/2021 (Nº 192)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE CIUDADANÍA Y DERECHOS SOCIALES

Texto completo:

Mediante Orden CDS/832/2021, de 9 de julio, por la que se hace pública la convocatoria de subvenciones financiadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para la financiación de actuaciones de creación, modernización y reforma de plazas de centros residenciales de menores, así como de centros residenciales y de día destinados a personas mayores ("Boletín Oficial de Aragón", número 150, de 16 de julio de 2021).

En el apartado segundo, párrafo primero, de la parte dispositiva de la Orden, con respecto a la cuantía y financiación, condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente, se determina como importe máximo de la convocatoria el de seis millones doscientos once mil trescientos cuarenta euros con treinta y seis céntimos (6.211.340,36 euros), distribuido por aplicaciones presupuestarias del siguiente modo:

Línea primera: Centros residenciales y de día destinados a personas mayores.

- Modalidad 1, de titularidad local.

Aplicación presupuestaria 11010 G/3111/760082/32435 por importe de 2.106.000 euros en el 2021 y 800.000 euros en el 2022.

- Modalidad 2, de titularidad mercantil.

Aplicación presupuestaria 11010 G/3111/770139/32435 por importe de 1.053.000 euros en el 2021 y 400.000 euros en el 2022.

- Modalidad 3, cuya titularidad corresponde a entidades sociales sin ánimo de lucro.

Aplicación presupuestaria 11010 G/3111/780090/32435 por importe de 1.053.000 euros en el 2021 y 400.000 euros en el 2022.

Línea segunda: centros residenciales de menores cuya titularidad corresponde a entidades sociales sin ánimo de lucro.

- Aplicación presupuestaria 11010 G/3111/780057/32435 por importe de 399.340,36 euros en el 2021.

En el mismo precepto se prevé que, en caso de que puedan concederse subvenciones por una cuantía adicional, no precisará de nueva convocatoria, al amparo del artículo 58.2 del reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

Los proyectos a ejecutar por el departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia han sido objeto de reajuste, dando lugar a la disponibilidad de una cuantía adicional para incrementar la línea primera de la convocatoria, por un importe de seis mil ochocientos euros (6.800.00 euros).

De acuerdo con el artículo 58.2 en su apartado 4.º, del mencionado Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, se dispone que procede la fijación de la cuantía adicional en el supuesto de haberse incrementado el importe del crédito presupuestario disponible como consecuencia de una generación, una ampliación o una incorporación de crédito.

Por otro lado, el plazo de justificación previsto en la base decimonovena, apartado segundo, letra a) con respecto a la cuantía correspondiente a 2021, que dispone como plazo máximo el 31 de octubre, puede dificultar la presentación de la documentación exigida, por lo que se considera que debe ser objeto de ampliación.

Por todo lo anterior, y de acuerdo con la Orden CDS/832/2021, de 9 de julio, por la que se hace pública la convocatoria de subvenciones financiadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para la financiación de actuaciones de creación, modernización y reforma de plazas de centros residenciales de menores, así como de centros residenciales y de día destinados a personas mayores, y el artículo 58.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, dispongo:

Primero.- Modificar el apartado segundo, párrafo primero, de la convocatoria de subvenciones financiadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para la financiación de actuaciones de creación, modernización y reforma de plazas de centros residenciales de menores, así como de centros residenciales y de día destinados a personas mayores, aprobada mediante Orden CDS/832/2021, de 9 de julio, por la incorporación de un importe adicional de seis millones ochocientos mil euros (6.800.000 euros), en los siguientes términos:

1. Las ayudas se financiarán con cargo a los Fondos de Transformación, Recuperación y Resiliencia asignados al presupuesto del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales, condicionados a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto, por un importe máximo de trece millones once mil trescientos cuarenta euros con treinta y seis céntimos (13.011.340,36 euros) con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias, líneas de subvención y ejercicios presupuestarios:

Línea primera: centros residenciales y de día destinados a personas mayores.

- Modalidad 1, de titularidad local.

Aplicación presupuestaria 11010 G/3111/760082/32435 por importe de 5.506.000 euros en el 2021 y 800.000 euros en el 2022.

- Modalidad 2, de titularidad mercantil.

Aplicación presupuestaria 11010 G/3111/770139/32435 por importe de 2.753.000 euros en el 2021 y 400.000 euros en el 2022.

- Modalidad 3, cuya titularidad corresponde a entidades sociales sin ánimo de lucro.

Aplicación presupuestaria 11010 G/3111/780090/32435 por importe de 2.753.000 euros en el 2021 y 400.000 euros en el 2022.

Línea segunda: centros residenciales de menores cuya titularidad corresponde a entidades sociales sin ánimo de lucro.

- Aplicación presupuestaria 11010 G/3111/780057/32435 por importe de 399.340,36 euros en el 2021.

Segundo.- Modificar el apartado segundo, letra a) de la base decimonovena en los siguientes términos:

a) Para las subvenciones concedidas con cargo a la línea primera:

- El plazo límite para la presentación de la documentación justificativa se iniciará desde el momento de la publicación de la Orden de concesión hasta el día 10 de noviembre de 2021, con respecto al importe de la subvención imputada a 2021.

- Con respecto a la cuantía correspondiente a 2022 así como, en su caso, la cuantía que hubiera sido objeto de pago anticipado en 2021, el plazo finalizará el 31 de octubre de 2022.

Tercero.- Publicar la presente Orden en el "Boletín Oficial de Aragón". Dicha publicación no implica la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes, ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.

Zaragoza, 6 de septiembre de 2021.

La Consejera de Ciudadanía

y Derechos Sociales,

M.ª VICTORIA BROTO COSCULLUELA